Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE
Núm. 439776
Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre por la cual se modifican las concejalías y el nombramientos de los Tenientes de Alcaldía
DECRETO DE BATLIA
VISTO el nuevo pacto de gobierno firmado entre los grupos municipales de ENDAVANT y PSOE,
Siendo necesario reestructurar las áreas de gestión de cada regidor así como el nombramiento de los tenientes de Alcaldía,
De acuerdo con el que disponen el artículo 22 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, el artículo 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y los artículos 41, 46 y 47 del Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el reglamento de organización funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales resuelvo:
PRIMERO. Nombrar Tenientes de Alcalde los siguientes Regidores:
• Primer Teniente de Alcalde: Sr. ANTONIO OLIVER GARAU
• Segundo Teniente de Alcalde: Sra. SOFIA ALONSO BIGLER
• Tercer Teniente de Alcalde: Sra. CATALINA MARIA VANRELL MUNAR
Los Tenientes de Alcalde, como tales, los corresponderá sustituir en la totalidad de las funciones y por orden de su nombramiento al Alcalde en los supuestos de ausencia, enfermedad o impedimento que lo imposibilite para el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las funciones de Alcalde en los supuestos de vacante a la Batlia hasta la toma de posesión del nuevo Alcalde.
SEGUNDO. Asumir personalmente las atribuciones de las áreas de Batlia, Economía, Personal, Urbanismo y Medio Ambiente además de las restantes atribuidas por la legislación y no expresamente delegadas.
TERCERO. Designar los Regidores como encargados de las áreas que se llamarán:
• Sr. ANTONIO OLIVER GARAU: Interior, Cultura y Patrimonio, Seguridad Ciudadana, Movilidad, y Gente mayor.
• Sra. CATALINA M. VANRELL MUNAR: Juventud, Infancia,, Igualdad y Fiestas.
• Sr. ANTONIO GOMILA PUIGGROS: Participación Ciudadana, Educación, Comunicación, Cementerio, Turismo, Comercio y Mercado.
• FRANCISCO XAVIER ARROM TOMAS: Deportes
• SOFÍA ALONSO BIGLER: Servicios Sociales y Sanidad
Todas las delegaciones serán de las compresas en el artículo 43.5 b) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales ( RD 2568/86 ), que comprende la dirección interna y gestión de los servicios correspondientes, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Los regidores delegados quedan obligados a informar a la batlia sobre la gestión de las disposiciones que dicten y, con carácter previo, de las decisiones de trascendencia.
CUARTO.- Dejar sin efectos el anterior Decreto 2023-150, de 3 de julio, de designación de miembros y determinación de funciones de la Junta de Gobierno Local.
QUINTO.- Notificar el presente decreto a los interesados para su conocimiento y efectos oportunos.
SEXTO.- Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la presente resolución.
SÉPTIMO.- Que del presente Decreto se informe al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que este celebre.
Lo cual se publica de acuerdo con el mencionado artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF), para su conocimiento y publicación general.
Lloret de Vistalegre, (firmado electrónicamente: 11 de julio de 2024)
El alcalde Sebastian Amengual Figueras