Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 471033
Resolución del director general del Ente Público de la Radiotelevisión de las Islas Baleares, por la que nombra a la directora de proyectos, programación y producción del EPRTVIB
1. Mediante la resolución de fecha 24 de mayo de 2024, el director general del Ente Público de la Radiotelevisión de las Islas Baleares aprobó la Convocatoria y las bases para la selección por el procedimiento de libre designación de un/a director/a de proyectos, programación y producción del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares.
2. En fecha 28 de mayo de 2024, se publicaron las bases en el tablón de anuncios de la web del EPRTVIB y en el BOIB núm. 70 del mismo día.
3. Por resolución del director general del EPRTVIB, de fecha 26 de junio de 2024, se modificó la comisión de selección, que se publicó en el BOIB núm. 86 de fecha 29 de junio, y en el tablón de anuncios de la web del EPRTVIB el día 1 de julio de 2024.
4. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en fecha 2 de julio de 2024, se ha constituido la comisión de selección que ha comprobado la documentación de las personas candidatas para determinar si cumplen los requisitos establecidos en la base 2ª.
5. En fecha 3 de julio de 2024, se publicó en el tablón de anuncios de la web del EPRTVIB la lista provisional de personas admitidas y excluidas y se otorgó un plazo para presentar alegaciones.
6. Dentro de este plazo, las personas candidatas con DNI ***350*** y ***195*** envían alegaciones que la comisión analiza. La comisión se reúne en fecha 9 de julio y se acuerda por unanimidad ratificar la lista provisional, en tanto en cuanto las personas candidatas no han acreditado estar en posesión de un título de licenciatura o grado universitario en Comunicación Audiovisual, tal y como se establece en la base 2 a) V, así como fijar el calendario de entrevistas.
7. En fecha 15 de julio, la comisión de selección realizó las entrevistas obligatorias a todas las personas candidatas, de conformidad con lo establecido en la base 2 f).
8. En fecha de hoy, la comisión de selección ha elaborado, de conformidad con la base 2 g) un acta final del proceso de selección que fue elevada al director general del EPRTVIB.
Fundamentos de derecho
1. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental: el artículo 22.3 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental.
3. Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de abastecimiento de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, en especial los artículos 28 a 33, y el procedimiento general regulado en el artículo 3 en todo aquello que no sea incompatible con las peculiaridades propias de la libre designación.
4. Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB.
5. Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares.
6. Bases para la selección por el procedimiento de libre designación de un/a director/a de proyectos, programación y producción en el Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares de fecha 13 de marzo.
Por ello, vista el acta final de la comisión de selección y en ejercicio de la competencia que el art. 23 de ley 15/2010, de 22 de diciembre del EPRTVIB otorga al director general del EPRTVIB, y atendiendo a los criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia,
RESUELVO
1. Nombrar a la Sra. Raquel Aguilera Corral, como directora de proyectos, programación y producción del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares.
2. Ordenar la publicación de esta resolución en la página web del EPRTVIB y en el BOIB.
Contra esta decisión se puede interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB ante este mismo órgano, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Asimismo, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.2. a y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Calvià, en la fecha de la firma electrónica (25 de julio de 2024)
El director general del EPRTVIB Albert Salas Domínguez