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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 469624
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que han de regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de la especialidad Oficial de la Administración especial de la Oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios de 2021 y 2023 del IMAS

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 18 de noviembre de 2021, la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó la Oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2021, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria (BOIB núm. 162, de 23 de noviembre de 2021) y, en fecha 20 de diciembre de 2023, la Oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023).

2. En fecha 16 de julio de 2024, el Director Gerente emitió informe justificativo para iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de la especialidad Oficial de la Administración especial de la Oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios de 2021 y 2023 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

3. En fecha 15 de julio de 2024, la Presidencia del IMAS aprobó las bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector dia 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

4. En fecha 17 de julio de 2024, la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de la especialidad Oficial de la Administración especial de la Oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios de 2021 y 2023 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

5. En fecha 19 de julio de 2024, se emitió informe económico en el que se establece que la propuesta de resolución cumple con los principios de estabilidad presupuestaria, y, en fecha 23 de julio de 2024, se emitió informe económico complementario del primero.

6. En fecha 20 de julio de 2024, se emitió informe jurídico favorable.

7. En fecha 23 de julio de 2024, la Intervención General informó de conformidad la Propuesta de resolución por la cual se aprueban  la convocatoria, las bases específicas y el temario que han de regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de la especialidad Oficial de la Administración especial de la Oferta de empleo público correspondiente a los ejercicios de 2021 y 2023. 

Fundamentos de derecho

I. En el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TREBEP), se establece que, en todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público se tendrá que desarrollar en el plazo improrrogable de tres años.

El Instituto Mallorquín de Servicios Sociales (IMAS) aprobó la Oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2021, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria (BOIB núm. 162, de 23 de noviembre de 2021) y la Oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023).

En la Oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2021, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria (BOIB núm. 162, de 23 de noviembre de 2021) se aprobaron, entre otras, 1 plaza de la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/oficial, especialidad Oficial, subgrupo C2.

Y en la Oferta de empleo público de personal funcionario para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023), derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2023, se aprobaron, entre otras, 1 y 4 plazas, respectivamente, de la escala de Administración especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/oficial, especialidad Oficial, subgrupo C2.

En total, hay 6 plazas de la especialidad Oficial, subgrupo C2, que es procedente convocar.

II. De acuerdo con el artículo 55 del TREBEP, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.

En el el artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los temarios mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario. Al amparo de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, establece las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la administración local y lo realiza con carácter básico de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

Según se dispone en el artículo 3 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, de carácter básico según su Disposición Final, los procedimientos de selección se regirán por las bases de convocatoria que apruebe el Órgano correspondiente de la Corporación para cada una de las Escalas, subescalas y clases de funcionarios.

En el artículo 44 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (en adelante, LFPCAIB) se establecen los principios informadores del acceso a la Función Pública y en el artículo 49 de la misma norma se establece el contenido mínimo que tienen que contener las convocatorias de selección tienen que incluir, así como que se publicarán en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y las bases vinculan a la Administración, a los órganos de selección y a las personas que participan.

Mediante Resolución de la Presidencia, de fecha 15 de julio, se aprobaron las bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

Estas bases generales constituyen el régimen jurídico que ha de regir de manera uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario tanto para el turno libre, como para el turno de reserva para personas con discapacidad y para el turno de promoción interna. Todo ello, sin perjuicio de las especificidades, derivadas de las características de las diferentes escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que tendrán que recoger en las bases específicas de cada convocatoria.

III. La disposición adicional primera de la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consejo de Mallorca y los organismos que dependen de la misma (aprobada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de 14 de febrero de 2013 y publicado en el BOIB núm. 69 de 16 de mayo de 2013, modificada por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de 9 de junio de 2022 y publicado en el BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), establece que las personas que participen en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ordenanza deben presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la enmienda, procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal. La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones por medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria.

Por otra parte, la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consejo de Mallorca y los organismos que dependen de ella prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para parte de los trámites y actuaciones. De igual modo, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los que pueda resultar necesario, debiendo incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.

IV. De acuerdo con el artículo 7.2.13) de los Estatutos del IMAS (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), corresponde a la Presidencia convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas, y nombrar el a los miembros de los órganos de selección.

 

Resolución

Primero.- Aprobar las bases específicas y los temarios del turno libre y del turno de promoción interna que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/oficial, especialidad Oficial, subgrupo C2, de la Oferta de empleo público del Instituto Mallorquín de Servicios Sociales, correspondiente a los ejercicios 2021 y 2023, que se adjuntan como anexos I y II.

Segundo.- Convocar el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la Oferta de empleo público del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente a los ejercicios 2021 y 2023, por el sistema de concurso oposición, de la siguiente especialidad:

- Clasificación: Administración Especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/oficial, especialidad Oficial, subgrupo C2.

