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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 476276
Resolución del consejero de Educación y Universidades de cese y nombramiento de determinados miembros del Consejo Escolar de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Texto refundido de la Ley de consejos escolares de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 112/2001, de 7 de septiembre, modificado por la Ley 15/2019, de 29 de marzo, establece la composición del Consejo Escolar de las Illes Balears (CEIB).

La redacción dada por el apartado 7, del artículo único de la Ley 15/2019, de 29 de marzo, establece una nueva redacción del artículo 9.1 y determina los miembros que integran el CEIB, y el artículo 9.3 dispone que los vocales del CEIB tienen que ser nombrados por resolución del consejero de Educación y Universidades, de acuerdo con las propuestas formuladas por los grupos correspondientes en los términos que reglamentariamente se determinen.

El artículo 10.2 g) del Texto refundido de la Ley de consejos escolares de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 112/2001, dispone que uno de los motivos por los que tienen que cesar en los cargos los vocales es la pérdida de la condición de representante del organismo que los haya propuesto.

El Consejo Escolar de las Illes Balears ha recibido dos peticiones de cese y nombramiento de nuevos representantes, correspondientes a las entidades siguientes, que afectan a su composición:

1. Consejo Escolar de Formentera

2. IB dona

De acuerdo con estas peticiones, de cese y nombramiento de nuevos representantes, la presidenta del CEIB ha formulado una propuesta de nombramiento y cese mediante escrito el 17 de julio de 2024, de acuerdo con lo que dispone el artículo 17 o) del Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Escolar de las Illes Balears, publicado en el BOIB 175, de 23 de diciembre de 2021, mediante resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de diciembre de 2021.

De acuerdo con lo que establece el artículo 10.4 del mencionado Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Escolar de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Primero Cesar como miembros del Consejo Escolar de las Illes Balears a las personas que a continuación se indican y agradecer su colaboración:

Grupo i: consejos escolares insulares

En representación del Consejo Escolar de Formentera

Titular: Sra. Neus Marí Riera

Suplente: Sra. Esperança Suñer Torres

Grupo p: IB dona

Suplente: Sra. Susana Portillo Martínez

Segundo Nombrar como nuevos miembros del Consejo Escolar de las Illes Balears a las personas que a continuación se indican:

Grupo i: consejos escolares insulares

En representación del Consejo Escolar de Formentera

Titular: Sr. Jaume Ferrer Font

Suplente: Sr. Santiago Ramírez Arnau

Grupo p: IB dona

Suplente: Sra. Mariló Molina Aragón

Tercero De acuerdo con el artículo 10 del Decreto legislativo 112/2001, los consejeros son nombrados por un periodo de cuatro años, sin perjuicio de las previsiones sobre renovación de la mitad de cada uno de los grupos que dispone el apartado 1 del artículo 10 y de los cambios que se puedan producir en la composición del Consejo por las causas previstas en el apartado 2 del artículo 10.

Cuarto Se dispone que esta resolución tenga efecto el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

(Firmado electrónicamente: 29 de julio de 2024)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany