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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 467200
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza el cambio de la denominación específica del Aula del centro penitenciario de Eivissa, con código de centro 07015483, por la de Aula externa Vila, adscrita al CEPA Pitiüses

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Texto

Hechos

1. El Decreto 102/2005, de día 7 de octubre, creó el centro de educación de personas adultas Centro Penitenciario de Palma, con código de centro 07013279, (BOIB núm. 157, de 20 de octubre). En este Decreto también se creó un aula externa de este centro en el centro penitenciario de Eivissa, sin asignarle código de centro.

2. El Decreto 40/2009, de día 26 de junio, creó centros de educación de personas adultas, (BOIB núm. 96, de 4 de julio), y en el artículo 4 se establece lo siguiente: se modifica la adscripción de las aulas de educación permanente de personas adultas siguientes:

- El CEPA Pitiüses tendrá como extensión el Aula del Centro Penitenciario de Eivissa (código: 07500703). Por tanto se modifica su adscripción y se le otorga un código de centro.

3. Mediante la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 16 de noviembre de 2015 se asignó un nuevo código de centro, a efectos administrativos, en el Aula de Educación de Personas Adultas del Centro Penitenciario de Eivissa, (BOIB núm. 173, de 24 de noviembre). En concreto se le asignó el código 07015483.

4. En la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 29 de junio de 2022, (BOIB núm. 87, de 5 de julio) se determinaron los criterios para considerar centros de atención preferente (CAP) determinados centros educativos públicos, y se establecieron las medidas de apoyo y dotación específica que debían recibir y se clasificaban como de especial dificultad determinados puestos de trabajo docente. En el anexo 2 de esta Resolución, el Aula del centro penitenciario de Eivissa, con código de centro 07015483, se establece como centro de Atención Preferente.

5. Desde la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas se ha considerado que dada la situación especial de esta extensión del CEPA Pitiusas, (Aula del centro penitenciario de Eivissa), y al objeto de no permitir vincular la situación evidente, de alumnos matriculados en su condición judicial, debía modificarse la denominación de Aula del centro penitenciario de Eivissa por Aula externa Vila, con el mismo código de centro y adscrita al CEPA Pitiüses.

6. El 18 de julio de 2024, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el cambio de denominación del Aula del centro penitenciario de Eivissa por Aula externa Vila.

Además, informó favorablemente de la actualización del cambio de denominación en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

7. El 19 de julio de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta de resolución por la que se propuso la autorización del cambio de la denominación específica del Aula del centro penitenciario de Eivissa, con código de centro 07015483, por la de Aula externa Vila, adscrita al CEPA Pitiüses.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación, (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se desarrollarán, (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

5. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, (BOE núm. 294, de 6 de diciembre) de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

6. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que , en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura Orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo, (BOIB núm. 73, de 31 de mayo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas con fecha 19 de julio de 2024, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar el cambio de la denominación específica del Aula del centro penitenciario de Eivissa, con código de centro 07015483, por la de Aula externa Vila, adscrita al CEPA Pitiüses.

2. Inscribir y actualizar esta modificación en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

3. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07015483

Denominación genérica: Aula externa de educación de personas adultas

Denominación específica: AULA VILA

Titular: Consejería de Educación y Universidades

Domicilio: Barrio Can Fita, s/n

Localidad: Sant Jordi de ses Salines

Municipio: Eivissa

CP: 07800

Enseñanzas autorizadas:

Enseñanzas formales

ESPA- Educación secundaria para personas adultas (turno vespertino)

Enseñanzas iniciales I

Enseñanzas iniciales II

Enseñanzas no formales

Preparación pruebas de acceso a la UIB para mayores de 25 años

Preparación pruebas de acceso a ciclo formativo de grado medio *

Preparación pruebas de acceso a ciclo formativo de grado superior *

Preparación pruebas libres graduado en ESO*

Preparación pruebas de catalán

Español para extranjeros

Acogida lingüística catalán

Acogida lingüística castellano

*Se impartirán o no, según las necesidades de escolarización del centro.

4. Determinar que las aulas externas adscritas al CEPA Pitiüses, con código de centro 07007115, son las siguientes:

- Aula de Formentera, con código de centro 07015367.

- Aula de Santa Eulària, con código de centro 07008201.

- Aula de Vila, con código de centro 07015483.

5. Inscribir y actualizar esta modificación en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

6. Notificar esta Resolución a la dirección del centro, a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidades para su conocimiento.

7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica: 24 de juliol de 2024

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany