Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SELVA
Núm. 444807
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Selva por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos nº 589/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito
Aprobado definitivamente el expediente transferencia de crédito, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Aplicación |
Descripción |
Créditos disponibles |
Altas |
Bajas |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
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1622 |
62900.01 |
Proyecto, honorarios y construcción Punto Verde (RTDG.2023) |
241.651,00 |
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135.000,00 |
106.651,00 |
231 |
62200.01 |
Obra Centro de dia municipal (RTDG.2022-2023) |
397.092,00 |
105.000,00 |
|
502.092,00 |
231 |
62500.01 |
Mobiliario i maquinaria Centro de dia municipal (RTDG.2023) |
0,00 |
30.000,00 |
|
30.000,00 |
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TOTAL |
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135.000,00 |
135.000,00 |
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Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Selva, en fecha de la firma electrónica (15 de julio de 2024)
El alcalde Joan Rotger Seguí