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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 416289
Resolución consejero de Educación y Universidades por la que se prorroga la realización del Programa de Enseñanzas Profesionales de Música (PREP) en las Escuelas de Música Reconocidas autorizadas a impartir este programa (EMDR Alcúdia, EMDR Pollença, EMDR Muro, EMDR Santa Margalida y (EMDR Santanyí) en todos los cursos, hasta su extinción en el curso 2026-2027

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Texto

Hechos

1. De acuerdo con los artículos 17 y 18 del Decreto 37/1999, por el que se regulan las escuelas de música y danza de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Orden del consejero de Educación y Cultura de 29 de junio de 2001, se crearon y regularon las ampliaciones del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Palma (BOIB núm. 82, de 10 julio) para que se pudieran cursar las enseñanzas profesionales de música en determinados municipios de Mallorca. En la misma orden, se justifica la creación de las aulas de ampliación como paso previo para crear conservatorios profesionales en Inca y Manacor. Por último, estas aulas de ampliación no se consolidaron. Como alternativa, para acercar las enseñanzas profesionales a estos municipios, la Consejería optó por autorizar a determinadas escuelas de música la realización de programas específicos equivalentes, en cuanto a asignaturas y contenidos, a las enseñanzas profesionales, como el Pla de Nivell Mitjà y posteriormente el Programa de Enseñanzas Profesionales. Asimismo, la Conselleria de Educación autorizó, por acuerdo de Consell de Govern, la creación de conservatorios municipales en las escuelas de música reconocidas de Felanitx (2013), Manacor (2015) e Inca (2018).

2. La Consejería de Educación y Cultura, con la Resolución del consejero de Educación y Cultura de día 30 de junio de 2010 por la que se aprueban las instrucciones de organización y funcionamiento de los conservatorios profesionales de música y danza de las Illes Balears para el curso 2010-2011, puso en funcionamiento el programa de enseñanzas profesionales de música (PREP) equivalente en las condiciones de acceso, promoción y permanencia en los primeros cuatro cursos de las enseñanzas profesionales de música.

3. De acuerdo con estas instrucciones, el alumnado PREP cursa en la escuela de música las mismas materias de las Enseñanzas Profesionales de Música y, es evaluado en la evaluación ordinaria y extraordinaria de septiembre en el Conservatorio Profesional por tribunales compuestos por profesores del conservatorio y de la escuela de música. Las mismas instrucciones establecen que el alumnado de cuarto curso del PREP que sea evaluado positivamente de todas las asignaturas debe tener una plaza garantizada para continuar los estudios de las enseñanzas profesionales de música en el Conservatorio Profesional.

4. El 23 de marzo de 2023 se publicó, en el BOIB núm. 37, la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de marzo de 2023 por la que se autoriza la extinción del Programa de Enseñanzas Profesionales de Música (PREP) impartido en la Escuela Municipal de Música de Capdepera y se autoriza al Conservatorio Municipal de Inca y al Conservatorio Municipal de Felanitx a impartir este programa en las Escuelas de Música Reconocidas que tienen adscritas, hasta su extinción en el curso 2026-2027.

La extinción del programa PREP ha sido motivada por los diferentes informes emitidos por el Departamento de Inspección Educativa desde 2017 hasta 2024 en los que se explica que el alumnado que cursa el PREP en las escuelas de música reconocidas cursa el mismo currículum enseñanzas profesionales que se imparte en los conservatorios pero, como programa autorizado sin validez académica, no garantiza y vulnera los derechos de los alumnos, en cuanto a que no disponen de libro de calificaciones, ni de expediente académico, y en consecuencia no se pueden solo ·licitar las convalidaciones establecidas entre las enseñanzas profesionales de música y de la ESO y tampoco la tramitación de traslados de expediente. Asimismo, al alumnado de cuarto curso del PREP que ha sido evaluado positivamente de todas las asignaturas, durante la realización de este programa se le ha garantizado una plaza en el 5º curso de las Enseñanzas Profesionales sin haber seguido el procedimiento establecido en la normativa vigente.

5. El 12 de diciembre de 2023 se publicó, en el BOIB núm. 168, la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se modifica la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de marzo de 2023 por la que se autoriza la extinción del Programa de Enseñanzas Profesionales de Música ( PREP) impartido en la Escuela Municipal de Música de Capdepera y se autoriza a los Conservatorios Municipales a impartir este programa hasta su extinción en las Escuelas de Música Reconocidas que tienen adscritas, modificó el punto 2 y el punto 4 de la Resolución de 23 de marzo de 2023.

 

6. El punto 3 de la Resolución anteriormente mencionada (BOIB núm. 37, de 23 de marzo), autorizó la extinción progresiva del PREP a partir del curso 2024-2025 en todas aquellas escuelas de música reconocidas en las que se imparta este programa de la siguiente forma: el curso 2023-2024 se impartirá el PREP a los cuatro cursos. El curso 2024-2025 no se ofrecerá el 1er curso PREP y se mantendrá en 2º, 3º y 4º curso. El curso 2025-2026 se mantendrá en 3º y 4º curso. Finalmente, el curso 2026-27 será el último curso de aplicación del PREP, en el que se mantendrá únicamente en 4º.

7. Durante el curso 2023-2024, los representantes de los Ayuntamientos y directores de las Escuelas de Música de Muro, Alcúdia, Pollença y Santa Margalida han solicitado a la Consejería de Educación y Universidades que se dé una solución para que el alumnado de las escuelas de música de estas localidades pueda cursar las enseñanzas profesionales en las escuelas de música, mediante la autorización de aulas de ampliación del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca, y que mientras esto no sea posible se pueda continuar impartiendo el PREP

8. La Dirección General de Planificación y Gestión Educativas solicitó al Departamento de Inspección Educativa (DIE) y al Servicio de las Enseñanzas de Régimen Especial (SERE) respectivos informes sobre la posibilidad de autorizar un aula de ampliación del Conservatorio de Mallorca en las escuelas de música que imparten el PREP.

Ambos informes concluyen que las enseñanzas profesionales de música sólo pueden realizarse en conservatorios y que, de acuerdo con el artículo 48.3 de la LOE, en las escuelas de música sólo se pueden cursar estudios de música y danza que no conduzcan al obtención de títulos con validez académica ; que para acceder a las enseñanzas profesionales de música es prescriptivo realizar pruebas de acceso de acuerdo con las normas de admisión y matriculación establecidas para estas enseñanzas; y que en caso de que la Administración Educativa autorice aulas de ampliación se deben tener en cuenta para su regulación los aspectos establecidos en la Orden del consejero de Educación, Cultura y Deportes de día 20 de mayo de 1999, por la que se regulan las condiciones que deben reunir aquellas escuelas de música y/o danza reconocidas según el Decreto 37/1999, de 9 de abril, para que se puedan crear aulas de ampliación del Conservatorio Profesional de Música y Danza de las Illes Balears (derogada) y en la Orden del consejero de Educación y Cultura de 29 de junio de 2001, por la que se crean y regulan las ampliaciones del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Palma (derogada).

Asimismo el SERE concluye que previa a la autorización de un aula de ampliación del Conservatorio de Mallorca en los municipios de Alcúdia, Pollença, Muro y Santa Margalida es necesario firmar un convenio entre la Consejería de Educación y Universidades y cada uno de los Ayuntamientos interesados en formar parte del Aula de ampliación de zona norte en el que se determine la organización, funcionamiento y régimen económico que sean necesarios para garantizar la viabilidad de las aulas de ampliación.

Dado lo anterior, la directora general de Planificación y Gestión Educativas considera adecuado que, previa a la posibilidad de formalizar un convenio entre la Consejería de Educación y Universidades y los Ayuntamientos de cada una de las localidades interesadas en las que se autorice un aula de ampliación del Conservatorio de Mallorca a estas localidades, el consejero de Educación y Universidades dicte una resolución por la que se prorrogue la realización del Programa de Enseñanzas Profesionales de Música (PREP) en las Escuelas de Música Reconocidas autorizadas a impartir este programa (EMDR Alcúdia, EMDR Pollença, EMDR Muro, EMDR Santa Margalida y EMDR Santanyí) en todos los cursos hasta su extinción en el curso 2026-2027.

Fundamentos de derecho

1. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

2. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

3. Los artículos 48, 49, 50 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, que regulan las enseñanzas profesionales de música; y el art.111.3 que establece que los centros públicos que ofrecen enseñanzas profesionales y, en su caso elementales, de música y danza, se denominan conservatorios. También especifica que la organización de las enseñanzas elementales de música y danza corresponde a las Administraciones educativas (art. 48.1) y que “podrán cursarse estudios de música o de danza que no conduzcan a la obtención de títulos con validez académica o profesional en escuelas específicas, con organización y estructura diferentes y sin limitación de edad ” (art.48.3). El artículo 49 Acceso establece que “para acceder a las enseñanzas profesionales de música y de danza será necesario superar una prueba específica de acceso regulada y organizada por las Administraciones educativas. Podrá accederse igualmente a cada curso sin haber superado los anteriores siempre que, mediante prueba, el aspirante demuestre tener los conocimientos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes”.

4. El artículo 16 del Real decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por el Real Decreto 628/2022, que especifica que “ La certificación académica personal se obtiene del expediente académico personal y tiene valor acreditativo de los estudios realizados ” y que “ Este documento oficial recogerá la referencia normativa del plan de estudios, el curso académico, las calificaciones obtenidas con expresión de la convocatoria (ordinaria o extraordinaria), las asignaturas que hayan sido objeto de convalidación o reconocimiento y, en su caso, las anulaciones de matrícula y renuncia a convocatorias ”​​​​​​​

5. Real decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación secundaria obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza, modificado por el Real Decreto 14/2023.

6. Real decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

7. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears regula en el capítulo VII las enseñanzas de régimen especial.

8. El artículo 1 del Decreto 37/1999, de 9 de abril, por el que se regulan las escuelas de música y danza de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluye “las escuelas que imparten enseñanzas de música o de danza dirigidas a la iniciación y formación de los niños en estas artes, a la preparación para el acceso a los correspondientes estudios profesionalizadores y a la continuación de la formación y práctica artísticas no profesionales de los adultos”. Y añade que “Las enseñanzas impartidas en estas escuelas no pueden comportar la obtención de títulos con validez académica o profesional, excepto las impartidas en las aulas de ampliación del Conservatorio” .

9. La Orden del consejero de Educación, Cultura y Deportes de día 20 de mayo de 1999, por la que se regulan las condiciones que deben reunir aquellas escuelas de música y/o danza reconocidas según el Decreto 37/1999, de 9 de abril, para que se puedan crear aulas de ampliación del Conservatorio Profesional de Música y Danza de las Illes Balears.

10. La Orden del consejero de Educación y Cultura de 29 de junio de 2001, creó y reguló las ampliaciones del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Palma como paso previo para crear conservatorios profesionales en Inca y Manacor de acuerdo con lo establecido en el Decreto 37/1999, de 9 de abril. El artículo 9 estableció que “La convocatoria de las pruebas de acceso será la misma tanto para los alumnos que quieran realizar sus estudios en la sede principal como a una ampliación del conservatorio profesional. Una vez realizadas las pruebas, el conservatorio hará públicas las listas separadas de los alumnos de cada ampliación y de los alumnos de la sede central.” El artículo 10 estableció que “El profesorado que imparta docencia en las ampliaciones será personal al servicio de la Consejería de Educación y Cultura, y formará parte, a todos los efectos, del claustro del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Palma. En cada ampliación se nombrará a un coordinador, que será el responsable de su funcionamiento”.

11. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de octubre de 2013 por el que se crea el Conservatorio Municipal de Felanitx, de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx. En el anexo se enumeran las escuelas de música y música y danza reconocidas que quedaban adscritas a este conservatorio.

12. La Resolución del director general de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos humanos de 31 de octubre de 2013, sobre la autorización en el Conservatorio Municipal de Felanitx para impartir el Programa de Enseñanzas Profesionales.

13. La Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de marzo de 2023 por la que se autoriza la extinción del Programa de Enseñanzas Profesionales de Música (PREP) impartido en la Escuela Municipal de Música de Capdepera y se autoriza a los Conservatorios Municipales en impartir este programa hasta su extinción en las Escuelas de Música Reconocidas que tienen adscritas.

14. La Resolución del consejero de Educación y Universidades de 1 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros que imparten enseñanzas de idiomas, deportivas o artísticas no superiores de régimen especial, de las Illes Balears para el curso 2023-2024. La regulación del PREP está establecida en el punto 5.3 del Anexo 6 de esta resolución.

15. Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se modifica la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de marzo de 2023 por la que se autoriza la extinción del Programa de Enseñanzas Profesionales de Música (PREP ) impartido en la Escuela Municipal de Música de Capdepera y se autoriza a los Conservatorios Municipales a impartir este programa hasta su extinción en las Escuelas de Música Reconocidas que tienen adscritas.

16. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

17. El Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo, establece que la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas es competente en las enseñanzas de régimen especial.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

​​​​​​​Resolución

1. Dejar sin efectos la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de marzo de 2023 por la que se autoriza la extinción del Programa de Enseñanzas Profesionales de Música (PREP) impartido en la Escuela Municipal de Música de Capdepera y se autoriza a los Conservatorios Municipales a impartir este programa hasta su extinción en las Escuelas de Música Reconocidas que tienen adscritas.

2. Dejar sin efectos la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se modifica la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 16 de marzo de 2023 por la que se autoriza la extinción del Programa de Enseñanzas Profesionales de Música (PREP) impartido en la Escuela Municipal de Música de Capdepera y se autoriza a los Conservatorios Municipales a impartir este programa hasta su extinción en las Escuelas de Música Reconocidas que tienen adscritas.

3. Autorizar la continuación de la realización del PREP, como programa sin validez académica, en todos los cursos en los que se lleva a cabo en las Escuelas de Música Reconocidas de Muro, Santa Margalida, Pollença y Alcúdia, con la coordinación y asesoramiento didáctico y curricular del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca, hasta su finalización y extinción en el curso 2026-2027 y autorizar la incorporación de los expedientes del alumnado PREP en el GestIB del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca.

4. Autorizar la continuación de la realización del PREP, como programa sin validez académica, en todos los cursos en los que se lleva a cabo en la Escuela de Música Reconocida de Santanyí, con la coordinación y asesoramiento didáctico y curricular del Conservatorio Municipal de Felanitx, hasta su finalización y extinción en el curso 2026-2027 y autorizar la incorporación de los expedientes del alumnado PREP en el GestIB del Conservatorio en el Conservatorio Municipal de Felanitx. Los gastos derivados del cumplimiento de esta Resolución (coordinación docente y evaluaciones) respecto de los alumnos PREP para cada curso escolar, se realizarán en los términos fijados en el correspondiente convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y Universidades y el Ayuntamiento de Felanitx, titular del Conservatorio Municipal de Felanitx.

5. Instar al alumnado de todos los cursos del PREP que quiera acceder a las enseñanzas profesionales de música, al cumplimiento de las normas de admisión, realización de pruebas de acceso y matriculación establecidas para estas enseñanzas.

6. Publicar esta Resolución en la web de la Dirección General de Planificación, y Gestión Educativas y en el Boletín Oficial de las Illes Balears .

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears , de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears , de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, (firmado electrónicamente: 28 de junio de 2024)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany