Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 433753
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se aprueba una nueva lista de los aspirantes que han superado el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos del cuerpo facultativo técnico, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad formación para la isla de Mallorca, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se ofrecen los puestos de trabajo
Antecedentes
1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022, se aprobaron las bases generales que deben regir el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario del Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022).
2. En fecha 11 de marzo de 2024 se publicó en el Portal del Opositor las listas definitivas de valoración de méritos de los distintos cuerpos facultativos del subgrupo A2 del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración especial CAIB.
3. En fecha 16 de abril de 2024 se publicó en el BOIB nº. 50 la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones públicas por la que se aprueban las listas de aspirantes que han superado el proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos del cuerpo facultativo técnico, del cuerpo de ayudante facultativo y del cuerpo facultativo subalterno y se ofrecen los puestos de trabajo.
4. En fecha 17 de mayo de 2024, el Tribunal del proceso de estabilización por concurso de méritos, del cuerpo facultativo técnico, especialidad formación, acordó ampliar a un número de personas adicionales de la lista informativa publicada mediante la Resolución de la consejera de Presidencia , Función Pública e Igualdad de 20 de febrero de 2023 y requerir a las personas aspirantes que acrediten los méritos alegados.
5. Concluido el trámite de revisión y baremación por el tribunal, en fecha 7 de junio se publicó la lista provisional con las puntuaciones que han obtenido las personas aspirantes de la ampliación de la lista informativa del cuerpo facultativo técnico, especialidad formación, del proceso excepcional de estabilización por concurso para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se otorgó un plazo de siete días hábiles, a contar a partir del día siguiente de esta publicación, para alegar las rectificaciones que consideren pertinentes.
6. Concluido el plazo otorgado y resueltas las alegaciones, en fecha 1 de julio se publica la lista definitiva con las puntuaciones que han obtenido las personas aspirantes de la ampliación de la lista informativa.
7. Visto lo anterior el tribunal ha acordado elevar a la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas la propuesta de aspirantes que han superado el proceso selectivo del concurso de méritos del cuerpo facultativo técnico, especialidad formación, a fin de que dicte su resolución de aprobación .
8. En la misma Resolución se debe ofrecer a todas las personas seleccionadas en la lista de puestos de trabajo correspondiente a las plazas convocadas para que soliciten destino y se les debe requerir para que en el plazo de siete días hábiles presenten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
4. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la comunidad autónoma.
5. La Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022).
6. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, por el Decreto 1/2024, de 4 de enero y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la nueva lista de personas que han superado el proceso selectivo del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos del cuerpo facultativo técnico, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad de formación para la isla de Mallorca.
CUERPO FACULTATIVO TÉCNICO, ESCALA HUMANÍSTICA Y DE CIENCIAS SOCIALES, ESPECIALIDAD FORMACIÓN |
|
DNI |
APELLIDOS, NOMBRE |
***7450* |
SANS CRISOL, AINA |
2. Publicar los puestos de trabajo que se ofrecen del cuerpo facultativo técnico, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad formación para la isla de Mallorca de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a efectos de que la persona que han superado proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos soliciten el destino, que figura en el anexo de esta Resolución.
3. Requerir a las personas aspirantes que figuran en el punto primero y que han superado este proceso a fin de que en el plazo de siete días hábiles presenten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos.
La acreditación de los requisitos debe realizarse de acuerdo con lo que se establece en la base 12 del anexo 2 de la convocatoria mencionada.
Si no se presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente acreditados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante resolución motivada o, si en el momento de examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera y sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
4. Publicar esta resolución en el Butlletí Oficial de las Illes Balears, en el Portal del Opositor (oposicions.caib.es) y en la sede electrónica de la CAIB.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar a partir del siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 8 de julio de 2024)
La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens