Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA
Núm. 469270
Información pública de la relación de bienes y derechos susceptibles de expropiación forzosa para la ejecución de obras declaradas de utilidad pública – Expediente n.º 1413/2021
El Pleno del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, en sesión extraordinaria celebrada en fecha 12 de julio de 2024, acuerda por unanimidad iniciar el expediente de expropiación forzosa a favor del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja para la obtención de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras contempladas en el “Proyecto básico de depósito regulador de agua desalada con capacidad de 2.000 m³ y redes de enlace para núcleo urbano de Sant Miquel y futura conexión del Puerto de Sant Miquel”, redactado por D. José Vicente Hernández.
Dichas obras, han sido declaradas de utilidad pública por la Disposición adicional sexta de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, a los efectos de su expropiación, de conformidad con los artículos 94 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
De conformidad con el citado acuerdo del Pleno, procediéndose a la publicación del mismo en la forma a la que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, se somete a información pública la siguiente relación de bienes o derechos junto con los nombres de los propietarios o de sus representantes:
Se abre un periodo de información pública durante un plazo de 20 días hábiles publicándose el citado acuerdo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), en uno de los diarios de mayor circulación de la isla, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento, con notificación personal a los interesados, para que los titulares de bienes y derechos afectados puedan aportar por escrito cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen en la anterior relación u oponerse a la ocupación o disposición de los bienes y derechos por motivos de forma o fondo, que han de fundamentar motivadamente.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento [http://santjoandelabritja.sedelectronica.es]. A los efectos de la subsanación de errores en la descripción material y legal de los bienes, cualquier persona natural o jurídica podrá comparecer alegando cuantos antecedentes o referencias estime pertinentes. Se podrán formular alegaciones y reclamaciones sobre el proyecto, así como alegaciones por parte de los titulares de derechos e intereses legítimos sobre los bienes afectados, entendiéndose definitivamente aprobados ambos en caso de que durante el citado plazo no se hayan presentado alegaciones.
La publicación en el Boletín Oficial del Estado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 44 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y, en formato resumen, en dos diarios de la Isla de Ibiza, así como en los correspondientes tablones de anuncios de los Ayuntamientos arriba citados, servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero.
Sant Joan de Labritja, (firmado electrónicamente: 25 de julio de 2024)
La alcaldesa María Tania Marí Marí