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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 470526
Resolución de la directora general de Trabajo y Salud Laboral de corrección de los errores materiales advertidos en el anexo 2 de la propuesta de resolución provisional de la directora general de Trabajo y Salud Laboral de 23 de julio de 2024, mediante la cual se conceden las subvenciones para la implementación de planes de igualdad y la ejecución de acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para la implementación de estos planes

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 25 de abril de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 55 la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de abril de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria para conceder subvenciones para la implementación de planes de igualdad y la ejecución de acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para la implementación de estos planes.

2. En fecha 23 de julio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 97 la Propuesta de resolución provisional de la directora general de Trabajo y Salud Laboral de concesión de subvenciones para la implementación de planes de igualdad y la ejecución de acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para la implementación de estos planes.

3. En el anexo 2 de la Propuesta arriba mencionada se han advertido algunos errores materiales, consistentes, por un lado, en la carencia de especificación del motivo de inadmisión de la solicitud en los expedientes IPAI 001, IPAI 005, IPAI 012, IPAI 014, IPAI 021 y IPAI 022 y, de la otra, en los expedientes IPAI 040, IPAI 041, IPAI 050 y IPAI 059 se ha indicado incorrectamente la causa de inadmisión.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que «las administraciones públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que «la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición».

3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Corregir los errores materiales advertidos en el anexo 2 de la Propuesta de resolución provisional de la directora general de Trabajo y Salud Laboral de concesión de subvenciones para la implementación de planes de igualdad y la ejecución de acciones de igualdad, fomento y asesoramiento para la implementación de estos planes, en los términos siguientes:

Donde dice:

Orden

Núm. exp.

Conc.

NIF

Nombre

Observaciones

1

IPAI 001

6997

F07083595

AULA BALEAR, S. COOP

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria.

2

IPAI 005

7895

B07894405

ISLA CENTINELA, SL

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria.

3

IPAI 012

8228

A07267685

BCM DISCO EMPIRE, SA

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria.

4

IPAI 014

8238

B57034399

CENTRO DEPORTIVO SON VALENTÍ, SL

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria.

5

IPAI 021

8283

A07020118

HOTEL AYA, SA

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria.

6

IPAI 022

8287

B07025851

KYRAT HOTELES, SL

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado segundo de la convocatoria.

16

IPAI 040

8840

B16588261

CLASS RENT A CAR, SL

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria.

17

IPAI 041

8481

B57683856

VIRAVANTI, SLU

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria.

23

IPAI 050

8822

G07060395

FEDERACIÓ PETITA I MITJANA EMPRESA DE MALLORCA

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.4 de la convocatoria.

27

IPAI 059

9167

G07056385

ASOC. EMPR. INSTAL. ELECTRICAS Y TELECOMUNICACIONES

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.4 de la convocatoria.

Debe decir:

Orden

Núm. exp.

Conc.

NIF

Nombre

Observaciones

1

IPAI 001

6997

F07083595

AULA BALEAR, S. COOP

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.1 de la convocatoria.

2

IPAI 005

7895

B07894405

ISLA CENTINELA, SL

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria.

3

IPAI 012

8228

A07267685

BCM DISCO EMPIRE, SA

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria.

4

IPAI 014

8238

B57034399

CENTRO DEPORTIVO SON VALENTÍ, SL

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria.

5

IPAI 021

8283

A07020118

HOTEL AYA, SA

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria.

6

IPAI 022

8287

B07025851

KYRAT HOTELES, SL

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.2 de la convocatoria.

16

IPAI 040

8840

B16588261

CLASS RENT A CAR, SL

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.1 de la convocatoria.

17

IPAI 041

8481

B57683856

VIRAVANTI, SLU

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.1 de la convocatoria.

23

IPAI 050

8822

G07060395

FEDERACIÓ PETITA I MITJANA EMPRESA DE MALLORCA

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.3 de la convocatoria.

27

IPAI 059

9167

G07056385

ASOC. EMPR. INSTAL. ELECTRICAS Y TELECOMUNICACIONES

Incumplimiento del requisito establecido en el apartado 2.3 de la convocatoria

2. Publicar esta rectificación de errores en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

3. Establecer que se concede un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta rectificación de errores para que los interesados hagan, si procede, las alegaciones que consideren oportunas. En caso de que no se presenten alegaciones se entenderá que los interesados están conformes con el contenido de la propuesta y que aceptan la subvención y la propuesta se elevará a definitiva.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 35/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haber recibido la notificación o de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (25 de julio de 2024)

El director general de Empresa, Autónomos y Comercio José Antonio Caldés Capelo Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía  y por suplencia de la secretaria autonómica de Trabajo, Empleo y Diálogo Social (BOIB núm. 67, de 21 de mayo de 2024)