Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 441366
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca para aprobar la convocatoria de bolsas mediante la realización de una prueba selectiva, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría de operador de comunicaciones
Hechos
1. En fecha 30 de noviembre de 2023 la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública aprobó el Acuerdo de las bases generales que deben regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca.
2. Este Acuerdo se publicó en el BOIB núm. 167, de día 9 de diciembre de 2023. Modificado en el BOIB núm. 17, de 3 de febrero de 2024.
3. Mediante Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública de fecha 4 de abril de 2024, se modificó la Relación de Puestos de Trabajo del Consell de Mallorca como consecuencia del proceso de reclasificación del personal funcionario del Servicio de bomberos del CIM con la categoría de operador de comunicaciones. Esto ha supuesto el cambio de encuadre de estas plazas del subgrupo C2 al subgrupo C1.
4. El director insular de Emergencias, mediante escrito de fecha 13 de mayo de 2024, justifica la necesidad de la creación y constitución de una bolsa de trabajo de la categoría de operador de comunicaciones, del subgrupo C1, dado que actualmente no existen, y es imprescindible que en la Sala central de Bomberos de Mallorca, siempre haya dos operadores para poder garantizar la atención de los siniestros y por tanto siempre debe sustituirse su ausencia con personal de refuerzo.
5. Dada la Resolución de inicio del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del expediente para aprobar la convocatoria de una bolsa por el procedimiento extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría de operador de comunicaciones, de fecha 2 de julio de 2024.
6. Se ha realizado el sorteo del miembro vocal (titular y suplente) del órgano de selección con la presencia de la representación sindical, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4.6 del Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 78, de 30 de mayo de 2009), y con lo establecido en la disposición transitoria primera del Acuerdo de las bases generales que deben regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB núm. 167, de día 9 de diciembre de 2023).
Por otro lado, y de acuerdo con la normativa mencionada, corresponde al consejero competente en materia de Función Pública la designación del presidente y secretario titular y suplente.
7. Consta informe jurídico favorable de 11 de julio de 2024 a la Propuesta de Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca para aprobar la convocatoria de bolsas mediante la realización de una prueba selectiva, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría de operador de comunicaciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 28. e) de la Ley 4/2022, de 22 de junio de Consejos Insulares.
2. El Acuerdo del Consejo ejecutivo, de día 28 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022), de delegación de determinadas competencias en el consejero competente en materia de Función Pública.
3. La Disposición adicional primera de la Ordenanza reguladora de la Administración electrónica del Consell de Mallorca y de los organismos dependientes, modificada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de día 9 de junio de 2022 (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), regula la obligatoriedad de usar medios electrónicos en los procesos selectivos para acceder al empleo público en el ámbito de la Administración Insular de la forma siguiente:
“1. Las personas que participan en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza deben presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la subsanación, procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos.
En el supuesto de personal temporal, esta obligación será exigible tanto cuando la selección se efectúe a través de convocatorias específicas como cuando se realice mediante la constitución y gestión de listas de espera, bolsas de trabajo, o mediante cualquier otro procedimiento previsto en el ordenamiento vigente.
2. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran comunicación personal.
3. En cada una de las convocatorias de procesos selectivos se indicarán los medios telemáticos para la presentación y tramitación de las solicitudes y de identificación y firma admitidos. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. Asimismo, en las citadas convocatorias se hará referencia expresa a la posibilidad de ampliación de plazos no vencidos como consecuencia de incidencias técnicas que hayan imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o de la aplicación que corresponda, según lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. Por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para parte de los trámites y actuaciones. De igual modo, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los que pueda resultar necesario, debiendo incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.”
5. La Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, de 30 de noviembre de 2023, que aprueba el acuerdo de las bases generales que deben regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB núm. 167 de 9 de diciembre de 2023, modificada en el BOIB núm. 17 de 3 de febrero de 2024).
La base 3.1.2 establece que las convocatorias deben publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la Sede electrónica del Consell de Mallorca.
De acuerdo con la Disposición adicional primera mencionada en el apartado 3 de esta resolución, la base 3.1.3 establece que “La presentación de la solicitud y la documentación, y en su caso, la subsanación, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, debe realizarse mediante el trámite telemático habilitado para tal efecto en la Sede electrónica del Consell de Mallorca. Cualquier actuación al margen de este trámite telemático será considerada como no realizada”.
Por ello, y teniendo en cuenta el acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022, dicto la siguiente,
Resolución
1. Aprobar la convocatoria de bolsas por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría de operador de comunicaciones, mediante convocatoria pública con la realización de una prueba en los términos del anexo 3, de acuerdo con la Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública que aprueba el acuerdo de las bases generales que deben regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca. (BOIB núm.167 de 9 de diciembre de 2023, modificado en el BOIB núm. 17, de 3 de febrero de 2024).
2. Disponer que el plazo para presentar solicitudes es de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Establecer que la solicitud debe cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accede a través de la Sede electrónica del Consell de Mallorca. El trámite telemático habilitado al efecto para la presentación de solicitudes es el siguiente: https://seu.conselldemallorca.net/ca/web/seu/fitxa?key=157576 . La no presentación de la solicitud en tiempo y forma o la presentación fuera del trámite telemático, supondrá la exclusión del aspirante del procedimiento y se tendrá por no presentado.
4. Establecer los requisitos del puesto de trabajo de acuerdo con el anexo 1.
5. Informar de las funciones del puesto de trabajo que figuran en el anexo 2.
6. Aprobar la prueba y el temario de acuerdo con el Anexo 3.
7. Designar a los miembros del Órgano de selección, que figuran en el anexo 4.
8. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Baleares y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del Consell de Mallorca.
