Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 440639
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como actuaciones en eficiencia energética en alumbrado interior, promovidas por pequeñas y medianas empresas del sector privado, dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 176, de 30 de diciembre de 2023, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con o sin almacenamiento eléctrico con fuentes de energía renovable, así como actuaciones en eficiencia energética en alumbrado interior, promovidas por pequeñas y medianas empresas del sector privado, dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU).

En el Boletín Oficial del Estado n.º 46, de 21de febrero de 2024, se publicó el Real Decreto 186/2024, de 20 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 451/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a la financiación de estrategias de energía sostenible para las Illes Balears y Canarias, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para su adaptación a la Adenda de este Plan.

En el punto cuatro del artículo único del Real Decreto 186/2024 se modifican las tablas III.A.1 y III.A.2, para adecuar los hitos de control de acuerdo con los nuevos valores recogidos en el apartado dos de este Real Decreto, así como las tablas III.A.3 y III.A.4.

En relación con los dos últimos hitos de control objetivo 120 (capacidad adicional de producción de energía renovable en las islas), en la tabla III.A.2 se establecen los siguientes valores:

Hito de control

Fecha

Adelanto mínimo exigido

10

31 de marzo de 2026

Informas de verificación que confirmen la puesta en servicio de, al menos, 60 MW de nueva capacidad renovable.

11

30 de junio de 2026

Informas de verificación que confirmen la puesta en servicio de, al menos, 90 MW de nueva capacidad renovable.

En la tabla III.A.4 de la contribución mínima de las Illes Balears a los Objetivos e Indicadores de Seguimiento. Medida C.7.I2, se establecen los siguientes valores:

Hito/Objetivo C7.I2

Indicador

Cuantía

Plazo

Monitorización

Objetivo 120: Capacidad adicional de producción de energía renovable en las islas.

MW nueva potencia instalada.

60 MW

T2 2026

30/11/2023 Resolución adjudicación 60MW.

Dado que la convocatoria incluye la realización de actuaciones de capacidad adicional de producción de energía renovable, y dado que las fechas de control que figuran en las tablas anteriores se extienden hasta el segundo semestre de 2026, no hay inconveniente en ampliar los plazos de la actual convocatoria para la presentación de solicitudes, sin que ello suponga un incumplimiento de los hitos y objetivos establecidos.

El punto 1 del apartado noveno de la convocatoria establece que el plazo para presentar las solicitudes es desde el 15 de enero de 2024 hasta el 15 de julio de 2024 o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

El punto 2 del apartado noveno de la convocatoria establece que si se agotan los créditos destinados a la convocatoria antes de acabar el plazo de presentación se tendrá que suspender la concesión de nuevas ayudas mediante la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía.

Dado que se prevén más solicitudes, y dado que actualmente con las solicitudes presentadas no se prevé que se agote el crédito total asignado a la convocatoria, se considera adecuado ampliar el plazo para presentar las solicitudes hasta el 30 de diciembre de 2024.

Por todo ello, dado que es necesario modificar el punto 1 del apartado noveno de la convocatoria para ampliar el plazo para presentar las solicitudes, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el punto 1 del apartado noveno de la convocatoria con la siguiente redacción:

1. El plazo para presentar las solicitudes es desde el 15 de enero de 2024 hasta el 30 de diciembre de 2024 o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (11 de julio de 2024)

El consejero de Empresa, Empleo y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García