Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE FELANITX
Núm. 473434
Aprobación definitiva de eliminar la condición de celebración de un espectáculo taurino anual en la plaza de toros de Felanitx
Expediente 1010/2024
DECRETO 2024-0957
En la Muy Leal Ciudad de Felanitx, la alcaldesa Catalina Soler Torres, en fecha 23 de julio de 2024, vengo a dictar la siguiente resolución de conformidad con los siguientes
Antecedentes de Hecho
1) El Pleno del Ayuntamiento de Felanitx, del día 10 de junio de 2024, acordó entre otros el siguiente acuerdo que en su parte dispostiva dice:
“Primero. Aprobar inicialmente por parte del Pleno del Ayuntamiento de Felanitx eliminar la condición de realizar como mínimo un espectáculo taurino cada año en el inmueble Plaza de Toros de Felanitx coincidiendo con las festividades de las Ferias y Fiestas de Sant Agustí, que tienen objeto el 28 de agosto y días precedentes y posteriores, condición que fue impuesta en el proceso de venta de la Plaza de Toros llevado a cabo en el año 1960, de acuerdo consta en el Pliego de Condiciones aprobado por el Ayuntamiento Pleno en la sesión ordinaria celebrada el día 15 de febrero de 1960, para la venta en pública subasta del inmueble Plaça de Toros.
Segundo. Notificar el presente acuerdo a EXCLUSIVAS BALAÑÁ SA, actual propietario del inmueble, en los términos previstos en el artículo 82 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero. Someter el expediente al trámite de información pública por un plazo de veinte días mediante la publicación de un anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón de anuncios y en el tablón de anuncios electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Felanitx (ajfelanitx.eadministracio.cat) y en la página WEB del Ayuntamiento de Felanitx (www.felanitx.org), así como dar audiencia a la propiedad del inmueble por el mismo plazo.
Cuarto. Durante el período de información pública se puede consultar la documentación aprobada inicialmente en la dirección ajfelanitx.eadministracio.cat y el expediente completo en el Departamento de Secretaría de lunes a viernes de las 9 hasta las 14 h, excepto festivos.
Quinto. En caso de que no se presenten reclamaciones, objeciones u observaciones, el presente acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo expreso, decretada la firmeza del acuerdo del Pleno por parte de Alcaldía. Dicha firmeza que será efectiva a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de alcaldía en el BOIB.
Sexto. Publicar en forma legal el acuerdo adoptado.”
2) En fecha 17 de junio de 2024, se notificó a la propiedad del inmueble dando una audiencia de veinte días hábiles para presentar reclamaciones, objeciones u observaciones.
3) En el BOIB núm. 82, de día 20 de junio de 2024, se publicó anuncio relativo a la aprobación inicial de eliminar la condición de celebración de un espectáculo taurino anual en la plaza de toros de Felanitx, dando un plazo de veinte días hábiles para presentar reclamaciones, objeciones u observaciones. Asimismo, el citado anuncio estuvo expuesto al público en el tablón de anuncios y en el tablón de anuncios electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento integrado en la página web www.felanitx.org.
4) Durante el período de información pública no se han presentado reclamaciones, objeciones u observaciones a la mencionada aprobación inicial.
Fundamentos de derecho
En atención al acuerdo quinto del Pleno de día 10 de junio de 2024, en caso de que no se presenten reclamaciones, objeciones u observaciones, el presente acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de un nuevo acuerdo expreso, decretada la firmeza del acuerdo del Pleno por parte de Alcaldía. Dicha firmeza que será efectiva a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de alcaldía en el BOIB.
De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos, se adopta la siguiente:
RESOLUCIÓN
Primero. Decretar la firmeza del acuerdo del Pleno de día 10 de junio de 2024, relativo a la aprobación inicial de eliminar la condición de celebración de un espectáculo taurino anual en la plaza de toros de Felanitx, que será efectiva a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el BOIB.
Segundo. Publicar la citada resolución en el BOIB.
Recursos
Contra la aprobación definitiva del citado acuerdo de Pleno se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
1. Directamente el recurso contención administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
2. El recurso de reposición potestativo ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la notificación de ésta.
Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, sin plazo para interponerlo.
No obstante, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Consulta e información del expediente.
El expediente puede consultarse en el departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Felanitx, de lunes a viernes, de las 9:00 h hasta las 14:00 h, excepto festivos. Para obtener información del expediente se podrán utilizar los medios (dirección postal, teléfono y fax) que se indican a continuación: Ayuntamiento de Felanitx, Plaza de la Constitución núm. 1 07200 Felanitx (Illes Balears) - Teléfono 971580051 - Fax 971583271
Felanitx, documento firmado electrónicamente (26 de julio de 2024)
La alcaldesa Catalina Soler Torres