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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 418037
Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública para aprobar las bases específicas, temarios y convocatorias que deben regir los procesos selectivos, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica superior de la Admin. espec. (TAE Superior) especialidad Ingeniero -a de caminos, canales y puertos, de la Subesc. téc. sup. de la Admin. espec. (TAE Superior) especialidad Economista, de la Subesc. téc. sup. de la Admin. especial (TAE Superior) especialidad Formación y de la Subesc. téc. media de la Admin. espec. (TAE Medio) especialidad Comunicación Digital, de la Oferta de empleo público correspondientes al ejercicio 2024 del CIM

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Texto

El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, prevé que las corporaciones locales formularán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal, y el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público, establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal.

Por otra parte, el artículo 193 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, añade, entre otras cosas, que la oferta de empleo público debe indicar escala, subescala, clase o especialidad del personal funcionario, o el nivel y categoría profesional del personal laboral al que correspondan las plazas vacantes y también que la oferta de empleo se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

La oferta de empleo público para el año 2024, en virtud de la prórroga automática de los presupuestos generales del Estado para el año 2023, de acuerdo con la previsión del artículo 134.4 de la Constitución, se encuentra regulada en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Considerando esto, el Consell de Mallorca ha aprobado la oferta de empleo público para el año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria (BOIB núm. 78, de 11 de junio de 2024). La oferta de empleo público del Consell de Mallorca para el año 2024 prevé, entre otros, la reposición de efectivos siguientes:

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A1. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico superior. Número de vacantes: Cuatro (tres por el turno libre y una por el de promoción interna). Denominación: Ingeniero -a de caminos, canales y puertos.

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A1. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico superior. Número de vacantes: Cinco (cuatro por el turno libre y una por el de promoción interna). Denominación: Técnico superior economista.

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A1. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico superior. Número de vacantes: Tres. Denominación: Técnico superior de formación.

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A2. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico medio. Número de vacantes: Dos. Denominación: Técnico-a en comunicación digital.

En fecha 12 de junio de 2024 (BOIB núm. 80, de 15 de junio de 2024) se han aprobado las Bases generales que constituyen el régimen jurídico que debe regir de manera uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario de la Administración Especial tanto en lo que se refiere al turno libre, como en lo que se refiere a la promoción interna y al turno de personas con discapacidades, que engloba la oferta pública del año 2024 del Consell de Mallorca, salvo las plazas clasificadas en la escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase de servicio de extinción de incendios , que deben negociarse en el seno de la Mesa sectorial en el ámbito del personal del área operativa del Servicio de los Bomberos de Mallorca. Todo ello sin perjuicio de las especificidades, derivadas de las características de las diferentes escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que deben recogerse en las bases específicas de cada convocatoria.

El artículo 2 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la administración local, dispone que el ingreso en la función pública local debe realizarse, con carácter general, mediante el sistema de oposición, salvo que por la naturaleza de las plazas o de las funciones a desarrollar, sea más adecuada la utilización del sistema de concurso̶  oposición o de concurso. En estos casos, la naturaleza de las plazas a convocar, así como sus funciones, al tratarse de plazas vacantes de la escala de administración especial, son de carácter específico, haciendo conveniente establecer como sistema de selección el de concurso oposición, a fin de valorar tanto la experiencia como la formación específica de las especialidades correspondientes.

Por lo que respecta a la administración local, el artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los temarios mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario. Al amparo de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, establece las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la administración local y lo realiza con carácter básico de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

La disposición adicional primera de la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que dependen de la misma (aprobada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca en sesión de 14 de febrero de 2013 y publicado en el BOIB núm. 69 de 16 de mayo de 2013, modificada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca en sesión de 9 de junio de 2022 y publicado en el BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022), establece que las personas que participen en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ordenanza deben presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la enmienda, procedimientos de impugnación de las actuaciones de los mismos procesos selectivos, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran comunicación personal. La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones por medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria.

Por otra parte, la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que dependen de ella prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para parte de los trámites y actuaciones. De igual modo, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los que pueda resultar necesario, debiendo incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.

El artículo 28.1.e) de la Ley de Consejos Insulares atribuye al Consejo ejecutivo la competencia consistente en aprobar las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo y cualquier otra actuación en materia de personal que no esté expresamente atribuida a un otro órgano.

Consta en el expediente el informe jurídico favorable, de fecha 20 de junio de 2024.

Consta en el expediente el informe económico que establece que la propuesta de resolución cumple con los principios de estabilidad presupuestaria, de fecha de 20 de junio de 2024.

Consta en el expediente informe favorable de fiscalización, de fecha 26 de junio de 2024.

Por todo lo anterior, de acuerdo con lo que establece el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 28 de septiembre de 2022, (BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022) por el que se delega la competencia, dicto la siguiente:

Resolución

1. Aprobar las bases específicas y los temarios que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de la Administración Especial de la Oferta de empleo público del Consell de Mallorca, correspondiente al ejercicio 2024, de las siguientes categorías:

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A1. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico superior. Denominación: Ingeniero -a de caminos, canales y puertos, que se adjuntan como anexo I y II.

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A1. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico superior. Denominación: Técnico-a superior economista, que se adjuntan como anexo III y IV.

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A1. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico superior. Denominación: Técnico-a superior de formación, que se adjuntan como anexo V y VI.

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A2. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico medio. Denominación: Técnico-a en comunicación digital, que se adjuntan como anexo VII y VIII.

2. Convocar los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial de la oferta de empleo público del Consell de Mallorca, correspondiente al ejercicio 2024, por el sistema de concurso oposición, de las siguientes categorías:

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A1. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico superior. Número de vacantes: Cuatro (tres por el turno libre y una por el de promoción interna). Denominación: Ingeniero -a de caminos, canales y puertos.

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A1. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico superior. Número de vacantes: Cinco (cuatro por el turno libre y una por el de promoción interna). Denominación: Técnico superior economista.

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A1. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico superior. Número de vacantes: Tres (por el turno libre). Denominación: Técnico superior de formación.

Grupo o subgrupo según RDL 5/2015: A2. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase de técnico medio. Número de vacantes: Dos (por el turno libre). Denominación: Técnico-a en comunicación digital.

3. Publicar las bases específicas, temarios y convocatorias de los procesos selectivos en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del Consell de Mallorca.

4. Publicar el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

5. Establecer que estas convocatorias se rigen por las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y de las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 80, de 15 de junio de 2024).

6. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

7. Establecer, a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que el modelo específico de solicitud de participación y de autobaremación de méritos están incluidos dentro del trámite telemático que se encuentra disponible en el Portal de Selección (https://seleccio.conselldemallorca.cat/) y en la Sede electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/ca-ES/).

8. Establecer que, cuando de acuerdo con las bases específicas, haya turno de reserva de personas con discapacidad, en el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para realizarlas.

9. Establecer que los Tribunales Calificadores de los procesos selectivos objeto de las convocatorias tienen que estar constituidos por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.

10. Establecer que, junto con la Resolución del consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca que establece la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias y el orden de actuación de los aspirantes, si procede.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno dentro del plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo que prevén los artículos 66.2 y 18 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el artículo 34 del Reglamento Orgánico del Consell Insular de Mallorca, aprobado por Acuerdo del Pleno de 12 de abril de 2018 y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, al día de la firma electrónica (28 de junio de 2024)

El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans

 

 

ANEXO I Bases específicas que deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica superior de la Administración especial (TAE Superior), especialidad Ingeniero -a de Caminos, Canales y Puertos, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca

1. Normas generales

1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas

1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de cuatro plazas de Técnico-a superior de la Administración especial (TAE superior), especialidad Ingeniero -a de Caminos, Canales y Puertos, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca, distribuidas de la siguiente forma:

  • Por el turno libre: tres plazas.
  • Por el turno de promoción interna vertical: una plaza.

En este procedimiento selectivo no se establece el turno de reserva para personas con discapacidad.

1.1.2 Las características de las plazas convocadas son las siguientes:

Grupo: A

Subgrupo: A1

Escala: administración especial

Subescala: técnica

Clase: técnico superior

Categoría: técnico-a de administración especial

Denominación: Técnico-a superior de Ingeniero -a de Caminos, Canales y Puertos

Sistema de selección: concurso-oposición

Vinculación: funcionario-a

1.2 Procedimiento selectivo

Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición tanto para el turno libre como para el turno de promoción interna vertical.

Para el turno libre, la fase de concurso debe representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo, y para el turno de promoción interna vertical, la fase de concurso debe representar un 40% y la fase de oposición, un 60% del resultado global del sistema selectivo.

La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial previstas en las ofertas de empleo público correspondientes al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS y de las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB nº. 80, de 15 de junio de 2024) y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.

La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según los anexos A (turno libre) y B (turno de promoción interna) de las Bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1. Además de los que se prevén en las Bases generales:

̶  Estar en posesión del título universitario de grado de ingeniería de caminos, canales y puertos y máster habilitante, o título que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de ingeniero -a de caminos, canales y puertos equivalente.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero tendrán que estar en posesión de la correspondiente homologación o, si procede, del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un Estado miembro de la Unión Europea, debe presentarse el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y desarrollo.

̶  Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 que debe acreditarse mediante alguno de los siguientes certificados:

  • Certificados expedidos por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears.
  • Certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública.
  • Certificados expedidos por el Consell de Mallorca, de acuerdo con las pruebas de evaluación del nivel de conocimientos de lengua como consecuencia de las convocatorias llevadas a cabo por los decretos de la Presidencia de 3 de junio de 2004 y de 29 de septiembre de 2004.
  • Certificados equivalentes según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).
  • Certificados reconocidos como equivalentes u homologados por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears en materia de política lingüística según la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014 (BOIB núm. 115, de 26 de agosto de 2014).

3. Derechos de examen

La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento.

En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.

La falta del abono de los derechos de examen en el plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.

4. Calendario de las pruebas

El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca debe aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución tiene que publicarse en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.

Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se hará público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. Sin embargo, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.

5. Tribunal Calificador

El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa su presidencia.

La convocatoria debe establecer la composición del Tribunal Calificador, que debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que establecen las bases generales.

6. Ejercicios y calificaciones del turno libre

6.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder a un cuestionario de 100 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 90 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,112 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente a las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 110 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de forma mecanizada y garantizando el anonimato.

En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en ambas versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

6.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas distintos del temario específico y no deben ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar distintos epígrafes del temario.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.

En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

6.3. Tercer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas distintas, referidos al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la correcta interpretación de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.

En caso de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anterior, deberá publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.

7. Ejercicios y calificaciones del turno de promoción interna vertical

7.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas distintos del temario específico y no deben ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar distintos epígrafes de los temarios.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.

En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

7.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas distintas, referidos al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la correcta interpretación de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.

En caso de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anterior, deberá publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.

8. Fórmula para calcular la puntuación final

En el caso del turno libre, la puntuación final de concurso oposición se calculará con la siguiente fórmula:

Nota del aspirante en la oposición                                    Méritos del aspirante en el concurso

70 x ------------------------------------------------                  + 30 x   ----------------------------------------------------

Nota máxima de la oposición                                           Puntuación máxima en el concurso

En el caso de la promoción interna vertical, la puntuación final de concurso oposición se calculará con la siguiente fórmula:

Nota del aspirante en la oposición                                   Méritos del aspirante en el concurso

60 x ------------------------------------------------                  + 40 x   --------------------------------------------------

Nota máxima de la oposición                                          Puntuación máxima en el concurso

9. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo y bolsa de personal funcionario de carrera para mejora del empleo

9.1 Bolsas de personal funcionario interino derivadas de los procesos selectivos

Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.

9.2 Bolsa de personal funcionario de carrera para cubrir plazas de funcionario por el sistema de nombramiento provisional para mejora del empleo

El turno de promoción interna vertical de este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario de carrera que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado al menos un ejercicio, para efectuar nombramientos provisionales para mejora del empleo que regula el artículo 82 bis de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

 

ANEXO II Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica superior de la Administración especial (TAE Superior), especialidad Ingeniero -a de Caminos, Canales y Puertos, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca

Temario general

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y libertades públicas, derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión.

Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. El Estado autonómico. Naturaleza jurídica y principios. Los estatutos de autonomía. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. Las relaciones entre el Estado y las comunidades autónomas.

Tema 3. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Tema 4. El derecho de la Unión Europea: tratados y derecho derivado. Las fuentes del Derecho en general y, en especial, en el sistema jurídico positivo español. Aplicación de las normas jurídicas. El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria.

Tema 5. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.

Tema 6. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de Elaboración. El Reglamento orgánico. Los bandos.

Tema 7. El municipio: concepto y elementos. El término municipal. Legislación básica y autonómica. La organización municipal. Órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: comisiones informativas y otros órganos. Los grupos políticos y concejales no adscritos. La participación vecinal en la gestión municipal. El consejo abierto.

Tema 8. Las competencias municipales. Competencias propias, delegadas y competencias distintas a las propias. La sostenibilidad financiera de la Hacienda Local como presupuesto del ejercicio de las competencias. Los convenios sobre ejercicio de competencias y servicios municipales. Los servicios mínimos. El Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes a aplicar en las Illes Balears. La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local.

Tema 9. Especialidades del régimen orgánico-funcional en los municipios de gran población. La ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma: organización del gobierno municipal. El Consejo de Capitalidad.

Tema 10. Las formas de acción administrativa de las entidades locales. La actividad de policía: la intervención administrativa local en la actividad privada. Las autorizaciones administrativas: sus clases. El régimen de licencias. La comunicación previa y la declaración responsable

Tema 11. La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los requisitos de la responsabilidad. Daños indemnizables. La acción de responsabilidad. Principios del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 12. La actividad administrativa de prestación de servicios. El servicio público: concepto. Las formas de gestión de los servicios públicos. La iniciativa económica pública y los servicios públicos. La reserva de servicios a favor de las entidades locales.

Tema 13. El patrimonio de las administraciones públicas. Las propiedades públicas: tipología. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio público. Utilización: reserva y concesión. El patrimonio privado de las administraciones públicas. El inventario en la Administración local.

Tema 14. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.

Tema 15. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.

Tema 16. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears. Medidas por la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Illes Balears.

Tema 17. La centralidad del ciudadano. Participación ciudadana. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Portal de Transparencia. La transparencia y el acceso a la información.

Tema 18. El sector público instrumental de las entidades locales. Los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles: régimen de creación, funcionamiento, personal, contratación y extinción. Los consorcios: régimen de creación, funcionamiento, personal, contratación y extinción.

Tema 19. La importancia de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Temario específico

Parte 1. Contratación

Tema 20. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. De las actuaciones relativas a la contratación de las administraciones públicas. Racionalización técnica de la contratación. Medidas de contratación pública Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética.

Tema 21. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público Del contrato de obras. Del contrato de concesión de obras. Derechos y obligaciones del concesionario y prerrogativas de la administración concedente.

Tema 22. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público Del contrato de concesión de servicios. Del contrato de suministro. Del contrato de servicios.

Tema 23. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público Órganos competentes en materia de contratación. Registros oficiales. Gestión de publicidad contractual.

Tema 24. RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de contratos de las administraciones públicas.

Parte 2. Carreteras

Tema 25. Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.

Tema 26. RD 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.

Tema 27. Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Tema 28. Ley 16/2001, de 14 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de carreteras y caminos.

Tema 29. Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Islas Baleares.

Parte 3. Urbanismo

Tema 30. Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears. Normativa urbanística.

Tema 31. Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears. Instrumentos de planeamiento urbanístico.

Tema 32. Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears. Ejecución del planeamiento urbanístico.

Tema 33. Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears. Sistemas de actuación. Expropiación y reparcelación.

Tema 34. Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears. Modalidad de compensación y cooperación.

Tema 35. Reglamento general de desarrollo de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, para la isla de Mallorca.

Tema 36. Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial.

Tema 37. Ley 6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de medidas tributarias.

Tema 38. Ley 6/1997, de 8 de julio, del Suelo Rústico de las Illes Balears.

Tema 39. Plan Territorial Insular de Mallorca. Planes directores sectoriales.

Tema 40. Plan Director Sectorial de carreteras.

Parte 4. Expropiaciones

Tema 41. Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa. Concepto y fundamentos. Procedimiento general y especial. El procedimiento expropiatorio para la construcción de obras públicas.

Parte 5. Proyectos

Tema 42. El proyecto de urbanización. Contenido y alcance. Relación entre las obras de urbanización y planeamiento urbanístico que ejecuta. Recepción de las obras de urbanización.

Tema 43. El proyecto de obras. Los documentos del proyecto: memoria, anexos, pliego de prescripciones técnicas, estado de mediciones, presupuestos, plan de control de calidad, estudio de seguridad, estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, etc.

Parte 6. Accesibilidad

Tema 44. Ley 8/2017, de accesibilidad universal de las Illes Balears.

Tema 45. Decreto 1/2023, de 23 de enero, de regulación de la accesibilidad universal en los espacios de uso público de las Illes Balears.

Tema 46. Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

Tema 47. Orden VIV/561/2010 de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.

Tema 48. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social

Parte 7. Medio ambiente y cambio climático

Tema 49. Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears.

Tema 50. Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética.

Tema 51. RD 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. La economía circular de las obras, construcción y demolición. La gestión de RCDs. Legislación y planificación. Utilización de RCDs en obra pública, neumáticos fuera de uso, escorias de incineradoras y materiales de dragado, otras oportunidades de regeneración/reutilización.

Tema 52. Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears. La Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas.

Tema 53. Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

 

​​​​​​​Parte 8. Control de calidad

Tema 54. Reglamento UE 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de la construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo. Marcaje CE. Los eurocódigos.

Tema 55. RD 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural. Principios generales. Bases generales para la contribución de la estructura a la sostenibilidad. Bases generales para el proyecto y criterios de seguridad. Bases generales para la ejecución de las estructuras. Bases generales para la gestión de calidad en las estructuras. Bases generales para la gestión de las estructuras durante su fase de servicio. Criterios generales para las estructuras de hormigón. Estructuras de hormigón. Propiedades tecnológicas de los materiales. Durabilidad de las estructuras de hormigón. Estructuras de hormigón: Dimensionamiento y comprobación. Ejecución de estructuras de hormigón.

Tema 56. RD 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural. Gestión de calidad del proyecto de estructuras de hormigón. Gestión de calidad de los productos en estructuras de hormigón.

Tema 57. RD 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural. Gestión de calidad de la ejecución de estructuras de hormigón. Gestión de las estructuras de hormigón durante su vida de servicio. Demolición y deconstrucción de estructuras de hormigón.

Tema 58. RD 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural. Criterios generales para las estructuras de acero. Propiedades tecnológicas de los materiales para las estructuras de acero. Durabilidad de las estructuras de acero. Estructuras de acero. Dimensionamiento y comprobación. Fabricación y montaje de las estructuras de acero.

Tema 59. RD 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural. Gestión de la calidad del proyecto de estructuras de acero. Gestión de calidad de los productos en estructuras de acero. Gestión de calidad de la fabricación y ejecución de estructuras de acero. Gestión de las estructuras de acero durante su vida de servicio. Desconstrucción de estructuras de acero.

Tema 60. RD 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el Código Estructural. Gestión de la calidad del proyecto de estructuras mixtas hormigón-acero. Gestión de la calidad de los productos en estructuras mixtas de hormigón-acero. Gestión de la calidad de la ejecución de estructuras mixtas hormigón-acero. Gestión de las estructuras mixtas durante su vida de servicio. Desconstrucción de estructuras mixtas.

Parte 9. Técnica

Tema 61. Gestión de usos en suelos inundables, cambios y adaptaciones. Criterios constructivos de nuevas edificaciones. Cálculo de caudales de aguas residuales y pluviales. El método racional. Cálculo hidráulico de colectores.

Tema 62. Planificación y programación de infraestructuras viarias. Indicadores económicos, socioeconómicos y territoriales. Estudios de carreteras. Cartografía y topografía. Estudios geológicos, geotécnicos y de procedencia de materiales. Estudios climatológicos e hidrológicos. Estudios sísmicos. Estudios de tráfico. Métodos de previsión de la demanda. Datos y mapas de tráfico.

Tema 63. Política de movilidad. Demanda de la movilidad. Adaptación de las infraestructuras al aumento o disminución de la demanda. Estudios de Movilidad. El método de los escenarios y la planificación territorial. Modelos de tráfico.

Tema 64. Planificación del sistema de movilidad, infraestructuras urbanas e interurbanas. Objetivos, desarrollo. Planificación estratégica. Planificación sectorial. Movilidad sostenible. Modelos de previsión y respuesta. Ordenación territorial y demanda de movilidad.

Tema 65. Trazado de carreteras I. Norma 3.1-IC de trazado. Trazado en planta. Trazado en alzado. Sección transversal. Nudos, enlaces e intersecciones. Orden circular 32/2012.

Tema 66. Drenaje superficial y subsuelo. Norma 5.2-IC, sistemas de drenaje sostenible. Evaluación y gestión de riesgos de inundación. Auscultación, conservación y rehabilitación de firmes. Norma 6.3-IC Rehabilitación de firmes. Obras de paso. Conceptos generales. Tipologías y materiales. Métodos constructivos y medios auxiliares. Conservación e inspección. Normativa aplicable.

Tema 67. Infraestructuras básicas en el planeamiento urbano. Criterios de diseño y evaluación socioeconómica. Problemática.

Tema 68. Muros de contención. Tipo, diseño y cálculo.

Tema 69. Cimentaciones. Técnicas de mejora del terreno. Taludes. Protección de las infraestructuras de transporte frente a la caída de rocas. Monitorización.

Tema 70. Puentes. Tipo y características. Condicionantes de su diseño, IAP-11. Principios generales de proyecto. Criterios para la comprobación de los estados límite de servicio.

Tema 71. Túneles y excavaciones subterráneas. Procedimientos de construcción. Requisitos mínimos de seguridad. Drenaje. Inspección de túneles. Análisis de riesgos. Explotación de túneles. Equipamiento e instalaciones. Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado. Monitorización.

Tema 72. Señalización, balizamiento y sistemas de contención. Conceptos. Tipologías. Características y pruebas. Criterios de empleo. Norma 8.1-IC: señalización vertical. Norma 8.2-IC: marcas viarias. Orden circular 35/2014, sobre criterios de aplicación de sistemas de contención de vehículos. Otra normativa aplicable.

Tema 73. Movimiento de tierras. Clasificación y características de los suelos según PG-3. Construcción de explanaciones. Construcción de terraplenes, pedraplenes y rellenos. Capacidad de soporte de las explanadas. Normas y especificaciones.

Tema 74. Caracterización y ensayos de capas granulares, suelos estabilizados, grava-cemento.

Tema 75. Firmes flexibles. Conceptos y dimensionado. Capas granulares. Tratamientos superficiales. Mezclas bituminosas.

Tema 76. Control de calidad de las mezclas bituminosas. Materiales, mezclas, puesta en obra y acabado.

Tema 77. Control de calidad pavimentos de hormigón. Materiales, elaboración, puesta en obra y acabados.

Tema 78. Firmes rígidos. Concepto y dimensionado. Capas tratadas con ligantes hidráulicos. Pavimentos de hormigón. Tipología.

Tema 79. Pacificación del tráfico. Diseño de infraestructuras para el transporte colectivo. Diseño de infraestructuras para transporte no motorizado. Integración de viales cívicos en la red viaria. Diseño de elementos singulares para facilitar su accesibilidad.

Tema 80. Rotondas. Concepto y clases de intersecciones giratorias. Utilidad de las rotondas. Criterios generales de implantación. Recomendaciones geométricas. Funcionamiento. Capacidad. Factores que influyen en la circulación. Características del trazado.

Tema 81. Características básicas del tráfico. Conceptos de intensidad, composición y velocidad. Densidad del tráfico. Relaciones entre intensidad, velocidad y densidad.

Tema 82. Regulación semafórica. Objeto. Tipo de semáforos: peatones, circulares para vehículos, cuadrados de carril, reservados a determinados vehículos. Diferentes tecnologías. Regulación de un cruce señalizado mediante semáforos: descripción física de los elementos, ubicación con respecto a la vía, concepto de fase, ciclo y tiempo de vaciamiento. Criterios para su implementación.

Tema 83. Directiva 2008/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias. Seguridad vial de las infraestructuras viarias. Auditorías de seguridad vial: concepto, características y organización del proceso, etapas y desarrollo, aspectos a analizar en las distintas etapas del proceso de auditoría. Herramientas para el desarrollo de las auditorías. Costes y resultados.

Tema 84. Alumbrado público. Normativa aplicable. Criterios de diseño. Elementos de la red de alumbrado. Obras de alumbrado. Ejecución y control de calidad. La eficiencia en la gestión de las instalaciones de alumbrado viario.

Tema 85. Infraestructura verde. Zonas verdes. Planificación y elementos. Proyectos de zonas verdes. Obras de ajardinamiento e integración en el entorno de la red viaria.

Parte 10. Conservación y explotación

Tema 86. Concesiones administrativas en carreteras. Pliegos de condiciones administrativas de concesiones. Plan económico-financiero. VAN, TIRO, peajes a sombra. Reequilibrio de una concesión: Motivos. Autopistas de peaje convencional. Legislación vigente. Estudios previos. Anteproyecto. Contratación. Seguimiento e inspección.

Tema 87. Conservación de carreteras. Reconocimientos sistemáticos. Inspecciones especiales. Sistemas de gestión de firmes, túneles, obras de paso y señalizaciones. Proyectos de conservación y rehabilitación y particularidades de aplicación de la normativa. Operaciones básicas de vialidad. Vialidad invernal. Organización de la conservación. Contratos de conservación integral. Alumbrado de carreteras. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el reglamento electrotécnico para baja tensión.

Tema 88. Explotación de carreteras. Transportes especiales. Áreas de descanso, Áreas de estaciones de servicio. Telemática y sistemas inteligentes de explotación de carreteras. El inventario de la red de carreteras.

Parte 11. Seguridad y Salud

Tema 89. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Marco legislativo, estudios y planes, procedimientos de trabajo.

Tema 90. RD 1627/1997, de 24 de octubre, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

Tema 91. Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción.

Parte 12. Información geográfica

Tema 92. Los sistemas de información geográfica. Introducción, conceptos básicos, oportunidades y ejemplos de implementación en el control de la infraestructura vial.

 

ANEXO III Bases específicas que deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica superior de la Administración especial (TAE Superior), especialidad Economista, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca

1. Normas generales

1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas

1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de cinco plazas de Técnico-a superior de la Administración especial (TAE superior), especialidad Economista, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca, distribuidas de la siguiente forma:

  • Por el turno libre: cuatro plazas.
  • Por el turno de promoción interna vertical: una plaza.

En este procedimiento selectivo no se establece el turno de reserva para personas con discapacidad.

1.1.2 Las características de las plazas convocadas son las siguientes:

Grupo: A

Subgrupo: A1

Escala: administración especial

Subescala: técnica

Clase: técnico superior

Categoría: técnico-a de administración especial

Denominación: Técnico-a superior Economista

Sistema de selección: concurso-oposición

Vinculación: funcionario-a

1.2 Procedimiento selectivo

Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición tanto para el turno libre como para el turno de promoción interna vertical.

Para el turno libre, la fase de concurso debe representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo, y para el turno de promoción interna vertical, la fase de concurso debe representar un 40% y la fase de oposición, un 60% del resultado global del sistema selectivo.

La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial (BOIB núm. 80, de 15 de junio de 2024) y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.

La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según los anexos A (turno libre) y B (turno de promoción interna) de las bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

 

​​​​​​​2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Además de los que se prevén en las Bases generales:

̶  Estar en posesión del título universitario de grado o licenciatura en economía o administración y dirección de empresas o grado en administración de empresas o equivalente.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero tendrán que estar en posesión de la correspondiente homologación o, si procede, del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un Estado miembro de la Unión Europea, debe presentarse el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y desarrollo.

̶  Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 que debe acreditarse mediante alguno de los siguientes certificados:

  • Certificados expedidos por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears.
  • Certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública.
  • Certificados expedidos por el Consell de Mallorca, de acuerdo con las pruebas de evaluación del nivel de conocimientos de lengua como consecuencia de las convocatorias llevadas a cabo por los decretos de la Presidencia de 3 de junio de 2004 y de 29 de septiembre de 2004.
  • Certificados equivalentes según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).
  • Certificados reconocidos como equivalentes u homologados por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears en materia de política lingüística según la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014 (BOIB núm. 115, de 26 de agosto de 2014.

3. Derechos de examen

La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento.

En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.

La falta de abono de los derechos de examen en el plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.

4. Calendario de las pruebas

El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca debe aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución tiene que publicarse en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.

Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se hará público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. Sin embargo, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.

5. Tribunal calificador

El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa su presidencia.

La convocatoria debe establecer la composición del Tribunal Calificador, que debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que establecen las Bases generales.

 

​​​​​​​6. Ejercicios y calificaciones del turno libre

6.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder a un cuestionario de 100 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 90 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,112 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente a las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 110 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de forma mecanizada y garantizando el anonimato.

En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en ambas versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

6.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas distintos del temario específico y no deben ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar distintos epígrafes del temario.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.

En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

6.3. Tercer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas distintas, referidos al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la correcta interpretación de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.

En caso de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anterior, deberá publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.

7. Ejercicios y calificaciones del turno de promoción interna vertical

7.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas distintos del temario específico y no deben ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar distintos epígrafes de los temarios.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.

En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

7.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas distintas, referidos al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la correcta interpretación de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.

En caso de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anterior, deberá publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.

8. Fórmula para calcular la puntuación final

En el caso del turno libre, la puntuación final de concurso oposición se calculará con la siguiente fórmula:

Nota del aspirante en la oposición                                   Méritos del aspirante en el concurso

70 x ------------------------------------------------                  + 30 x   ------------------------------------------------------

Nota máxima de la oposición                                           Puntuación máxima en el concurso

En el caso de la promoción interna vertical, la puntuación final de concurso oposición se calculará con la siguiente fórmula:

Nota del aspirante en la oposición                                  Méritos del aspirante en el concurso

60 x ------------------------------------------------                  + 40 x   --------------------------------------------------

Nota máxima de la oposición                                                Puntuación máxima en el concurso

9. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo y bolsa de personal funcionario de carrera para mejora del empleo

9.1 Bolsas de personal funcionario interino derivadas de los procesos selectivos

Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.

​​​​​​​9.2 Bolsa de personal funcionario de carrera para cubrir plazas de funcionario por el sistema de nombramiento provisional para mejora del empleo

El turno de promoción interna vertical de este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario de carrera que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado al menos un ejercicio, para efectuar nombramientos provisionales para mejora del empleo que regula el artículo 82 bis de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

 

ANEXO IV Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica superior de la Administración especial (TAE Superior), especialidad Economista, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca

Temario general

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y libertades públicas, derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión.

Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. El Estado autonómico. Naturaleza jurídica y principios. Los estatutos de autonomía. El sistema de la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. Las relaciones entre el Estado y las comunidades autónomas.

Tema 3. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Tema 4. El derecho de la Unión Europea: tratados y derecho derivado. Las fuentes del Derecho en general y, en especial, en el sistema jurídico positivo español. Aplicación de las normas jurídicas. El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria.

Tema 5. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.

Tema 6. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de Elaboración. El Reglamento orgánico. Los bandos.

Tema 7. El municipio: concepto y elementos. El término municipal. Legislación básica y autonómica. La organización municipal. Órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: comisiones informativas y otros órganos. Los grupos políticos y concejales no adscritos. La participación vecinal en la gestión municipal. El consejo abierto.

Tema 8. Las competencias municipales. Competencias propias, delegadas y competencias distintas a las propias. La sostenibilidad financiera de la Hacienda Local como presupuesto del ejercicio de las competencias. Los convenios sobre ejercicio de competencias y servicios municipales. Los servicios mínimos. El Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes a aplicar en las Illes Balears. La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local.

Tema 9. Especialidades del régimen orgánico-funcional en los municipios de gran población. La ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma: organización del gobierno municipal. El Consejo de Capitalidad.

Tema 10. Las formas de acción administrativa de las entidades locales. La actividad de policía: la intervención administrativa local en la actividad privada. Las autorizaciones administrativas: sus clases. El régimen de licencias. La comunicación previa y la declaración responsable.

Tema 11. La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los requisitos de la responsabilidad. Daños indemnizables. La acción de responsabilidad. Principios del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 12. La actividad administrativa de prestación de servicios. El servicio público: concepto. Las formas de gestión de los servicios públicos. La iniciativa económica pública y los servicios públicos. La reserva de servicios a favor de las entidades locales.

Tema 13. El patrimonio de las administraciones públicas. Las propiedades públicas: tipología. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio público. Utilización: reserva y concesión. El patrimonio privado de las administraciones públicas. El inventario en la Administración local.

Tema 14. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.

Tema 15. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.

Tema 16. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears. Medidas por la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Illes Balears.

Tema 17. La centralidad del ciudadano. Participación ciudadana. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Portal de Transparencia. La transparencia y el acceso a la información.

Tema 18. El sector público instrumental de las entidades locales. Los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles: régimen de creación, funcionamiento, personal, contratación y extinción. Los consorcios: régimen de creación, funcionamiento, personal, contratación y extinción.

Tema 19. La importancia de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Temario específico

Parte 1. Derecho administrativo

Tema 20. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público: concepto, principios de actuación y funcionamiento. Los órganos de las administraciones públicas. La atribución de competencias a los órganos administrativos: delegación, avocación, encomienda de gestión, delegación de firma y suplencia. Abstención y recusación. Las relaciones interadministrativas.

Tema 21. Los convenios: Definición y tipos de convenios. Requisitos de validez y eficacia. Contenido y trámites preceptivos. Extinción. Resolución y efectos. Remisión al Tribunal de Cuentas.

Tema 22. El funcionamiento electrónico del sector público de acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el Real decreto 203/2021, de 30 de marzo de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Tema 23. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: disposiciones generales del procedimiento administrativo. Los interesados ​​en el procedimiento. Normas generales de actuación y plazos.

Tema 24. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Requisitos y eficacia: notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad. La convalidación.

Tema 25. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: La iniciación del procedimiento: clases, enmiendas y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones.

Tema 26. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación e instrucción. El silencio administrativo. Finalización del procedimiento. Ejecutividad y suspensión. Ejecución forzosa de los actos administrativos.

Tema 27. Los recursos administrativos: principios generales. Actas susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de recursos administrativos. Clases de recursos. La revisión de oficio.

Tema 28. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. Especialidades del procedimiento en materia sancionadora. Medidas sancionadoras administrativas. Especial referencia a la potestad sancionadora local.​​​​​​​

Parte 2. Contratación pública y subvenciones

Tema 29. Contratación administrativa (I). Normativa de aplicación. Estructura de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Objeto y ámbito de aplicación. Negocios y actas excluidos. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a regulación armonizada. Contratos Administrativos y contratos privados. Contratos de otros entes del sector público.

Tema 30. Contratación administrativa (II). Racionalidad y consistencia de la contracción del sector público. Perfección y forma del contrato. Supuestos de invalidez. El recurso especial en materia de contratación. Las partes en el contrato. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público.

Tema 31. Contratación administrativa (III). El expediente de contratación y su tramitación. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y los de prescripciones técnicas. Procedimiento de adjudicación.

Tema 32. Contratación administrativa (IV). Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Las fases de ejecución presupuestaria en el expediente de contratación en las entidades locales. El pago del precio. El reajuste de anualidades.

Tema 33. Contratación administrativa (V). Órganos competentes en materia de contratación. Remisión de información al Tribunal de Cuentas. Registros oficiales de licitadores y empresas clasificadas. Competencias en materia de contratación en las entidades locales. Normas específicas de contratación pública en las entidades locales. Especial referencia a la normativa del Consell de Mallorca en materia de contratos menores.

Tema 34. La actividad subvencional de las administraciones públicas. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: concepto, naturaleza y clasificación de las subvenciones. Principios generales. Elementos personales. El Plan Estratégico de Subvenciones. Especial referencia a la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca.

Tema 35. La Ley 38/2003 general de subvenciones y su reglamento (Real decreto 887/2006, de 21 de julio) de desarrollo (I): procedimientos de concesión, gestión y justificación de las subvenciones. Las fases de ejecución presupuestaria en el expediente de subvenciones a las entidades locales.

Tema 36. La Ley 38/2003 general de subvenciones y su reglamento (Real decreto 887/2006, de 21 de julio) de desarrollo (II): procedimientos de reintegro y control financiero de las subvenciones.

Parte 3. Función pública y gestión pública

Tema 37. Los instrumentos de organización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización. Límites de las leyes de presupuestos generales del Estado a la incorporación de personal de nuevo ingreso en las entidades locales y en sus entidades vinculadas. Anexo de personal.

Tema 38. El personal al servicio de las entidades locales: clases y régimen jurídico. Acceso al empleo público. Provisión de puestos de trabajo y movilidad. Situaciones Administrativas.

Tema 39. Derechos y deberes del personal al servicio de los entes locales. Especial referencia a la carrera administrativa ya las retribuciones.

Tema 40. El régimen disciplinario. El régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial.

Tema 41. Los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social de los empleados públicos. El régimen de incompatibilidades: Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 42. El Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional: deslinde de las funciones necesarias y los puestos reservados.

Tema 43. La planificación de la gestión pública. La planificación estratégica y operativa. Su aplicación en los gobiernos locales.

 

​​​​​​​Parte 4. Hacienda pública y tesorería

Tema 44. El derecho financiero: concepto y contenido. Las fuentes del derecho financiero. Los principios de jerarquía y competencia. Principios relativos a los ingresos públicos: legalidad y reserva de ley, generalidad, capacidad económica, igualdad, progresividad y no confiscatoriedad. Principios relativos al gasto público: legalidad y equidad, eficacia, eficiencia y economía en la programación y ejecución del gasto público.

Tema 45. Los distintos niveles de la Hacienda Pública. Distribución de competencias y modelos de financiación. Las subvenciones intergubernamentales.

Tema 46. La relación jurídico-tributaria: concepto y elementos. Las obligaciones tributarias. Los obligados tributarios. La deuda tributaria. Elementos de cuantificación.

Tema 47. La gestión tributaria: deslinde y ámbito. Los procedimientos de gestión tributaria. La declaración tributaria. Los actos de liquidación: clases y régimen jurídico. La consulta tributaria. La prueba en los procedimientos de gestión tributaria. Especialidades en la administración local.

Tema 48. La extinción de la obligación tributaria. El pago: requisitos, medios de pago y efectos del pago. La imputación de pagos. Consecuencias de la falta de pago y consignación. Otras formas de extinción: la prescripción, la compensación, la condonación y la insolvencia.

Tema 49. La recaudación de los tributos. El procedimiento de recaudación en período voluntario. El procedimiento de recaudación en vía de apremio. Aplazamiento y fraccionamiento del pago. Órganos de recaudación. Especialidades en la administración local. La gestión y recaudación de recursos por cuenta de otros entes públicos.

Tema 50. La revisión en vía administrativa de los actos de aplicación de los tributos. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las entidades locales, en municipios de régimen común y gran población.

Tema 51. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Devengo. Exenciones. Particularidades del Impuesto sobre el Valor Añadido en la administración local. Operaciones no sujetas y operaciones exentas. Transmisiones inmobiliarias. Operaciones urbanísticas. El IVA en las relaciones de la entidad local con sus entes instrumentales.

Tema 52. Los recursos de las haciendas locales. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las entidades locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.

Tema 53. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Base imponible. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral. Gestión tributaria. Inspección catastral.

Tema 54. El impuesto sobre actividades económicas (IAE). Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: las tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión censal y gestión tributaria. El recargo provincial. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO).

Tema 55. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM). El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU).

Tema 56. Tasas y precios públicos. Concepto, establecimiento y principales diferencias. Especial referencia a la normativa del Consejo de Mallorca. Las contribuciones especiales: anticipo y aplazamiento de cuotas y colaboración ciudadana. Prestaciones patrimoniales no tributarias.

Tema 57. La participación de municipios y provincias en los tributos del Estado y de las comunidades autónomas. Criterios de distribución y reglas de evolución. Regímenes especiales. La cooperación económica del Estado y de las comunidades autónomas en las inversiones de las entidades locales. Los Fondos de la Unión Europea para entidades locales.

Tema 58. Las operaciones de crédito en las entidades locales. Clases. Naturaleza jurídica de los contratos y tramitación. Las operaciones de crédito a largo plazo: finalidad y duración, competencia, límites y requisitos. El principio de prudencia financiera. Las operaciones de crédito a corto plazo: requisitos. La concesión de avales por las entidades locales.

Tema 59. La tesorería de las entidades locales. Régimen jurídico. El principio de unidad de caja. Funciones de la tesorería. Organización. Situación de los fondos: caja y cuentas bancarias.

Tema 60. La realización de pagos: prelación, procedimientos y medios de pago. El período medio de pago. Los informes de morosidad.

Tema 61. La planificación financiera. El Plan de Tesorería y el Plan de Disposición de Fondos. La rentabilización de excedentes de tesorería. Las operaciones de tesorería. El riesgo de tipos de interés y de cambio en las operaciones financieras. La conciliación bancaria.

Parte 5. Presupuesto, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera

Tema 62. El presupuesto como instrumento de planificación, como instrumento de gestión y como mecanismo general de coordinación. El ciclo presupuestario y sus fases.

Tema 63. El presupuesto: concepto y función. Los principios presupuestarios. La Ley de presupuestos en el ordenamiento español: naturaleza jurídica. Efectos de la Ley de presupuestos sobre el gasto y sobre los ingresos públicos.

Tema 64. El presupuesto general de las entidades locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca. La elaboración y aprobación del presupuesto general. La prórroga presupuestaria.

Tema 65. Anexos y documentación complementaria para la aprobación del presupuesto general municipal. Consolidación del presupuesto.

Tema 66. La estructura presupuestaria. Los créditos del presupuesto de gastos: deslinde, situación y niveles de vinculación jurídica. Las modificaciones de crédito: clases, concepto, financiación y tramitación.

Tema 67. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases.

Tema 68. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiación afectada: especial referencia a las desviaciones de financiación.

Tema 69. La liquidación del presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultado presupuestario: concepto, cálculo y ajustes.

Tema 70. El remanente de tesorería: concepto y cálculo. Análisis del remanente de tesorería para gastos con financiación afectada y del remanente de tesorería para gastos generales. Destino del remanente de tesorería.

Tema 71. La contabilidad nacional y el sector público. Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea: Aspectos generales. El sector administraciones públicas. Las relaciones entre la contabilidad pública y la contabilidad nacional: criterios de ajuste previstos en el Manual sobre el déficit y la deuda pública del Eurostat y en el Manual del cálculo del déficit en contabilidad nacional adaptado a las administraciones locales por la IGAE.

Tema 72. Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad financiera. Principios generales. Objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de gasto para las corporaciones locales: establecimiento y consecuencias asociadas a su incumplimiento. El perímetro de consolidación.

Tema 73. Los Planes económico-financieros: contenido, tramitación y seguimiento. Planes de ajuste y saneamiento financiero. Reglamento de desarrollo de la ley de estabilidad presupuestaria en su aplicación a las entidades locales.

Parte 6. Contabilidad

Tema 74. La contabilidad de las entidades locales y sus organismos autónomos: los modelos normal, simplificado y básico. La Instrucción de contabilidad aplicable a los entes locales: modelo normal.

Tema 75. Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la administración local. Marco conceptual de la contabilidad pública. Normas de reconocimiento y valoración. Cuentas anuales: balance, cuenta del resultado económico-patrimonial, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo, estado de liquidación del presupuesto y memoria. Definiciones y relaciones contables.

Tema 76. La aprobación de la cuenta general de las entidades locales: contenido, formación, aprobación y rendición. Otra información a suministrar al Pleno, órganos de gestión, órganos de control interno y otras administraciones públicas.

Tema 77. La Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, por la que se aprueban las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local. Entidades del grupo, multigrupo, y asociadas. Obligación de consolidar y excepciones. Métodos y procedimientos de consolidación. Las cuentas anuales consolidadas.

Tema 78. La contabilidad de las sociedades de capital. Las normas internacionales de contabilidad. El Plan General de Contabilidad en España. Los principios de contabilidad generalmente aceptados. Normas de valoración.

Tema 79. Las cuentas anuales de las sociedades de capital: estados contables que los integran. Formulación y aprobación de las cuentas.

Tema 80. Análisis de los estados financieros: análisis patrimonial y análisis financiero. Análisis de rentabilidad. Indicadores de gestión.

Tema 81. Contabilidad analítica. Esquema contable de la formación de costes. Principios generales sobre contabilidad analítica de las administraciones públicas de la IGAE. Indicadores de gestión en el ámbito del sector público.

Tema 82. El Real decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de contabilidad a las entidades sin ánimo de lucro: ámbito de aplicación, cuentas anuales y plan de actuación.

Parte 7. Control interno y externo

Tema 83. Concepto de control interno, y su aplicabilidad en el sector público. El control interno de la actividad económico-financiera de las entidades locales y sus entes dependientes. El Real decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local.

Tema 84. La función interventora. Fases, contenido y procedimiento. Fiscalización limitada previa y fiscalización previa plena. La objeción, la discrepancia y su resolución. La omisión de la función interventora. El reconocimiento extrajudicial de créditos.

Tema 85. El control financiero. Concepto, regulación y principios generales. Ámbito subjetivo. El control financiero permanente. El resultado del control financiero. Informe resumen y plan de acción.

Tema 86. Los controles financieros de eficacia y eficiencia: ámbito subjetivo, ámbito objetivo, procedimientos e informes. La auditoría como forma de ejercicio del control financiero.

Tema 87. Las normas de auditoría del sector público. Las Normas técnicas de la IGAE.

Tema 88. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público local. La fiscalización de las entidades locales por el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las comunidades autónomas. Las relaciones del Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las comunidades autónomas. La Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears: función fiscalizadora y ámbito de actuación.

Tema 89. La remisión de información económico-financiera al ministerio competente en materia de hacienda por parte de las entidades locales. La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se despliegan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Obligaciones periódicas y no periódicas. Otros agentes de control: la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIREF). El órgano de tutela financiera.

Tema 90. La responsabilidad contable: concepto y régimen jurídico. El carácter objetivo de la responsabilidad contable. Supuestos básicos de responsabilidad contable: descubierto contable, malversaciones y otros supuestos. Compatibilidad con otras clases de responsabilidades. Los sujetos de los procedimientos de responsabilidad contable.

 

ANEXO V ​​​​​​​Bases específicas que deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica superior de la Administración especial (TAE Superior), especialidad Formación, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca

1. Normas generales

1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas

1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de tres plazas de Técnico-a superior de la Administración especial (TAE superior), especialidad Formación, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca, distribuidas de la siguiente forma:

  • Por el turno libre: tres plazas.
  • Por el turno de promoción interna vertical: ninguna plaza.

En este procedimiento selectivo no se establece el turno de reserva para personas con discapacidad.

 

​​​​​​​1.1.2 Las características de las plazas convocadas son las siguientes:

Grupo: A

Subgrupo: A1

Escala: administración especial

Subescala: técnica

Clase: técnico superior

Categoría: técnico-a de administración especial

Denominación: Técnico-a superior Formación

Sistema de selección: concurso-oposición

Vinculación: funcionario-a

1.2 Procedimiento selectivo

Se establece como procedimiento selectivo para el turno libre el de concurso oposición.

La fase de concurso debe representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo.

La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en estas Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial (BOIB núm. 80, de 15 de junio de 2024) y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.

La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según el anexo A (turno libre) de las Bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Además de los que se prevén en las Bases generales:

̶  Estar en posesión del título universitario de grado o licenciatura en Psicología, o grado o licenciatura en Pedagogía, o Licenciatura en Psicopedagogía o equivalente.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero tendrán que estar en posesión de la correspondiente homologación o, si procede, del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un Estado miembro de la Unión Europea, debe presentarse el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y desarrollo.

̶  Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 que debe acreditarse mediante alguno de los siguientes certificados:

  • Certificados expedidos por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears.
  • Certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública.
  • Certificados expedidos por el Consell de Mallorca, de acuerdo con las pruebas de evaluación del nivel de conocimientos de lengua como consecuencia de las convocatorias llevadas a cabo por los decretos de la Presidencia de 3 de junio de 2004 y de 29 de septiembre de 2004.
  • Certificados equivalentes según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).
  • Certificados reconocidos como equivalentes u homologados por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears en materia de política lingüística según la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014 (BOIB núm. 115, de 26 de agosto de 2014.

3. Derechos de examen

La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento.

En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.

La falta del abono de los derechos de examen en el plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.

4. Calendario de las pruebas

El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca debe aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución tiene que publicarse en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.

Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se hará público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. Sin embargo, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.

​​​​​​​5. Tribunal Calificador

El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa su presidencia.

La convocatoria debe establecer la composición del Tribunal Calificador, que debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de '11 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que establecen en las Bases generales.

6. Ejercicios y calificaciones del turno libre

6.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder a un cuestionario de 100 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 90 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,112 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente a las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 110 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de forma mecanizada y garantizando el anonimato.

En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en ambas versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

6.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas distintos del temario específico y no deben ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar distintos epígrafes del temario.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.

En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

6.3. Tercer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas distintas, referidos al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la correcta interpretación de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.

En caso de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anterior, deberá publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.

7. Fórmula para calcular la puntuación final

En el caso del turno libre, la puntuación final de concurso oposición se calculará con la siguiente fórmula:

Nota del aspirante en la oposición                                    Méritos del aspirante en el concurso

70 x ------------------------------------------------                  + 30 x   --------------------------------------------------

Nota máxima de la oposición                                            Puntuación máxima en el concurso

8. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo

Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.

 

ANEXO VI Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica superior de la Administración especial (TAE Superior), especialidad Formación, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca

Temario general

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y libertades públicas, derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión.

Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. El Estado autonómico. Naturaleza jurídica y principios. Los estatutos de autonomía. El sistema de la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. Las relaciones entre el Estado y las comunidades autónomas.

Tema 3. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Tema 4. El derecho de la Unión Europea: tratados y derecho derivado. Las fuentes del Derecho en general y, en especial, en el sistema jurídico positivo español. Aplicación de las normas jurídicas. El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria.

Tema 5. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.

Tema 6. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de Elaboración. El Reglamento orgánico. Los bandos.

Tema 7. El municipio: concepto y elementos. El término municipal. Legislación básica y autonómica. La organización municipal. Órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: comisiones informativas y otros órganos. Los grupos políticos y concejales no adscritos. La participación vecinal en la gestión municipal. El consejo abierto.

Tema 8. Las competencias municipales. Competencias propias, delegadas y competencias distintas a las propias. La sostenibilidad financiera de la Hacienda Local como presupuesto del ejercicio de las competencias. Los convenios sobre ejercicio de competencias y servicios municipales. Los servicios mínimos. El Decreto ley 2/2014, de 21 de noviembre, de medidas urgentes a aplicar en las Illes Balears. La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local.

Tema 9. Especialidades del régimen orgánico-funcional en los municipios de gran población. La ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma: organización del gobierno municipal. El Consejo de Capitalidad.

Tema 10. Las formas de acción administrativa de las entidades locales. La actividad de policía: la intervención administrativa local en la actividad privada. Las autorizaciones administrativas: sus clases. El régimen de licencias. La comunicación previa y la declaración responsable

Tema 11. La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los requisitos de la responsabilidad. Daños indemnizables. La acción de responsabilidad. Principios del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 12. La actividad administrativa de prestación de servicios. El servicio público: concepto. Las formas de gestión de los servicios públicos. La iniciativa económica pública y los servicios públicos. La reserva de servicios a favor de las entidades locales.

Tema 13. El patrimonio de las administraciones públicas. Las propiedades públicas: tipología. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio público. Utilización: reserva y concesión. El patrimonio privado de las administraciones públicas. El inventario en la Administración local.

Tema 14. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.

Tema 15. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.

Tema 16. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears. Medidas por la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Illes Balears.

Tema 17. La centralidad del ciudadano. Participación ciudadana. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Portal de Transparencia. La transparencia y el acceso a la información.

Tema 18. El sector público instrumental de las entidades locales. Los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles: régimen de creación, funcionamiento, personal, contratación y extinción. Los consorcios: régimen de creación, funcionamiento, personal, contratación y extinción.

Tema 19. La importancia de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Temario específico

Tema 20. Concepto y principios del aprendizaje. Conceptos clave. Paradigmas.

Tema 21. Elementos facilitadores del aprendizaje.

Tema 22. Las metodologías de aprendizaje: técnicas tradicionales y metodologías emergentes.

Tema 23. Modalidades de aprendizaje. Características de la formación presencial, no presencial, semipresencial y teleformación o virtual.

Tema 24. Integración de los aprendizajes formal, informal y no formal en la función pública.

Tema 25. Las administraciones públicas y la gestión del conocimiento. El aprendizaje organizacional. La formación en el marco de las organizaciones.

Tema 26. El aprendizaje cooperativo: definición, características, ventajas, rol del profesorado y rol del alumnado. El trabajo colaborativo en la Administración pública.

Tema 27. Las comunidades de práctica. Concepto, objetivos beneficios, funcionamiento.

Tema 28. Concepto de formación para el empleo en la Administración pública, tipos de planes, contenidos de los planes de formación.

Tema 29. La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral. Referencias al mundo local en el marco jurídico de formación y empleo.

Tema 30. Los Acuerdos de formación continua en la Administración: origen y trayectoria, vigencia y modificaciones, financiación y objetivos.

Tema 31. Negociación, tramitación y gestión de los planes de formación para el empleo en la Administración Pública.

Tema 32. Evolución de las políticas de formación del personal trabajador en España.

Tema 33. Prioridades de la Unión Europea en materia de política educativa y formación de trabajadores.

Tema 34. La formación en la administración dentro del sistema de recursos humanos: concepto y objetivos.

Tema 35. Derechos de los empleados públicos relacionados con la formación. Permisos, retribuciones, carrera.

Tema 36. Tipo de formación en la organización, criterios de clasificación y fundamentos.

Tema 37. Etapas del proceso clásico de formación: análisis, implantación y evaluación.

Tema 38. Métodos de formación en una organización.

Tema 39. La elección del personal formador. Tipo y estilos de formadores.

Tema 40. La elección de los participantes de las acciones formativas: Criterios de selección. Dificultades e incidencia en el desarrollo del curso.

Tema 41. Formación en ética y valores públicos.

Tema 42. Plan de formación en igualdad y no discriminación.

Tema 43. Formación y organización: puesto que ocupa la formación en la organización. La gestión del conocimiento en las organizaciones. Teorías, métodos, herramientas. Beneficios de la implantación de un sistema de gestión del conocimiento.

Tema 44. La gestión del conocimiento frente a la gestión de la información.

Tema 45. El formador frente a la sociedad de la información y el conocimiento. Las tecnologías de la información y la comunicación.

Tema 46. Concepto de educación permanente. Conceptos afines. Principios básicos, fundamentos y fines de la educación permanente. La educación permanente en la sociedad de la información y del conocimiento.

Tema 47. Marco Europeo y Marco español de calificaciones para el aprendizaje. Definición, ventajas, estructura y niveles.

Tema 48. Principales impulsores del cambio en las administraciones públicas: decisiones políticas, económicas, demandas ciudadanía, digitalización, otros. Competencias necesarias de los empleados públicos para afrontar estos cambios.

Tema 49. La transferencia de conocimiento. Concepto, tipos, proceso de transferencia.

Tema 50. La formación como un proceso de transferencia de conocimiento.

Tema 51. Factores clave en el proceso de transferencia de formación.

Tema 52. Características del personal formado que influyen en la transferencia de la formación.

Tema 53. La influencia del diseño de la formación en la transferencia de la formación.

Tema 54. La influencia del entorno laboral y organizativo sobre la transferencia de la formación.

Tema 55. Factores que afectan al éxito de la transferencia de conocimientos.

Tema 56. El entorno de trabajo y el entorno organizativo. Influencia en la adquisición de conocimientos.

Tema 57. Los objetivos de aprendizaje. Elementos. Formulación. Características.

Tema 58. Elaboración de un plan estratégico de formación y desarrollo en una administración pública.

Tema 59. Aprendizaje orientado a proyectos. Definición, características, ventajas. Papel profesorado-alumnado.

Tema 60. Identificación, diseño, gestión y evaluación de una acción formativa.

Tema 61. Requerimientos para implementar acciones formativas en la administración pública, tanto en modalidad virtual como presencial.

Tema 62. Criterios para diseñar y gestionar las actividades formativas.

Tema 63. El marco histórico de las competencias profesionales. Los diccionarios de competencias. Clasificación.

Tema 64. Concepto de competencia profesional. Modelo integral de gestión por competencias en RRHH.

Tema 65. El papel de la formación en el desarrollo y gestión de las competencias profesionales. Cómo aprender en el puesto de trabajo: relación de ofertas formativas con el desarrollo de competencias y carrera profesional.

Tema 66. La digitalización y la transformación digital en la administración pública y su relación con las competencias digitales de los empleados públicos.

Tema 67. Criterios para diseñar recursos educativos para el aprendizaje digital accesible.

Tema 68. La formación on-line. Estrategias de aprendizaje autónomo. Plataformas de Teleformación o Learning Management System (LMS).

Tema 69. Los indicadores en la formación: concepto, propiedades y limitaciones de los sistemas de indicadores, metodología para la elaboración de sistemas de indicadores.

Tema 70. La evaluación de la formación. Concepto y objetivos. Criterios para evaluar la eficacia de la formación en la Administración pública. Modelos de evaluación de la formación.

Tema 71. Modelos de evaluación e-learning.

Tema 72. El papel del tutor en el aprendizaje virtual. Funciones, roles y competencias.

Tema 73. Evaluación del impacto de la formación en las organizaciones: definición, concepto y funciones, modalidades de evaluación.

Tema 74. Modelos de evaluación del impacto y procedimientos para evaluar el impacto de la formación.

Tema 75. El personal formador como objeto de evaluación. Propósitos de la evaluación del personal docente. Los sistemas de evaluación de valor añadido. La evaluación del personal docente por parte del alumnado. Las encuestas de opinión.

Tema 76. Detección de necesidades formativas. Pasos por detectar las necesidades formativas. Fuentes de información. La encuesta de valoración de necesidades formativas. El informe de detección de necesidades formativas.

Tema 77. La medida en educación. La observación. Técnicas de encuesta. Escalas de actitud. Técnicas grupales de recogida de información. Análisis de contenido.

Tema 78. La autoformación y la autoevaluación. Elementos de un proceso de autoevaluación. Metodología. Técnicas e instrumentos de autoevaluación.

Tema 79. Acreditación y certificación de la formación. Formas de reconocimiento de aprendizajes.

Tema 80. Los equipos de trabajo. Roles, necesidades y expectativas, causas de éxito y fracaso de los equipos.

Tema 81. El liderazgo de personas en el ámbito de la administración pública. Estilos de liderazgo. Competencias necesarias para liderar equipos e itinerarios formativos.

Tema 82. La formación del personal del Servicio de emergencias. Diseño de programas formativos específicos.

Tema 83. Roles y competencias del profesorado en la Administración.

Tema 84. Potencial de los formadores internos en las organizaciones. Acciones para crear un equipo de formación interno. Acciones para afianzar, cohesionar y ampliar un equipo interno de formación. Los grupos de instructores.

Tema 85. Logística y medios necesarios para realizar actividades formativas.

Tema 86. El espacio formativo. El equipamiento y recursos materiales. La organización del alumnado. La influencia del ambiente.

Tema 87. Itinerarios de desarrollo de perfiles profesionales de acuerdo con las competencias y funciones de los puestos de trabajo. Los planes de desarrollo individuales.

Tema 88. Los entornos globales de formación. Outdoor training. Coaching. Mentoring. Blended learning.

Tema 89. El Diseño Universal de aprendizaje (DUA). La atención a la diversidad. Concepto. Principios. Aplicación en el aula.

Tema 90. Los costes de la formación. Elementos a tener en cuenta.

 

ANEXO VII Bases específicas que deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica, técnico-a de grado medio de la Administración especial (TAE Grado medio), especialidad Comunicación Digital, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca

1. Normas generales

1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas

1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de dos plazas de Técnico-a de grado medio de la Administración especial (TAE Grado medio), especialidad Comunicación Digital, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca, distribuidas de la siguiente forma:

  • Por el turno libre: dos plazas.
  • Por el turno de promoción interna vertical: ninguna plaza.

En este procedimiento selectivo no se establece el turno de reserva para personas con discapacidad.

1.1.2 Las características de las plazas convocadas son las siguientes:

Grupo: A

Subgrupo: A2

Escala: administración especial

Subescala: técnica

Clase: técnico grado medio

Categoría: técnico-a de grado medio de administración especial

Denominación: técnico-a en comunicación digital

Sistema de selección: concurso-oposición

Vinculación: funcionario-a

1.2 Procedimiento selectivo

Se establece como procedimiento selectivo para el turno libre el de concurso oposición.

La fase de concurso debe representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo.

La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial (BOIB núm. 80 de 15 de juni de 2024) y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.

La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según el anexo A (turno libre) de las Bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Además de los que se prevén en las Bases generales:

̶  Estar en posesión del título universitario de grado o licenciatura en periodismo, comunicación, marketing y comunicación, publicidad y relaciones públicas o equivalentes; tres primeros cursos completos de la licenciatura en comunicación audiovisual; tres primeros cursos completos de la licenciatura en publicidad y relaciones públicas; tres primeros cursos completos de la licenciatura en periodismo o el primer ciclo correspondiente a estos estudios, siempre que contenga una carga lectiva de 180 créditos.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero tendrán que estar en posesión de la correspondiente homologación o, si procede, del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un Estado miembro de la Unión Europea, debe presentarse el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y desarrollo.

̶  Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 que debe acreditarse mediante alguno de los siguientes certificados:

  • Certificados expedidos por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears.
  • Certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública.
  • Certificados expedidos por el Consell de Mallorca, de acuerdo con las pruebas de evaluación del nivel de conocimientos de lengua como consecuencia de las convocatorias llevadas a cabo por los decretos de la Presidencia de 3 de junio de 2004 y de 29 de septiembre de 2004.
  • Certificados equivalentes según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 (BOIB núm. 34, de 12 de marzo de 2013).
  • Certificados reconocidos como equivalentes u homologados por el órgano competente del Gobierno de las Illes Balears en materia de política lingüística según la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 28 de julio de 2014 (BOIB núm. 115, de 26 de agosto de 2014.

̶  Carné conducir B

̶  Certificado nivel avanzado B2 inglés del MCER

3. Derechos de examen

La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que deberá abonarse dentro del plazo de presentación de instancias, sin que pueda abonarse en ningún otro momento.

En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.

La falta del abono de los derechos de examen en el plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.

4. Calendario de las pruebas

El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca debe aprobar la resolución en la que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución tiene que publicarse en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.

Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se hará público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. Sin embargo, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.

5. Tribunal calificador

El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa su presidencia.

La convocatoria debe establecer la composición del Tribunal Calificador, que debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que establecen en las Bases generales.

6. Ejercicios y calificaciones del turno libre

6.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder a un cuestionario de 90 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 80 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,125 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente a las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 100 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.

La calificación del ejercicio se hará de forma mecanizada y garantizando el anonimato.

En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en ambas versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en el que figuran en el cuestionario.

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas en la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

6.2 Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.

Estas cuestiones corresponderán a temas distintos del temario específico y no deben ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar distintos epígrafes de los temarios.

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.

En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

6.3 Tercer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas distintas, referidos al temario de la parte específica.

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la correcta interpretación de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.

En caso de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anterior, deberá publicarlos antes de la realización del ejercicio.

La calificación del ejercicio se hará de la siguiente forma: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.

7. Fórmula para calcular la puntuación final

En el caso del turno libre, la puntuación final de concurso oposición se calculará con la siguiente fórmula:

Nota del aspirante en la oposición                                      Méritos del aspirante en el concurso

70 x ------------------------------------------------                  + 30 x   ----------------------------------------------------

Nota máxima de la oposición                                               Puntuación máxima en el concurso

8. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo

Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes en la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.

En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.

 

ANEXO VIII Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica, técnico-a de grado medio de la Administración especial (TAE Grado medio), especialidad Comunicación Digital, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consejo de Mallorca

Temario general

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y libertades públicas, derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión.

Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. El Estado autonómico. Naturaleza jurídica y principios. Los estatutos de autonomía. El sistema de la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. Las relaciones entre el Estado y las comunidades autónomas.

Tema 3. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Tema 4. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.

Tema 5. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de Elaboración. El Reglamento orgánico. Los bandos.

Tema 6. El municipio: concepto y elementos. El término municipal. Legislación básica y autonómica. La organización municipal. Órganos necesarios: alcalde, tenientes de alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. Órganos complementarios: comisiones informativas y otros órganos. Los grupos políticos y concejales no adscritos. La participación vecinal en la gestión municipal. El consejo abierto.

Tema 7. Las competencias municipales. Competencias propias, delegadas y competencias distintas a las propias. La sostenibilidad financiera de la Hacienda Local como presupuesto del ejercicio de las competencias.

Tema 8. Especialidades del régimen orgánico-funcional en los municipios de gran población. La ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma: organización del gobierno municipal. El Consejo de Capitalidad.

Tema 9. La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los requisitos de la responsabilidad. Daños indemnizables. La acción de responsabilidad. Principios del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas.

Tema 10. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.

Tema 11. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares. Medidas por la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Illes Balears.

Tema 12. La centralidad del ciudadano. Participación ciudadana. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Portal de Transparencia. La transparencia y el acceso a la información.

Tema 13. El sector público instrumental de las entidades locales. Los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles: régimen de creación, funcionamiento, personal, contratación y extinción. Los consorcios: régimen de creación, funcionamiento, personal, contratación y extinción.

Temario específico

Tema 14. Los gabinetes de comunicación en las instituciones públicas: Definición, organización y funciones. Influencia de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en la comunicación institucional y en la organización de tareas.

Tema 15. La imagen corporativa institucional. Principios de marketing y construcción de marca (branding). El manual de identidad corporativa: función y elementos. La imagen corporativa del Consell de Mallorca.

Tema 16. Las relaciones de las instituciones públicas y los medios de comunicación: canales formales e informales. Preparación de encuentros de representantes institucionales con/a los medios de comunicación (convocatoria de prensa, nota de prensa, rueda de prensa, intervenciones en medios de comunicaciones, entrevistas).

Tema 17. El plan de comunicación: contenido, objetivos y cronograma de desarrollo.

Tema 18. Comunicación digital y aplicaciones en la comunicación corporativa: El impacto de la tecnología en la comunicación. La comunicación digital institucional: conceptos. Diferencia entre comunicación digital y periodismo tradicional.

Tema 19. La ciudadanía como centro de la comunicación pública.

Tema 20. Importancia de la comunicación digital en las administraciones públicas.

Tema 21. Estrategias de comunicación digital: planificación y ejecución. El plan de socialmedia.

Tema 22. La gestión del presupuesto en un proyecto de comunicación.

Tema 23. Estrategias de renovación y actualización de contenidos digitales. Técnicas de redacción digital efectiva. Edición de textos para mejorar la claridad y legibilidad en línea.

Tema 24. Inteligencias artificiales (IA) aplicadas a la comunicación digital.

Tema 25. Marketing digital y estrategias de publicación de contenidos.

Tema 26. Estilos de escritura coherente con la identidad institucional.

Tema 27. Elaboración de materiales para la comunicación digital: programas, herramientas y formatos para páginas web, redes sociales y aplicaciones móviles.

Tema 28. La información gráfica y audiovisual como soporte de la difusión informativa a una administración pública. Fundamentos básicos sobre producción, realización y edición de contenidos informativos audiovisuales.

Tema 29. Fundamentos básicos sobre fotografía digital y tratamiento de la imagen. Retoque fotográfico. El uso del material gráfico en la comunicación institucional.

Tema 30. Perspectiva de género en la comunicación pública. El lenguaje inclusivo.

Tema 31. Proceso de elaboración de noticias para una web institucional: desde la recogida de datos hasta su publicación.

Tema 32. Identificación y análisis de audiencias en línea.

Tema 33. Concepto clave de diseño web y usabilidad.

Tema 34. Evaluación y seguimiento del rendimiento de sitios web.

Tema 35. Adaptación de contenidos a distintos formatos y plataformas digitales.

Tema 36. Internet y opinión pública: democratización, fragmentación y blogosfera.

Tema 37. El papel de las redes sociales en las organizaciones. Gestión de la reputación en las redes sociales.

Tema 38. Tipos de plataformas sociales: le gestión y características de las principales plataformas sociales: Facebook, Instagram, X, Linkedln, Spotify, Tiktok, Twitch y otros.

Tema 39. La escucha activa en las redes sociales herramientas de análisis y monitorización.

Tema 40. La publicidad institucional. La administración como sujeto publicitario. Diferenciación entre información y publicidad en los mensajes institucionales.

Tema 41. Fases de una campaña de publicidad. Evaluación de la eficacia publicitaria.

Tema 42. Diseño gráfico y publicidad. Composición, maquetación y edición de publicaciones.

Tema 43. Segmentación de audiencias digitales.

Tema 44. Elaboración e implementación de campañas de comunicación digital: estrategia creatividad, planificación, difusión de contenidos y medición.

Tema 45. Concepto de micromedia. Tipo y características. Planificación de medios según el público objetivo, la audiencia, cobertura e impactos. Factores que afectan a la elección de medios. Medios complementarios en los micromedia.

Tema 46. Líderes de opinión, marketing de influencers.

Tema 47. Los estudios de audiencias en España: El estudio cuantitativo de las audiencias a la comunicación (EGM, OJD, audímetro, accesos IP y nuevas tecnologías) Medición a prensa, radio televisión y publicaciones digitales.

Tema 48. Optimización de motores de búsqueda. Serch Engine Optimization (SEO).

Tema 49. Marketing en buscadores. Serch Engine Marketing (SEM).

Tema 50. Monitorización y analítica en web y redes sociales. Seguimiento de campañas. Principales métricas, indicadores y seguimiento de resultados.

Tema 51. Gestión de la comunicación en una situación de crisis: la comunicación de crisis. Concepto. Tipo de crisis. Comunicación preventiva frente a comunicación reactiva. Plan de comunicación de crisis. Gestión de situaciones de crisis en la comunicación digital.

Tema 52. Aplicaciones móviles: comunicación digital, plataformas de contenidos, experiencia de usuario (UX), usabilidad, accesibilidad, arquitectura de la información y navegabilidad.

Tema 53. El reglamento general de la Protección de Datos de la Unión Europea.

Tema 54. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantías de los derechos digitales. Régimen Jurídico y sus ámbitos. Guías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.

Tema 55. Privacidad de datos: RGPD (Reglamento General de Protección de datos) y buenas prácticas en la gestión de datos personales en entornos digitales.

Tema 56. Propiedad intelectual: derechos de autor, licencias y uso adecuado de contenido protegido. Cuestiones legales relacionadas con la publicación de contenidos y propiedad intelectual en línea.

Tema 57. Ley 13/2010, 9 de diciembre, de Publicidad Institucional de las Illes Balears.

Tema 58. Marco jurídico y normativa de interés en comunicación digital y redes sociales: privacidad, protección de datos y transparencia en Internet.

Tema 59. Email Marketing: herramienta de comunicación con público objetivo a través del correo electrónico. Definición de aspectos más importantes del canal. Creación de base de datos de subscriptores (lugares de recogida de datos, políticas de autorización, entre otros), aspectos de segmentación, creación de contenidos específicos para el canal y monitorización del canal.

Tema 60. El Manual de Gestión de Redes Sociales: principales características del documento y usos. Normas para la autorización de creación de canales, estilo de la comunicación, idioma/as, tono, protocolos de respuesta, formas de programación, responsables para redes, principales acciones en cada canal, forma de ganar seguidores y evaluación.