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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 476132
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se conceden las ayudas para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears durante el año 2024

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Texto

Hechos

1. El 27 de febrero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 29 la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears para el año 2024.

2. Las 17 solicitudes presentadas dentro de plazo se trasladaron a la Comisión Evaluadora, que se reunió el 12 de julio para valorar las solicitudes y elaborar el informe correspondiente, que sirvió de base al órgano instructor para dictar la propuesta de resolución, de acuerdo con el punto 14.2. de la convocatoria.

3. El órgano instructor, con la información de la que dispone, ha verificado que los beneficiarios detallados en el anexo 1 cumplen todos los requisitos para acceder a las subvenciones.

4. El 18 de julio de 2024 se publicó en la web del IEB la Propuesta de resolución del director del Instituto de Estudios Baleáricos en relación con las subvenciones para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Islas Baleares para el año 2024, de acuerdo con el punto 14.3. de la convocatoria.

5. El 25 de julio de 2024 se publicó en el En el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 98 la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears para el año 2024, que ampliaba el crédito de 200.000 € a 275.000 €.

6. Se han presentado tres alegaciones a la Propuesta de resolución, de las cuales dos han sido estimadas.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.

2. El Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, para la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).

3. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Illes Balears para el año 2024 (BOIB núm 29, de 27 de febrero de 2024).

4. La Resolución la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar a centros de creación artística establecidos en el territorio de las Islas Baleares para el año 2024 (BOIB núm. 98, de 25 de julio de 2024).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar y conceder subvenciones por un importe total de 2 75.000 € a favor de los beneficiarios que se incluyen en el Anexo 1.

2. Aceptar los gastos con personas o entidades vinculadas de La Fornal d'Espectacles de Ferro SL, Fundación Ses Dotze Naus, Jerónimo Obrador Rosselló y Estudi Zero Teatre. Y denegar las solicitudes del resto de solicitantes de autorización de subcontratación de gastos con personas o entidades vinculadas, por tratarse de honorarios de los beneficiarios de la subvención y alguna de las actividades prohibidas por el punto 16.3. de la convocatoria.

3. Autorizar y disponer el gasto a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1, con cargo al capítulo 4 del presupuesto del IEB, con los importes que se detallan en el citado anexo.

4. Denegar la concesión de subvenciones a las solicitudes que se incluyen en el Anexo 2.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares .

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 26 de julio de 2024)

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol

Documentos adjuntos