Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 428819
Resolución de concesión de las subvenciones de la convocatoria para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística para el año 2024
Antecedentes
1. El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en la sesión ordinaria de día 13 de marzo de 2024, a través del departamento de Turismo, en el ejercicio de las competencias que tiene conferidas y de acuerdo con los objetivos fijados en el Plan Estratégico de Subvenciones del año 2024, aprobó la convocatoria pública para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística 2024 de acuerdo con la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca publicada en el BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, modificada por el Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº., de 4 de agosto de 2018).
2. En el presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca de 2024 hay crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto derivado de la presente convocatoria por un importe total de 580.000,00 € a las aplicaciones presupuestarias 30.43210.76200, 30.43210.76300 y 30.43210.78900 denominada “convocatoria de subvenciones para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística para el año 2024”, de financiación afectado nº. proyecto 2024 2 30FIT-1 y documentos contables “A” nº. 220240012291, 220240012290 y 220240012292, respectivamente.
3. El día 21 de mayo y día 5 de junio de 2024 la Comisión evaluadora constituida dentro de los actos de trámite para velar por el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, valoró los proyectos presentados en las solicitudes y a través de esta valoración se propone a la secretaría técnica de Turismo, como órgano instructor de la convocatoria los beneficiarios y los importes propuestos para la concesión.
4. Informe favorable de cumplimiento de los requisitos de la convocatoria para poder ser sujeto de concesión, emitido por el órgano instructor de la convocatoria.
5. Validación de la intervención delegada de la Misericòrdia, de la redistribución del gasto de 25 de junio de 2024.
6. Resolución del consejero ejecutivo de Turismo sobre la redistribución del gasto para la concesión de las subvenciones para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística.
7. Informe jurídico favorable sobre la propuesta de aprobación de la concesión de las subvenciones, emitido por la TAG del servicio de Gobernanza y Sostenibilidad del Departamento de Turismo.
8. Día 03 de julio de 2024, la Intervención delegada de la Misericòrdia ha fiscalizado de conformidad la propuesta de la resolución de concesión de las presentes subvenciones.
Consideraciones jurídicas
1. El Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, de día 28 de julio de 2023 (BOIB nº. 196, de 29 de julio de 2023; BOIB nº. 136, de 5 de octubre de 2023), establece que el Departamento de Turismo tiene atribuidas las competencias relativas a información y promoción turística y apoyo a las oficinas locales de información turística.
2. El Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 89, de día 19 de julio de 2018) en el artículo 36.f) junto con la base 24.5 de las Bases de ejecución del presupuesto de gastos vigente del Consejo de Mallorca, disponen que entre las atribuciones del consejero ejecutivo están entre otras resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones, por lo tanto, el consejero ejecutivo es el competente para aprobar la concesión de estas subvenciones y para disponer el correspondiente gasto que se deriva.
3. Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017) que establecen les bases reguladoras.
4. El artículo 18.2.c) y d) de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, el órgano instructor del procedimiento es la secretaría técnica del Departamento de Turismo, el cual tiene que llevar a cabo las actuaciones y actos de trámite necesarios para velar por el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, y específicamente, tiene que emitir un informe en el que conste que, de la información en su poder, se desprende que las personas beneficiarías cumplen todos los requisitos necesarios para acceder
5. La convocatoria se adecua a las bases 34, 35 y 36 de ejecución del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca para el 2024, relativas a la regulación de la percepción y la justificación de las subvenciones.
6. El punto 14 de la convocatoria remite a los artículos 9 y 15 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca la obligación de los beneficiarios de acreditar con una declaración responsable, antes de dictar la propuesta de acuerdo de concesión de la subvención, el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con el Consejo Insular de Mallorca y los organismos autónomos dependientes, y de las obligaciones con la Seguridad Social.
7. El punto 9 de la convocatoria establece que el procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se lleva a cabo mediante concurrencia no competitiva, se exceptúa del requisito de fijar un orden de prelación en el caso de que las solicitudes presentadas reúnan los requisitos establecidos y el crédito sea suficiente, ya que el crédito previsto se dividirá entre todas las solicitudes presentadas otorgando en un primer momento el mismo importe a cada solicitud, ya que de acuerdo con el importe cierto el máximo otorgable a cada subvención es la cuantía solicitada, el remanente que resulte se volverá a repartir entre las solicitudes que han pedido un importe superior, siempre y cuando el expediente se haya cumplimentado correctamente y acompañado de los documentos preceptivos, hasta agotar el total del crédito presupuestario asignado a la convocatoria.
8. El punto 12.3 de la convocatoria establece que, dentro de los actos de trámite, se constituye una comisión evaluadora para velar por el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Su valoración servirá de base a la propuesta de Acuerdo que el órgano instructor presentará y que contiene las solicitudes admitidas (detallando el presupuesto solicitado y la subvención concedida).
9. El expediente de gasto está sometido al régimen de fiscalización e intervención limitada previa de acuerdo con el acuerdo de Pleno del Consejo de Mallorca de 12 de diciembre de 2019 y los extremos que el órgano interventor tiene que comprobar son los establecidos en la ficha 4.1.1) del Anexo 1 de este Acuerdo.
10. Base 3 de la convocatoria sobre la vinculación de las aplicaciones presupuestarías del proyecto 2024 2 30FIT-1.
11. El punto 12.2 de la convocatoria junto con el artículo 18 de Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017) se determina que se adjuntará un informe del órgano instructor haciendo constar que de la información obrante en el expediente se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para ser beneficiarios de la subvención.
12. La propuesta de acuerdo de concesión del órgano instructor se ajusta a lo previsto en el punto 12 de la convocatoria, dado que incluye las solicitudes admitidas, las reducidas y las excluidas, con el detalle del presupuesto subvencionable y la subvención concedida en los anexos I, II, III.
Por todo ello, dicto la siguiente,
RESOLUCIÓN
1. CONCEDER las subvenciones económicas para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística, a los beneficiarios que aparecen al anexo I por los importes indicados.
2. DISPONER de un gasto total de 580.000,00 € (quinientos ochenta mil) a favor de los ayuntamientos, la mancomunidad y la fundación que se relacionan en el Anexo I por los importes que figuran, con cargo a las aplicaciones presupuestarías: 30.43210.76200 por importe de 421.2542,90€, 30.43210.76300 por importe de 140.000,00€, 30.43210.78900 por importe de 18.747,10€ de la “convocatoria de subvenciones para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística para el año 2024”, de financiación afectada nº. proyecto 2024 2 30FIT-1, y nº. de documentos contables “A” documentos contables “A” nº. 220240012291, 220240012290 y 220240012292, respectivamente.
3. EXCLUIR la solicitud que figura en el Anexo II, por los motivos que se detallan.
4. REDUCIR la solicitud que figura en el Anexo III, por los motivos que se detallan.
5. ORDENAR la publicación de esta resolución de concesión de las subvenciones para llevar a cabo acciones de fomento en materia de información turística para el año 2024, en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la web del Consejo Insular de Mallorca.
6. INFORMAR a les persones interesadas de lo siguiente:
Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se podrá interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, (firmado electrónicamente: 5 de julio de 2024)
El consejero ejecutivo de Turismo José Marcial Rodríguez Díaz
ANEXO I Concesión
ENTIDAD |
NOMBRE PROYECTO |
IMPORTE SOLICITADO |
IMPORTE A CONCEDER |
---|---|---|---|
Ajuntament d'Alaró |
Alart |
5.378,45 € |
5.378,45 € |
Ajuntament d'Alcúdia |
Modernització oficines de turisme |
21.528,82 € |
18.747,11 € |
Ajuntament d'Andratx |
Projecte subvenció Andratx 2024 |
30.622,07 € |
18.747,11 € |
Ajuntament d'Artà |
Millora energètica edifici polivalent municipal Colònia de Sant Pere |
12.190,76 € |
12.190,76 € |
Ajuntament de Banyalbufar |
Millora i Actualització de la Informació Turística i embelliment de Banyalbufar |
9.619,50 € |
9.619,50 € |
Ajuntament de Binissalem |
foment d'informació Turística |
18.131,85 € |
18.131,85 € |
Ajuntament de Búger |
Creació web turística promocional del municipi. |
12.100,00 € |
12.100,00 € |
Ajuntament de Bunyola |
Actualització i millora de la web turística de Bunyola |
13.303,95 € |
13.303,95 € |
Ajuntament de Calvià |
Banco de imágenes del Municipio de Calvià |
12.100,00 € |
12.100,00 € |
Ajuntament de Campanet |
OBRES PER MILLORAR L'ACESSIBILITAT DE L'OFICINA TURISTICA |
14.700,33 € |
14.700,33 € |
Ajuntament de Campos |
FOMENT INFORMACIÓ TURÍSTICA CAMPOS 2024 |
11.244,00 € |
11.244,00 € |
Ajuntament de Capdepera |
Realització d'un banc d'imatges i vídeos complet del municipi de Capdepera. |
44.947,87 € |
18.747,11 € |
Ajuntament de Consell |
Plà estratègic de Turisme de Consell |
12.705,00 € |
12.705,00 € |
Ajuntament de Costitx |
Senyalització turística Costitx 2024 |
Excluido |
0,00 € |
Ajuntament d'Escorca |
Millora de la web turística i ampliació banc d'imatges d'Escorca |
13.500,00 € |
13.500,00 € |
Ajuntament d'Esporles |
Esporles Smart Turisme |
5.953,20 € |
5.953,20 € |
Ajuntament d'Estellencs |
Informació Turística del municipi d'Estellencs |
17.100,72 € |
17.100,72 € |
Ajuntament de Felanitx |
Equipament electrònic i mobiliari per a les oficines d'informació turística. |
3.540,27 € |
3.540,27 € |
Ajuntament d'Inca |
INCA EN IMATGES: CAPTURANT L'ESSÈNCIA D'UNA CIUTAT PLENA DE POSSIBILITATS |
9.438,00 € |
9.438,00 € |
Ajuntament de Lloseta |
SENYALITZACIÓ PER TURISME ALTERNATIU A LLOSETA |
6.292,00 € |
6.292,00 € |
Ajuntament de Manacor |
Accions de foment en matèria d'informació turística 2024 |
12.789,70 € |
12.789,70 € |
Ajuntament de Mancor de la Vall |
Millora de webs turística existent |
12.235,00 € |
12.235,00 € |
Ajuntament de Muro |
Plaques de Senyalització Platja de Muro |
Excluido |
0,00 € |
Ajuntament de Pollença |
Accions en Materia d'Informació Turística |
23.308,56 € |
18.747,11 € |
Ajuntament de Puigpunyent |
Actualitzar a la web de promoció turística. Instal.lació i fabricació de panells informatius. Disseny i maquetació de totems |
13.915,00 € |
13.915,00 € |
Ajuntament de Sa Pobla |
WEB QR PUNTS D'INFORMACIÓ TURÍSTICA I AUDIOGUIES DE SA POBLA |
12.614,25 € |
12.614,25 € |
Ajuntament de Santa Margalida |
VIU SANTA MARGALIDA |
12.063,70 € |
12.063,70 € |
Ajuntament de Santa Maria del Camí |
Accions de foment en matèria d'informació turística per el 2024 |
13.310,00 € |
13.310,00 € |
Ajuntament de Santanyí |
Millora d'accessibilitat de la platja de Cala Santanyí |
18.143,95 € |
18.143,95 € |
Ajuntament de Selva |
WEB D'INFORMACIÓ SOCIOCULTURAL I TURISTICA DEL MUNICIPI DE SELVA 2024 |
15.851,00 € |
15.851,00 € |
Ajuntament de Ses Salines |
MILLORA DE L'ACCESSIBILITAT DE L'OFICINA TURISTICA DE SES SALINES |
19.933,60 € |
18.747,11 € |
Ajuntament de Sóller |
OFICINA VIRTUAL DE TURISME DIGITAL 24/7 |
10.784,79 € |
10.784,79 € |
Ajuntament de Son Servera |
MILLORES OFICINES D' INFORMACIÓ TURÍSTICA |
11.269,43 € |
11.269,43 € |
Ajuntament de Valldemossa |
CREACIÓ PLANA WEB D'INFORMACIÓ TURÍSTICA (VISIT VALLDEMOSSA) |
17.242,50 € |
17.242,50 € |
Mancomunitat Pla de Mallorca |
Tresors del Plà de Mallorca |
140.000,00 € |
140.000,00 € |
Fundació Turisme Palma 365 |
VÍDEOS PROMOCIONALS DE PALMA |
29.983,80 € |
18.747,10 € |
TOTAL |
El importe inicial de todas las aplicaciones presupuestarias era de 580.000,00 € |
Importe Solicitado 637.842,07 € |
Importe Concedido 580.000,00 € |
ANEXO II Exclusión
ENTIDAD |
NOMBRE PROYECTO |
IMPORTE SOLICITADO |
CAUSA DE EXCLUSIÓN |
Ajuntament de Costitx |
Senyalització turística Costitx 2024 |
2.923,36 € |
Excluido por haber presentado una duplicidad de solicitudes. |
Ajuntament de Muro |
Plaques de Senyalització Platja de Muro |
9.479,37€ |
Excluido porque la acción del proyecto de la señalización únicamente de los hoteles, no es objeto de subvención. No se corresponde con ninguna de las líneas previstas en la convocatoria |
ANNEX III Reducción
ENTIDAD |
PROYECTO |
IMPORTE SOLICITADO |
CONCESIÓN |
CAUSA REDUCCIÓN |
Ajuntament de Banyalbufar |
Millora i Actualització de la Informació Turística i embelliment de Banyalbufar |
10.043,00 € |
9.619,50 € |
La acción del proyecto de la renovación de los vinilos genéricos no es objeto de subvención. No se corresponde con ninguna de les líneas previstas en la convocatoria |