Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 436633
Resolución de la Presidencia del Institut Mallorquí d’Afers Socials (IMAS) por la que se aprueba la lista definitiva de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral, categoría Personal de oficios / Operario-a, especialidad Mozo-a de oficios, grupo E (actual AP) de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Can Clar y Son Bru, se contrata como personal laboral indefinido (laboral fijo) y se adjudican los puestos de trabajo
Antecedentes
1. Resolución de la Presidencia del Institut Mallorquí d'Afers Socials, de 30 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 157, de 3 de diciembre de 2022), por la que aprueban la convocatoria, bases y baremo de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral de las categorías adscritas a los grupos C, D y E de las plazas de la oferta pública extraordinaria de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día de Can Clar y Son Bru del IMAS para el año 2022
2. En sesión celebrada día 30 de abril de 2024, el Tribunal Calificador, después de haber revisado el orden de preferencia de elección de los puestos ofrecidos de las personas aspirantes y atendiendo al orden de puntuación establecido en la lista definitiva de baremación de méritos, propuso:
Fundamentos de derecho
I. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
II. Visto lo establecido en la base 8.1 del Anexo II de la Resolución de la Presidencia del IMAS, con fecha 23 de noviembre de 2022 (BOIB núm. 157, de 3 de noviembre de 2022), por la que aprueban la convocatoria, bases y baremo de méritos del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral de las categorías adscritas a los grupos C, D y E de las plazas de la oferta pública extraordinaria de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día de Can Clar y Son Bru del IMAS para el año 2022 y de acuerdo con el artículo 52.3 de la Ley 3/2007, en concordancia con el artículo 61.8 del TREBEP, la lista de personas que han superado el proceso selectivo debe contener, como máximo, a tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas.
III. Resolución de la presidenta del Institut Mallorquí d'Afers Socials con fecha 11 de abril de 2023 por la que ratifica el Acuerdo de integración y equiparación de los puestos de trabajo del Institut Mallorquí d'Afers Socials de la Residencia Oms/Sant Miuqel y de los centros de día Can Clar y Son Bru con los puestos de personal laboral y empleado público del Consell de Mallorca y el IMAS.
IV. Resolución del presidente del Institut Mallorquí d'Afers Socials por la que ratifica el Acuerdo de aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo de personal laboral del IMAS y dar de baja la Relación de Puestos de Trabajo vigente del personal traspasado de la Fundación para la Dependencia. De ahí que los sitios del grupo E actualmente sean AP.
V. La Presidencia del IMAS es el órgano competente para resolver los procedimientos de selección, de acuerdo con lo que se prevé en el artículo 7.2 13) del texto consolidado de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials, aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019). Por otra parte, de acuerdo con el artículo 12.4 11) del mismo texto normativo, la Gerencia del IMAS es el órgano competente para contratar al personal laboral indefinido.
Por todo ello,
RESUELVO
1. Aprobar la lista definitiva de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral de la categoría Peón, actualmente Personal de oficios / Operaria-a, especialidad Mosso/a de oficios grupo E (actual AP), que contiene tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas por el IMAS:
Orden de prelación |
DNI |
Apellidos, Nombre |
Puntuación definitiva |
---|---|---|---|
1 |
***10001** |
Codina Alcalà, Francisco Javier |
70,30000 |
2. Contratar como personal laboral indefinido (laboral fijo) de la categoría Peón, actualmente Personal de oficios / Operario-a, especialidad Mozo/a de oficios grupo E (actual AP), a las siguientes personas aspirantes:
DNI |
Apellidos, Nombre |
---|---|
***0001** |
Codina Alcalà, Francisco Javier |
3. Adjudicar los puestos de trabajo a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, de acuerdo con el orden de preferencia efectuado y atendiendo al orden de puntuación establecido en la lista definitiva de baremación de méritos:
DNI |
Apellidos, Nombre |
Código lugar + num expansión |
Lugar |
Unidad |
Tipo adscripción |
---|---|---|---|---|---|
***0001** |
Codina Alcalà, Francisco Javier |
L01020000-1 |
MOZO/A DE OFICIOS |
RESIDENCIA SANT MIQUEL/OMS |
Definitiva |
4. Notificar individualmente a los interesados.
5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las personas relacionadas dispondrán de un plazo de tres días hábiles desde el día siguiente de la publicación por el juramento o promesa y la firma del contrato laboral.
Interposición de recursos
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse, de acuerdo con el artículo 28.1 del de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá formalizarse demanda ante la jurisdicción laboral competente en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación de dicho recurso, y ello de acuerdo con lo que prevé el art. 69.2 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social.
Contra la desestimación de la reclamación por silencio administrativo, el interesado podrá interponer el correspondiente recurso ante la jurisdicción laboral competente en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (8 de julio de 2024
El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre
La secretaria delegada del IMAS Maria Elena Tur Figueruelo)