Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 454555
Modificación delegación de competencias para autorizar matrimonios y ceremonias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Esta Alcaldía emitió en fecha 05 de julio, el Decreto 2024-2628, que a continuación se transcribe:

Por Decreto de Alcaldía 2023-2563, de 23 de junio, se hizo la Delegación de competencias para autorizar matrimonios y ceremonias a favor de todos los concejales de la corporación.

Por renuncia al cargo del Sr. Esteban Marí Torres, concejal del PP, debe procederse a modificar la composición de concejales delegados para autorizar matrimonios y ceremonias.

Visto que en sesión plenaria hecha el día 30 de mayo de 2024, la Sra. Lourdes Marí Tur tomó posesión, como Concejala del PP.

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51.1 del Código Civil y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO

1º.- Modificar el Decreto de 23 de junio y en consecuencia DELEGAR en la Concejala, Sra. Lourdes Marí Tur, las competencias que para autorizar matrimonios atribuyen a esta Alcaldía los artículos 51.1 y siguientes del Código Civil, siempre que, previamente se haya instruido y resuelto el expediente previsto en el artículo 56 del citado texto normativo.

Continuar vigente la Delegación hecha al resto de concejales mediante Decreto de la Alcaldía 2023-2563, (con excepción de la delegación de. Sr. Esteban Marí Torres, el cual ha dejado de ser Concejal).

2º.- No obstante la mencionada delegación, esta Alcaldía podrá autorizar matrimonios, debiendo entenderse avocada la competencia para autorizar un matrimonio concreto, cuando intervenga directamente en la autorización de un matrimonio concreto.

3º.- Notificar la presente resolución a la Concejala Sra. Lourdes Marí Tur, a fin de que proceda, en su caso, a la aceptación de la referida delegación, que se entenderá tácitamente aceptada si, en el plazo de tres días hábiles, contados desde la notificación, no presenta renuncia expresa a la misma.

4º.- Que se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y que se publique la presente resolución en el BOIB sin perjuicio de su efectividad inmediata.”

Lo que se publica para general conocimiento.

 

Sant Josep de sa Talaia, (documento firmado electrónicamente: 15 de julio de 2024

El alcalde Vicente Roig Tur)