Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 479433
JUVENTUD - Concesión de subvenciones para programas, proyectos y actividades en materia de juventud para el año 2023
De conformidad con el artículo 34.5 de la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 26 de febrero de 2015 (BOIB n.º 35 de 12/03/2015) y con el punto 17 de las Bases de subvenciones para programas, proyectos y actividades en materia de juventud para el año 2023, mediante el presente anuncio se notifica que por Acuerdo de la Junta de Gobierno n.º JGL_20240605_01_008 de 05 de junio de 2024, se ha dispuesto lo siguiente:
1.º CONCEDER a las entidades relacionadas a continuación con cargo a la partida 25.337.10.483.00 del Presupuestos de Gastos 2024 (A- Ref. 22024002299 Op. 220240004120) en relación a las Bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones para programas, proyectos y actividades en materia de juventud para el año 2023 del Ayuntamiento de Palma, aprobadas por la Junta de Gobierno núm. JGL_20230906_01_022 de 6 de septiembre de 2023 (MARGINAL 100011) conforme con la propuesta de resolución provisional contra la cual no se han presentado alegaciones, y conforme a la base 17ª de la mencionada convocatoria, las siguientes subvenciones:
GRUP JUVENIL XIROI, NIF G57155558, rep. por Margalida Francisca Janer Fernández, la cantidad de 3.437,00 € (tres mil cuatrocientos treinta y siete euros) Línea 2.
CENTRE CULTURAL CASA PLANAS, NIF G57931297, rep. por Marina Planas Antich, la cantidad de 5.000,00 € (cinco mil euros) Línea 1.
AS. INCUBUS, NIF G72807746, rep. por Sergi Reyes Gari, la cantidad de 4.455,23 € (cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros con veintitrés céntimos) Línea 3.
ASOC. DE PADRES DE NIÑOS CONO CANCER DE BALEARES (ASPANOB), NIF G0760877, rep. por Jaume Coll Sureda, la cantidad de 5.491,33 € (cinco mil cuatrocientos noventa y un euros con treinta y tres céntimos) Línea 2.
Pablo Alegría Calmaestra, NIF ***0254**, la cantidad de 2.467,60 € (dos mil cuatrocientos sesenta y siete euros con sesenta céntimos) Línea 3.
ASOC LITORE QUARTET CORPORATION, NIF G05283791, rep. por Jaime Estévez Moreira, la cantidad de 4.843,30 € (cuatro mil ochocientos cuarenta y tres euros con treinta céntimos) Línea 3.
FUNDACION MALLORCA INTEGRA, NIF G16585432, rep.. por Aurora Sampol Gazá, la cantidad de 11.034,46 € (once mil treinta y cuatro euros con cuarenta y seis céntimos) Línea 1.
CRUZ ROJA ESPAÑOLA, NIF Q2866001G, rep. por Joan Batle Palou, la cantidad de 7.595,71 € (siete mil quinientos noventa y cinco euros con setenta y un céntimos) Línea 1.
HERMANAS DE CARIDAD DE SAN VICENTE DE PAUL. NAUM PROYECTO SOCIO-EDUCATIVO, NIF R0700696H, rep. por Margalida Jordà Munar, la cantidad de 9.480,31 € (nueve mil cuatrocientos ochenta euros con treinta y un céntimos) Línea 1.
2.º Disponer el gasto, reconocer y liquidar la obligación del gasto a favor de los beneficiarios, por un importe de 53.804,94 € para el año 2024 (A- Ref. 22024002299 Op. 220240004120), con cargo a la aplicación presupuestaria 25.33710.48300 - JUVENTUD.- SUBV. PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACTIVIDADES.
3.º Proponer un adelanto del 10% del importe de la subvención conforme con el punto 18 de las Bases (A- Ref. 22024002299 Op. 220240004120) a las entidades relacionadas a continuación, los importes restantes se propondrán después de haber verificado que se haya justificado de forma correcta la aplicación de los fondos concedidos:
GRUP JUVENIL XIROI, NIF G57155558, rep. por Margalida Francisca Janer Fernández, la cantidad de 343,70 € (trescientos cuarenta y tres euros con setenta céntimos) Línea 2.
CENTRE CULTURAL CASA PLANAS, NIF G57931297, rep. por Marina Planas Antich, la cantidad de 500 € (quinientos euros) Línea 1.
AS. INCUBUS, NIF G72807746, rep. por Sergi Reyes Gari, la cantidad de 445,52 € (cuatrocientos cuarenta y cinco euros con cincuenta y dos céntimos) Línea 3.
ASOC. DE PADRES DE NIÑOS CONO CANCER DE BALEARES (ASPANOB), NIF G0760877, rep. por Jaume Coll Sureda, la cantidad de 549,13 € (quinientos cuarenta y nueve euros con trece céntimos) Línea 2.
Pablo Alegría Calmaestra, NIF ***0254**, la cantidad de 246,76 € (doscientos cuarenta y seis euros con setenta y seis céntimos) Línea 3.
ASOC LITORE QUARTET CORPORATION, NIF G05283791, rep. por Jaime Estévez Moreira, la cantidad de 484,33 € (cuatrocientos ochenta y cuatro euros con treinta y tres céntimos) Línea 3.
FUNDACION MALLORCA INTEGRA, NIF G16585432, rep.. por Aurora Sampol Gazá, la cantidad de 1.103,44 € (mil ciento tres euros con cuarenta y cuatro céntimos) Línea 1.
CRUZ ROJA ESPAÑOLA, NIF Q2866001G, rep. por Joan Batle Palou, la cantidad de 759,57 € (setecientos cincuenta y nueve euros con cincuenta y siete céntimos) Línea 1.
HERMANAS DE CARIDAD DE SAN VICENTE DE PAUL. NAUM PROYECTO SOCIO-EDUCATIVO, NIF R0700696H, rep. por Margalida Jordà Munar, la cantidad de 948,03 € (novecientos cuarenta y ocho euros con tres céntimos) Línea 1.
4.º EXCLUIR A LA ENTIDAD DACAPO ESPECTÁCULOS, CIF G01866169, rep.. por Juan José Llanes Machado, dado que la entidad no está inscrita en el RMEC.
5.º Aceptar la renuncia presentada por DAVID GONZALEZ ESPEJO, NIF ***1433**, dado que expone que no ha podido realizar el proyecto presentado en la solicitud.
6.º Notificar la resolución de concesión de la subvención a las entidades beneficiarias, así como dar traslado de esta a la sección de Contabilidad para la tramitación del ordenamiento y propuesta de pago de la regidora de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior.
7.º Liberar el crédito sobrante del gasto previamente autorizado por un importe de 2.895,06 € con cargo de la aplicación presupuestaria 25.337.10.483.00 del vigente presupuesto de Gastos (documento contable A/ Ref. 22024002299 Op. 220240004120).
Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente a recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento, en las dependencias o en las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa, sin perjuicio, si procede, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, (firmado electrónicamente: 31 de julio de 2024)
El jefe de departamento de Educación, de la Dirección General de Educación e infancia y Juventud Damià Sans Tous