Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 440478
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, de corrección del error material advertido en la publicación de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se ordena la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo para el ingreso por el turno de promoción interna cruzada al cuerpo facultativo técnico, escala humanística y ciencias sociales, especialidad Técnico en ocupación y mercado de trabajo Mallorca para cubrir plazas de personal funcionario en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen a efectos de adjudicación
Antecedentes
1. En el BOIB núm. 86, de 29 de junio de 2023, se publicó la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de fecha 27 de junio de 2024 por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para el ingreso por el turno de promoción interna cruzada en el cuerpo facultativo técnico, escala humanística y ciencias sociales, especialidad Técnico en ocupación y mercado de trabajo Mallorca para cubrir plazas de personal funcionario en la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen a efectos de la adjudicación.
2. Se ha detectado un error material en el anexo II de la Resolución de 27 de junio de 2024, que se rectifica según el anexo de la presente Resolución.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. Por otra parte, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.
3. Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Rectificar en los términos establecidos en el anexo de esta resolución el error material advertido en el Anexo II de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de fecha 26 de junio de 2024 por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para el ingreso por el turno de promoción interna cruzada en el cuerpo facultativo técnico, escala humanística y ciencias sociales, especialidad Técnico en ocupación y mercado de trabajo Mallorca para cubrir plazas de personal funcionario en la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se hace pública la lista de puestos vacantes que se ofrecen a efectos de la adjudicación
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y también en la web .http://oposicions.caib.es
3. Abrir un plazo de 20 días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB para presentar la solicitud de destino con la documentación correspondiente. Las personas aspirantes que ya la hayan presentado no es necesario que la vuelvan a presentar si no realizan ninguna modificación.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 11 de julio de 2024)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antonia Maria Estarellas Torrens