- Número de vacantes: 6 (4 por el turno libre y 2 por el turno de promoción interna)

Tercero.- Publicar las bases específicas, temarios y convocatorias del proceso selectivo en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el Tablón de anuncios de la Sede electrónica del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Cuarto.- Establecer que esta convocatoria se rige por las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y de las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

Quinto.- Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Sexto.- Establecer, a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que la solicitud de participación y la hoja de autobaremación de méritos, se tienen que cumplimentar mediante la aplicación telemática del IMAS. A estos efectos, hay que acceder al Portal de Selección (https://www.imasmallorca.net/rh/).

Séptimo.- Establecer que el Tribunal Calificador del proceso selectivo objeto de la convocatoria tiene que estar constituido por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la Sede Electrónica del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.

Octavo.- Establecer que, junto con la Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la convocatoria, en el primer semestre del año 2025, y el orden de actuación de los aspirantes, si procede.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales aprobados por Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Mallorca de 11 de abril del 2019 (BOIB nº 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, el día de la firma electrónica de esta Resolución (24 de julio de 2024

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre)

 

ANEXO I

Bases específicas que han de regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/oficial, especialidad Oficial, subgrupo C2, de la Oferta de empleo público del Instituto Mallorquín de Servicios Sociales, correspondiente a los ejercicios 2021 y 2023

1. Normas generales

1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas

1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de seis plazas de la especialidad de Oficial de la Oferta de empleo público del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales correspondiente a los ejercicios 2021 y 2023 distribuidas de la siguiente manera:

- Por el turno libre: 4 plazas.

- Por el turno de promoción interna vertical: 2 plazas

En este procedimiento selectivo no se establece el turno de reserva para personas con discapacidad.

1.1.2 Las características de las plazas convocadas son las siguientes:

Grupo: C

Subgrupo: C2

Escala: Administración Especial

Subescala: servicios especiales

Clase: personal de oficios/oficial

Especialidad: Oficial

Sistema de selección: concurso oposición

Vinculación: funcionario-a

1.2 Procedimiento selectivo

Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición tanto para el turno libre como para el turno de promoción interna vertical.

Para el turno libre, la fase de concurso debe representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo, y para el turno de promoción interna vertical, la fase de concurso debe representar un 40% y la fase de oposición, un 60% del resultado global del sistema selectivo.

La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial previstas en las ofertas de empleo público correspondientes al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y de las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de juliol de 2024) y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes.

La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.

La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según los baremos de méritos para el turno libre y para el turno de reserva para personas con discapacidad y el baremo de méritos para el turno de promoción interna, anexos A y B de las Bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1. Además de los que se prevén en las Bases generales:

- Estar en posesión del título de Graduado-Graduada en Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

- Estar en posesión del permiso de conducir B.

- Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B1.

3. Derechos de examen

La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 13,77 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consejo de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento.

En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.

La falta del abono de los derechos de examen en el plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.

4. Calendario de las pruebas

La Presidencia del IMAS tiene que aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución tiene que publicarse en el BOIB y en el Tablón de anuncios de la Sede electrónica del IMAS, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.

Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se hará público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica del IMAS al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. Sin embargo, la Presidencia del IMAS podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.

5. Tribunal Calificador

El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende de la Presidencia del IMAS, que designa su presidencia.

El Tribunal Calificador debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que establecen las bases generales.

El Tribunal Calificador del proceso selectivo objeto de la convocatoria tiene que estar constituido por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.

6. Ejercicios y calificaciones del turno libre

6.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder a un cuestionario de 40 preguntas de tipo test con tres respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 35 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 5 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán a casos prácticos de la especialidad.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,286 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente a las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 60 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de forma mecanizada y garantizando el anonimato.

En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en ambas versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

6.2 Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder a un cuestionario de 65 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 55 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de forma equilibrada entre los diferentes temas.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,182 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente a las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 75 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de forma mecanizada y garantizando el anonimato.

En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en ambas versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

7. Ejercicios y calificaciones del turno de promoción interna

7.1. Ejercicio único

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder a un cuestionario de 40 preguntas de tipo test con tres respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 35 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 5 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán acasos prácticos de la especialidad.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,286 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 60 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de forma mecanizada y garantizando el anonimato.

En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en ambas versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

8. Fórmula para calcular la puntuación final

En el caso del turno libre, la puntuación final de concurso oposición se calculará con la siguiente fórmula:

             Nota del aspirante en la oposición                        Méritos del aspirante en el concurso

70   x   --------------------------------------------    +  30  x ----------------------------------------------

                Nota máxima de la oposición                               Puntuación máxima en el concurso

En el cas de la promoció interna, la puntuació final de concurs oposició s'ha de calcular amb la fórmula següent: 

                Nota del aspirante en la oposición                          Méritos del aspirante en el concurso

60   x  --------------- -----------------------------    +    40 x ----------------------------------------------

                Nota máxima de la oposición                                  Puntuación máxima en el concurso

9. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo y bolsa de personal funcionario de carrera para mejora del empleo

9.1 Bolsas de personal funcionario interino derivadas de los procesos selectivos

Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino

9.2 Bolsa de personal funcionario de carrera para cubrir plazas de funcionario por el sistema de de nombramiento provisional para la mejora de la ocupación

El turno de promoción interna vertical de este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario de carrera que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado al menos un ejercicio, para efectuar nombramientos provisionales para mejora del empleo que regula el artículo 82 bis de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

 

ANEXO II

Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial, subescala servicios especiales, clase personal de oficios/oficial, especialidad Oficial, subgrupo C2, de la Oferta de empleo público del Instituto Mallorquín de Servicios Sociales, correspondiente a los ejercicios 2021 y 2023

Temario general

1. La Constitución española. Estructura y principios generales. Los derechos y los deberes fundamentales, las libertades públicas y los principios rectores de la política social y económica.

2. Las Cortes Generales: composición y funciones. El Gobierno y la Administración pública. El Poder Judicial: principios constitucionales. La Corona: funciones constitucionales.

3. Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: disposiciones generales y principios fundamentales. Competencias e instituciones de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

4. El régimen local: principios constitucionales y regulación jurídica. La autonomía local. Entidades que integran la Administración Local. Disposiciones generales de las bases del régimen local.

5. Los consejos insulares. Características generales. Composición, organización y competencias en el marco legislativo estatal y autonómico. Composición, organización y competencias del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS).

6. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Las fuentes del derecho comunitario. Las instituciones europeas: El Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Temario específico

1. Conceptos básicos sobre electricidad. Instalaciones eléctricas básicas de baja tensión. Sistemas de protección en las instalaciones eléctricas, conductores, aislantes y canalizaciones. Detección y tipo de averías y reparaciones: cortocircuitos, derivaciones, etc. Alumbrado: Tipo, (incandescencia, led, fluorescente, halógenas, etc.), vida útil, color de la luz, equipos y controles. Normas básicas de seguridad laboral en la construcción y sistemas de protección en las instalaciones eléctricas.

2. Fontanería : Conceptos generales. Normas básicas en el manejo de equipos de elevación de aguas a presión y electrobombas. Localización de averías y reparaciones de sanitarios, cañerías, desagües, grifos, llaves de paso, etc.. Reparación de cañerías de hierro, cobre, PVC, polietileno y polibutileno. Normas básicas de protección frente la legionelosis. Normas básicas de seguridad.

3. Tipos, montajes y reparaciones de sistemas de regadío. Normas básicas de protección frente a la legionelosis.

4. Producción y distribución de ACS: Calderas, aerotermia, retornos, aislamiento, acumulación, instantánea, bombas de circulación, elementos de control. Normas básicas de protección frente a la legionelosis. Normas básicas de seguridad.

5. Instalaciones básicas de calefacción por radiadores, climatización individual y colectiva. Identificación de componentes. Cuadro de operaciones y maniobra de instalaciones de calefacción. Detección de averías, mantenimiento y reparaciones de averías de los sistemas. Normas básicas de protección frente a la legionelosis. Normas básicas de seguridad.

6. Protección de incendios: Medios de extinción manuales y automáticos. Detección, centralita.

7. Conceptos generales sobre pintura de edificios y locales. Herramientas para aplicar y decapar pinturas: limpieza y conservación. Reparaciones más habituales. Normas básicas de seguridad.

8. Conceptos generales sobre albañilería. Materiales de construcción. Herramientas: Uso y mantenimiento. Principales reparaciones de albañilería. Conceptos generales de obra con placas de cartón yeso. Estructura, tipo de placas y principales reparaciones. Normas básicas de seguridad.

9. Cuadro de operaciones y puesta en marcha, parada y manejo de ascensores, seguridad básica en los ascensores.

10. Cerrajería: Nociones básicas, operaciones básicas de mantenimiento.

11. Carpintería: Nociones básicas, operaciones básicas de mantenimiento.

12. Carpintería de aluminio: Nociones básicas, operaciones básicas de mantenimiento.

13. Redes de distribución de datos y telefonía. Operaciones básicas, comprobación de cableado y crimpado RJ45.

14. Ofimática básica: Operaciones básicas de aplicaciones de tratamiento de textos y hojas de cálculo. Aplicación de correo electrónico.