Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 480964
Resolución del consejero de Educación y Universidades, por la que se autoriza la adscripción a un centro público del centro privado de Formación Profesional (CPFP) María y José, de titularidad de la Escuela de Formación Profesional María y José, SL
Hechos
1. La resolución del consejero de Educación y Universidades de 19 de julio de 2024, autorizó la apertura y funcionamiento del centro privado de Formación Profesional (CPF) María y José, de titularidad de la Escuela de Formación Profesional María y José, S.L., y se le otorga el código de centro 07016827, (BOIB núm. 97, de 23 de julio).
2. El Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional, establece en el artículo 205 punto 4 de Centros privados no sostenidos con fondos públicos, (…)
4. Los centros privados de formación profesional decidirán sobre la concesión de las acreditaciones, certificados y títulos para los que estén autorizados. A efectos de solicitud de la expedición de los títulos de técnico básico, técnico, técnico superior, especialista y máster de formación profesional, sin perjuicio de sus plenas facultades académicas, estarán adscritos a centros públicos de formación profesional. Las administraciones competentes deben regular esta adscripción de los centros privados autorizados para impartir formación profesional en los centros públicos del Sistema de Formación Profesional.
Es por ello que desde esta Dirección General se determina que los ciclos formativos de grado superior autorizados en el centro privado de Formación Profesional (CPFP) María y José, queden adscritos al IES Arxiduc Lluis Salvador (código de centro 07007930).
3. El 29 de julio de 2024, la jefa del departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la adscripción al IES Arxiduc Lluis Salvador, (código de centro 07007930), del centro privado de Formación Profesional (CPF) María y José, de titularidad de la Escuela de Formación Profesional María y José, S.L.
4. El 29 de julio de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas, propuso la autorización de la adscripción al IES Arxiduc Lluis Salvador, (código de centro 07007930) del centro privado de Formación Profesional (CPF) María y José, de titularidad de la Escuela de Formación Profesional María y José, S.L.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
2. La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, (BOE núm. 340, de 30 de diciembre), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, (BOIB núm. 106, de 4 de mayo).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someterse en la autorización administrativa correspondiente, (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
5. El Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real decreto 131/2010, de 12 de febrero, (BOE núm. 62, de 12 de marzo).
6. El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional.
7. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, (BOE núm. 52, de 1 de marzo, y suplemento en catalán núm. 9, de 16 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
8. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura Orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo, (BOIB núm. 73, de 31 de mayo).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas, en fecha 29 de julio de 2024, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Autorizar la adscripción administrativa del centro privado de Formación Profesional (CPFP) María y José al IES Arxiduc Lluis Salvador, con código de centro 07007930.
2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Código de centro: 07016827
Denominación genérica: centro privado de Formación Profesional
Denominación específica: María y José
Titular: Escuela de Formación Profesional María y José, S.L. (NIF B07150477)
Domicilio: c. Volta de la Mercè, 4 bajos
Municipio: Palma
CP: 07002
Enseñanzas autorizadas:
Ciclos Formativos de la familia profesional de Imagen Personal (IMP)
Adscripción administrativa: Los ciclos formativos de grado superior quedan adscritos al IES Arxiduc Lluis Salvador (código de centro 07007930).
3. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (RCD) y en el Registro autonómico de la de la Consejería de Educación y Universidades.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (31 de julio de 2024)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany