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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 475155
Notificación Propuesta de resolución de modificación de inversión y revocación parcial del importe de la concesión

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Texto

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020. Medida 4.1. Ayuda a las inversiones en las explotaciones agrarias (INEA).Convocatoria INEA 2020_1

El 16 de julio de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm. 185), 22 de junio de 2016 (BOIB núm. 81), 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80), 14 de junio de 2019 (BOIB núm. 80), 2 de marzo de 2020 (BOIB núm. 28), 6 de mayo de 2020 (BOIB núm. 77), 22 de junio de 2020 (BOIB núm. 114), 23 de julio de 2021 (BOIB núm. 101), 19 de noviembre de 2021 (BOIB núm. 162), 1 de julio de 2022 (BOIB núm. 87).

El vicepresidente en materia agrária del FOGAIBA, en fecha 11 de julio de 2024, firmó la siguiente resolución

“Propuesta de resolución de modificación de inversión y revocación parcial del importe de la concesión. Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 Medida 4.1. Ayuda a las inversiones en las explotaciones agrarias (INEA) Convocatoria: INEA 2020_1 Codi DIR3: A4026954 Codi SIA: 2278185 Codi BDNS: 497983

Antecedentes

1. El 16 de julio de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm. 185), 22 de junio de 2016 (BOIB núm. 81), 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80), 14 de junio de 2019 (BOIB núm. 80), 2 de marzo de 2020 (BOIB núm. 28), 6 de mayo de 2020 (BOIB núm. 77), 22 de junio de 2020 (BOIB núm. 114), 23 de julio de 2021 (BOIB núm. 101), 19 de noviembre de 2021 (BOIB núm. 162), 1 de julio de 2022 (BOIB núm. 87).

2. El 27 de marzo de 2024, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias, que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 52, de 20 de abril de 2024, en la que figuraba una concesión a favor del interesado Miguel Angel Palomar Sierra con NIF ***5860**, con número de expediente INEA 2020_1/143, por un importe de ayuda de 1.802 ,92 € y un plazo de ejecución de 6 meses.

3. El 15 de mayo de 2024 con registro de entrada núm. GOIBE308759/2024, la persona indicada en el apartado anterior presentó una solicitud de cambio de inversión.

4. El 12 de junio de 2024 se emite el informe desfavorable de moderación de costes de la maquinaria objeto del cambio de inversión en el que se indica que el importe de la nueva inversión es de 3.512,06 €.

5. La inversión aprobada inicialmente era de 4.628,00 €, por tanto hay una diferencia de 435,22 € que deben revocarse.

6. El 25 de junio de 2024, con registro de entrada núm. GOIBE404521/2024 el interesado presenta un documento de alegaciones a la propuesta provisional de resolución de modificación de inversión y revocación parcial, en el que expone que ha comprado el atomizador con el presupuesto más competitivo de las 3 ofertas que va presentar y no considera justificado que se reduzca la inversión auxiliable. Considera que no existe el mismo equipo o similar con servicio técnico por la isla de Eivissa por el importe resultante.

7. El importe resultante del informe de moderación de costes se extrae de la base de datos oficial del registro de maquinaria agrícola estatal, por un atomizador de marca y modelo exacto al propuesto por el beneficiario. El valor de mercado del producto es inferior al presentado en la solicitud del cambio de inversión.

Fundamentos de derecho

1. Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias.

2. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de resolución

Considerando los hechos, se desestiman las alegaciones formuladas por el interesado y se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Aceptar la modificación de inversiones propuesta y revocar parcialmente la resolución de ayuda concedida al beneficiario detallado en el anexo adjunto, que es un total de 1 expediente y que comienza y termina por Miguel Angel Colomar Serra y por el importe indicado en el anexo de esta resolución.

2. Notificar esta resolución a la persona beneficiaria mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recurso:

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución , de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Palma, en fecha de la firma electrónica

La tecnica gestora de la línia Francisca Crespí Pascual

El jefe de sección de Ayudas al Desarrollo Rural Antonio Barceló Ávila

La jefa de servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gemma Canós Franch

Conforme con la propuesta, dicto resolución

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such»

ANEXO MODIFICACIÓN DE INVERSIONES Y REVOCACIÓN PARCIAL DE LA CONCESIÓN INEA2020_1/143  

TITULAR

NIF

NºEXPEDIENTE

Inversión concedida

Inversión después del cambio de inversión

Importe de la ayuda concedida

Importe de la ayuda después del cambio de

TOP UP

ANUALIDAD

Miguel Ángel Colomar Serra

***5860**

INEA2020_1/143

 

 

 

 

CAIB 100%

2023

4.628 €

 

1.804.92 €

 

 

 

 

3.512,06 €

 

1.369,70 €

 

 

IMPORTE A REVOCAR

435,22 €

 

435,22 €

2023

Palma, en fecha de la firma electrónica (25 de julio de 2024

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni)