Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE FERRERIES
Núm. 469000
Aprobación inicial de la modificación parcial de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación de servicios y actividades en instalaciones deportivas
Se hace público el Acuerdo de Pleno, adoptado en sesión ordinaria de fecha 27/06/2024, que textualmente dice así:
"Primero. Aprobar provisionalmente la modificación parcial de la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación de servicios y actividades en instalaciones deportivas, en concreto en sus artículos detallados a continuación, de conformidad con la siguiente nueva redacción:
Artículo 5 Cuota tributaria
Se establecen las siguientes cuotas para las bases imponibles indicadas:
Uso de instalaciones deportivas
Hora/pista polideportivo: 22,00 €
Hora/campo de fútbol 11: 22,00 €
Hora/campo de fútbol 7: 17,00 €
Hora/sala psicomotricidad: 7,00 €
Hora/pista de tenis: 10 €/h pista
Hora/pista de pádel: 20 €/h pista
Suplemento servicio con luz artificial
Hora/pista polideportivo: 7,00 €
Hora/campo de fútbol 11: 11,00 €
Hora/campo de fútbol 7: 11,00 €
Actividades deportivas gestionadas por el Ayuntamiento
Entrenamiento físico de mantenimiento para personas adultas (2 horas semanales/mes): 29 €
Entrenamiento físico y actividad deportiva para personas jubiladas (curso anual): 35 €
En caso de superar las dos horas, se cobrará el importe proporcional a las horas de más realizadas.
Las cuotas por las actividades libres en las instalaciones deportivas municipales incluyen el uso de los vestuarios.
Artículo 8 Normas de gestión
El pago podrá efectuarse en la oficina de recaudación del Ayuntamiento de Ferreries y a través de la entidad bancaria con el correspondiente recibo expedido por el Ayuntamiento de Ferreries.
Segundo. Exponer al público el presente Acuerdo mediante anuncio en el tablón de edictos municipal durante el plazo de treinta días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOIB, dentro del cual las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas. Así mismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad.
Tercero. Considerar, en el supuesto de que no se presenten reclamaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, a tenor del artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Cuarto. Facultar a la Alcaldía para suscribir los documentos relacionados con este asunto."
Firmado en Ferreries, en la fecha de la firma electrónica (24 de julio de 2024)
El alcalde accidental Vicent Coll Pons