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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 452452
Concesión de una subvención nominativa a la Asociación de criadores de cerdo negro de Formentera y de Ibiza para el ejercicio 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobado por la Junta de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, en sesión de carácter ordinario del día 21 de diciembre de 2023, de la cual se transcribe el siguiente acuerdo.

(...)

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero. Conceder una subvención a la Asociación de criadores de cerdo negro de Formentera y de Ibiza por importe de 5.000 €.

Segundo. La gestión de la subvención se llevará a cabo según las siguientes condiciones:

  • NORMATIVA APLICABLE. Ley 38/2003 y bases de ejecución del Presupuesto.
  • FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN. Funcionamiento de a la Asociación de criadores de cerdo negro de Formentera y de Ibiza.
  • PLAZO DE REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA. Desde 1 de enero de 2023 hasta 30 de noviembre de 2023.
  • PLAZO DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. 30 noviembre de 2023.
  • FORMA DE JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. Mediante presentación de la cuenta justificativa simplificada según modelo.
  • IMPORTE DE GASTOS A JUSTIFICAR. La cuantía a justificar tendrá que ser como mínimo el importe de la cantidad concedida.
  • MOTIVOS DE LA PÉRDIDA DE LA SUBVENCIÓN. La falta de justificación de la actividad o el objeto de la subvención supondrá la pérdida de la subvención.
  • OBLIGACIÓN DE COMUNICAR la concesión de otras ayudas o subvenciones públicas.
  • PAGO una vez informado favorablemente la cuenta justificativa por los servicios técnicos del Área de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza.
  • RÉGIMEN DE GARANTÍAS. No procede.

Tercero. Autorizar y disponer el gasto con cargo a la partida presupuestaria 2023/1/410/48000/01 a favor del beneficiario Asociación de criadores de cerdo negro de Formentera y de Ibiza con CIF G-57604126 por el importe concedido.

Cuarto. Aceptar la justificación presentada por el beneficiario y, en consecuencia, reconocer la obligación, ordenar el pago y pagar el importe de la subvención íntegramente.

Quinto. Notificar este acuerdo a la Asociación de criadores de cerdo negro de Formentera y de Ibiza para su conocimiento y efectos adecuados.

Sexto. Dar traslado a la Base de datos Nacional de Subvenciones.

Séptimo. Publicar el convenio en BOIB, en el tablón de anuncios y en la página web del Consejo.

El presidente,                                                     Intervenido y conforme,

                                                                             el interventor,

Lorenzo Córdoba Marí                                    Pablo Serra Serra.

Formentera, a la fecha de la firma electrónica”.

La Junta de Gobierno, en ejercicio de sus competencias [artículos 130.2, 132 (en relación en el artículo 28) y 134 de la Ley 4/2022, 28 de junio, de consejos insulares], en base a aquello propuesto (que conforme a los artículos 35 y 88.3 y 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas supone la motivación de este acto) y las correcciones introducidas de oficio por el secretario accidental, adopta, por unanimidad, el siguiente

ACUERDO

ÚNICO. - Aprobar la propuesta transcrita que se da aquí por reproducida.

(...)

Lo cual se hace saber para general conocimiento.

 

Formentera, 27 de junio de 2024

El presidente Lorenzo Cordoba Marí