Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 470526
Resolución de la directora general de Trabajo y Salud Laboral de corrección de los errores materiales advertidos en el anexo 2 de la propuesta de resolución provisional de la directora general de Trabajo y Salud Laboral de 23 de julio de 2024, mediante la cual se conceden las subvenciones para la implementación de planes de igualdad y la ejecución de acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para la implementación de estos planes
Antecedentes
1. En fecha 25 de abril de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 55 la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de abril de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria para conceder subvenciones para la implementación de planes de igualdad y la ejecución de acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para la implementación de estos planes.
2. En fecha 23 de julio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 97 la Propuesta de resolución provisional de la directora general de Trabajo y Salud Laboral de concesión de subvenciones para la implementación de planes de igualdad y la ejecución de acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para la implementación de estos planes.
3. En el anexo 2 de la Propuesta arriba mencionada se han advertido algunos errores materiales, consistentes, por un lado, en la carencia de especificación del motivo de inadmisión de la solicitud en los expedientes IPAI 001, IPAI 005, IPAI 012, IPAI 014, IPAI 021 y IPAI 022 y, de la otra, en los expedientes IPAI 040, IPAI 041, IPAI 050 y IPAI 059 se ha indicado incorrectamente la causa de inadmisión.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que «las administraciones públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que «la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición».
3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Corregir los errores materiales advertidos en el anexo 2 de la Propuesta de resolución provisional de la directora general de Trabajo y Salud Laboral de concesión de subvenciones para la implementación de planes de igualdad y la ejecución de acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para la implementación de estos planes, en los términos siguientes:
Donde dice:
Orden |
Núm. exp. |
Conc. |
NIF |
Nombre |
Observaciones |
1 |
IPAI 001 |
6997 |
F07083595 |
AULA BALEAR, S. COOP |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria. |
2 |
IPAI 005 |
7895 |
B07894405 |
ISLA CENTINELA, SL |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria. |
3 |
IPAI 012 |
8228 |
A07267685 |
BCM DISCO EMPIRE, SA |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria. |
4 |
IPAI 014 |
8238 |
B57034399 |
CENTRO DEPORTIVO SON VALENTÍ, SL |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria. |
5 |
IPAI 021 |
8283 |
A07020118 |
HOTEL AYA, SA |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria. |
6 |
IPAI 022 |
8287 |
B07025851 |
KYRAT HOTELES, SL |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria. |
16 |
IPAI 040 |
8840 |
B16588261 |
CLASS RENT A CAR, SL |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria. |
17 |
IPAI 041 |
8481 |
B57683856 |
VIRAVANTI, SLU |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria. |
23 |
IPAI 050 |
8822 |
G07060395 |
FEDERACIÓ PETITA I MITJANA EMPRESA DE MALLORCA |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.4 de la convocatoria. |
27 |
IPAI 059 |
9167 |
G07056385 |
ASOC. EMPR. INSTAL. ELECTRICAS Y TELECOMUNICACIONES |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.4 de la convocatoria. |
Debe decir:
Orden |
Núm. exp. |
Conc. |
NIF |
Nombre |
Observaciones |
1 |
IPAI 001 |
6997 |
F07083595 |
AULA BALEAR, S. COOP |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.1 de la convocatoria. |
2 |
IPAI 005 |
7895 |
B07894405 |
ISLA CENTINELA, SL |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria. |
3 |
IPAI 012 |
8228 |
A07267685 |
BCM DISCO EMPIRE, SA |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria. |
4 |
IPAI 014 |
8238 |
B57034399 |
CENTRO DEPORTIVO SON VALENTÍ, SL |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria. |
5 |
IPAI 021 |
8283 |
A07020118 |
HOTEL AYA, SA |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria. |
6 |
IPAI 022 |
8287 |
B07025851 |
KYRAT HOTELES, SL |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria. |
16 |
IPAI 040 |
8840 |
B16588261 |
CLASS RENT A CAR, SL |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.1 de la convocatoria. |
17 |
IPAI 041 |
8481 |
B57683856 |
VIRAVANTI, SLU |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.1 de la convocatoria. |
23 |
IPAI 050 |
8822 |
G07060395 |
FEDERACIÓ PETITA I MITJANA EMPRESA DE MALLORCA |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.3 de la convocatoria. |
27 |
IPAI 059 |
9167 |
G07056385 |
ASOC. EMPR. INSTAL. ELECTRICAS Y TELECOMUNICACIONES |
Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.3 de la convocatoria |
2. Publicar esta rectificación de errores en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
3. Establecer que se concede un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta rectificación de errores para que los interesados hagan, si procede, las alegaciones que consideren oportunas. En caso de que no se presenten alegaciones se entenderá que los interesados están conformes con el contenido de la propuesta y que aceptan la subvención y la propuesta se elevará a definitiva.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 35/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haber recibido la notificación o de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (25 de julio de 2024)
El director general de Empresa, Autónomos y Comercio José Antonio Caldés Capelo Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía y por suplencia de la secretaria autonómica de Trabajo, Empleo y Diálogo Social (BOIB núm. 67, de 21 de mayo de 2024)