9. Comunicar la publicación de la convocatoria a la Junta de Personal y al Servicio de Ocupación de las Illes Balears, para que haga la difusión oportuna.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de recibir esta notificación.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si corresponde, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, al día de la firma electrónica (11 de julio de 2024)
El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans
ANEXO 1 Requisitos específicos del puesto de trabajo de operador de comunicaciones
1. Titulación: título de bachiller o equivalente.
2. Nivel B2 de conocimientos de lengua catalana.
ANEXO 2 Funciones del puesto de trabajo de operador de comunicaciones
- Recibir y mantener las llamadas telefónicas de urgencia, y transmitir a los mandos las notificaciones recibidas o dar la alarma y mantener el contacto radiofónico con las unidades.
- A partir de la información de demanda de ayuda que reciba, poner en marcha el protocolo adecuado a la situación.
- Centralizar y mantener las comunicaciones por radio mediante varios canales o frecuencias, tanto con los elementos del propio servicio como con otros organismos, cuando sea necesario.
- Atender al control central operativo y garantizar la atención telefónica y de comunicaciones generales que afecte al servicio.
- Utilizar los recursos informáticos de que disponga y optimizar su uso.
- Realizar las tareas administrativas que el servicio disponga en relación con su puesto de trabajo.
- Comprobar la dotación de personal y vehículos de cada parque.
- Disponer y utilizar con soltura un listado con los teléfonos, direcciones postales, direcciones electrónicas, etc., de personas y entidades públicas y privadas relacionadas con el servicio.
- Encargarse de archivar y custodiar la grabación de las comunicaciones y poner en conocimiento de sus superiores de forma inmediata cualquier anomalía detectada.
- Cualquier otra función que se derive de la naturaleza y necesidades del servicio en relación con su grado jerárquico.
Puesto de trabajo: la isla de Mallorca
Horario: Jornada 4. Jornada especial de 40 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual prestada en turnos de 12h o superior, con el máximo de 24h en programación anual.
ANEXO 3 La prueba y el temario de la bolsa de operador de comunicaciones
PRUEBA
La prueba tipo test consiste en un único ejercicio que constará de 50 preguntas con 4 respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta, referidas al temario indicado a continuación del documento.
Todas las respuestas tendrán el mismo valor. Las respuestas en blanco, así como las que figuren en más de una respuesta, no se valorarán, las respuestas erróneas restarán un cuarto de la puntuación de cada pregunta. La calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos. Para superarlo será necesario obtener al menos 5 puntos. Se prepararán 5 preguntas de reserva, que sólo se hará uso en el supuesto de anulación de cualquiera de las 50 iniciales.
TEMARIO
Tema 1. Reglamento de los Bomberos del Consell de Mallorca (BOIB Núm. 48, de 31 de marzo de 2007) y su modificación (BOIB Núm. 49, de 10 de abril de 2014).
Tema 2. Geografía Mallorca. Orografía: caracteres generales y picos principales, sierra a la que pertenecen, ubicación y altitud de cada uno. El litoral: playas. Hidrología de la isla de Mallorca: Caracteres de los torrentes, nombres, ubicación y recorrido. Embalses, marismas y lagunas. Las comunidades vegetales. Espacios naturales protegidos, zonas forestales, épocas de riesgo y calendario de permisos de quemas controladas.
Tema 3. La isla de Mallorca: Los municipios, comarcas y zonas urbanas: denominación. Distribución de la población actual. El impacto demográfico del turismo y la estacionalidad poblacional. Zonas turísticas. Localización industrial: polígonos industriales y de servicios.
Tema 4. Red de comunicaciones e infraestructuras de Mallorca: la red de carreteras. Puertos comerciales y deportivos. El transporte ferroviario. Aeropuertos.
Tema 5. Los riesgos en el ámbito territorial de los Bomberos de Mallorca. Naturales y antrópicos.
Tema 6. Características generales de los equipos de comunicaciones. Equipos de comunicación vía radio. Sistema de comunicación Tetra del Govern de les Illes Balears. Banda marina y banda aérea.
Tema 7. Lenguaje en comunicaciones por radio. Código ICAO. Terminología de comunicaciones.
Tema 8. Conceptos básicos de cartografía y orientación. Cartografía. Proyección UTM. Escalera y signos convencionales. Curvas de nivel. Interpretación. Sistemas de coordenadas: Geográficas, UTM. Navegación. Sistemas de posicionamiento global (GPS). Trigonometría. Sistemas de Información Geográfica (GIS).
Tema 9. Gestión de recursos en el ámbito de las emergencias. Tipo de recursos. Despacho automático y ampliado. Coordinación con otros organismos de emergencias. ¿Qué es un protocolo de actuación?
Tema 10. Ley 2/1998 de 13 de marzo de Ordenación de emergencias en las Illes Balears. Y sus modificaciones.
Tema 11. Ley 3/2006 de 30 de marzo, de gestión de emergencias de las Illes Balears. Y sus modificaciones. Emergencias- Servicio de Bomberos de Mallorca.
Tema 12. La planificación de emergencias en el ámbito de responsabilidad de los Bomberos de Mallorca. Planes territoriales y Planes especiales de aplicación.
ANEXO 4 Órgano de selección
Órgano de selección titular
Presidente: Pedro Ladaria Sureda
Secretario: Joan Garau Galmés
Vocal: Miguel Angel Estelrich Soler
Órgano de selección suplente
Presidente: Josep Perotti Ballester
Secretario: Pedro Juan Valenzuela
Vocal: Pedro Ruiz Taberner