Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 410834
Resolución nº 85/2024, de 21 de junio de 2024, del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, relativa a la concesión de las ayudas de minimis para la creación en artes visuales y audiovisuales del año 2023 (exp. 1546-2023-000011)
Dado que el Consejo Ejecutivo de este Consejo Insular, en sesión de carácter ordinario de 27 de noviembre de 2023, aprobó la convocatoria de las ayudas de minimis para la creación en artes visuales y proyectos audiovisuales para el año 2023 (BOIB nº 173, de 23 de diciembre de 2023).
Visto que el plazo de presentación de solicitudes finalizó día 31 de enero de 2024.
Dado que una vez revisada la documentación de los solicitantes por el instructor de la convocatoria, se han convocado las dos comisiones evaluadoras previstas en la convocatoria.
Vista el acta de la comisión evaluadora de las líneas 1 a 4, reunida el 27 de mayo de 2024.
Vista el acta de la comisión evaluadora de la línea 5, reunida el 30 de mayo de 2024.
Dado que la convocatoria prevé un presupuesto de 10.000€ para las líneas 1, 2 y 4, de 15.000€ para la línea 3 y de 45.000€ para la línea 5.
En el supuesto de que no se agote la consignación presupuestaria de una línea, la cantidad sobrante se asignará a una de las otras líneas de ayudas por el orden de preferencia siguiente:
1. Investigación 2. Formación 3. Producción de obra 4. Producción de exposiciones y 5. Proyectos audiovisuales.
Vista la propuesta del instructor de la convocatoria que consta en el expediente.
Dado que el interventor ha fiscalizado favorablemente la concesión de las ayudas, mediante firma de la propuesta del instructor.
Dado que el artículo 33.2.K de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, establece como atribución de los consejeros ejecutivos resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones.
Como titular del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia nº 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB n.º 158 de 21 de noviembre de 2023);
RESUELVO
Primero: Conceder la ayuda al proyecto de investigación artística (línea 1) correspondiente al año 2023, que a continuación se relaciona:
BENEFICIARIO/A: Marina Enrich Genestar
PROYECTO: Maternitat, pràctica artística i treball cultural
PUNTUACIÓN: 73 puntos
CANTIDAD CONCEDIDA: 2.500€
El importe total concedido de la línea 1 es de 2.500€. Restan, por tanto, 7.500€ de remanente. De acuerdo con la convocatoria la cantidad sobrante se asignará a una de las otras líneas de ayudas por el orden de preferencia siguiente:
1. Investigación 2. Formación 3. Producción de obra 4. Producción de exposiciones y 5. Proyectos audiovisuales.
Segundo: Conceder las ayudas a los proyectos de formación artística (línea 2) correspondiente al año 2023, que a continuación se relacionan:
BENEFICIARIO/A: Jordi Josep Cárdenas Lozano
PROYECTO: Monogràfic de pintura mural
PUNTUACIÓN: 78 puntos
CANTIDAD CONCEDIDA: 2.000€
CONCESIÓN ANTICIPO: 1.500€ (75%)
BENEFICIARIO/A: Antonella Zorzi
PROYECTO: Homework Tesselatum
PUNTUACIÓN: 84 puntos
CANTIDAD CONCEDIDA: 2.000€
CONCESIÓN ANTICIPO: 1.500€ (75%)
El importe total concedido de la línea 2 es de 4.000 €. Restan, por lo tanto, 6.000€ de remanente. De acuerdo con la convocatoria la cantidad sobrante se asignará a una de las otras líneas de ayudas por la orden de preferencia siguiente:
1. Investigación 2. Formación 3. Producción de obra 4. Producción de exposiciones y 5. Provectos audiovisuales.
Tercero: No conceder las ayudas a los proyectos de formación artística (línea 2) siguientes:
SOLICITANTE: Camila Giusto Olavarria
PROYECTO: Taller Art en l'Aire
MOTIVO: La Comisión evaluadora ha revisado este proyecto, y después de valorarlo según los requisitos de la convocatoria, ha valorado que no llega a la puntuación mínima requerida en su punto 7 A) de las bases.
SOLICITANTE: Paula Catalan Galan
PROYECTO: Arrels Creatives: Arteràpia i natura
MOTIVO: La Comisión evaluadora ha revisado este proyecto, y después de valorarlo según los requisitos de la convocatoria, ha valorado que no llega a la puntuación mínima requerida en su punto 7 A) de las bases.
Cuarto: Conceder las ayudas para producción de obra (línea 3) a las solicitudes siguientes:
SOLICITANTE: Carme Gomila Seguí
PROYECTO: Neobalneari
PUNTUACIÓN: 80,5
CANTIDAD CONCEDIDA: 5.000€
CONCESIÓN ANTICIPO: 3.000€
SOLICITANTE: Alejandro Martín Torrado
PROYECTO: Hipoteca Avestruz
PUNTUACIÓN: 77
CANTIDAD CONCEDIDA: 5.000€
CONCESIÓN ANTICIPO: 3.000€
SOLICITANTE: Theresia Martha Malaise
PROYECTO: De 9 pinturas del proyecto 9meses
PUNTUACIÓN: 75
CANTIDAD CONCEDIDA: 4.988,13€
CONCESIÓN ANTICIPO: 3.000€
Destinar el remanente de las líneas 1 y 2 a dos ayudas adicionales de la línea 3 (a los proyectos que han recibido la cuarta y quinta mejor puntuación). Se concede, por tanto, las ayudas siguientes:
SOLICITANTE: Andrea Julieta Oriola Lodigiani
PROYECTO: Luces de la Noche
PUNTUACIÓN: 73
CANTIDAD CONCEDIDA: 5.000€
CONCESIÓN ANTICIPO: 2.500€ (50%)
SOLICITANTE: Cristòfol Pons Bendito
PROYECTO: Las palabras no arden
PUNTUACIÓN: 61,25
CANTIDAD CONCEDIDA: 5.000€
CONCESIÓN ANTICIPO: 2.500€ (50%)
El importe total concedido de la línea 3 es de 24.988,13€, de los cuales 15.000€ se corresponden con los previstos por esta línea en la convocatoria y, los 9.988,13€ restantes, se incorporan del remanente de las líneas 1 y 2.
Quinto: No conceder las ayudas a las solicitudes siguientes de la línea 3:
SOLICITANTE: Alan Florit Casasnovas
PROYECTO: Sonoritats cromàtiques
MOTIVO: La Comisión evaluadora ha revisado este proyecto, y después de valorarlo según los requisitos de la convocatoria, ha valorado que no llega a la puntuación mínima requerida en su punto 7 A) de las bases.
SOLICITANTE: Clara Elorduy Vila
PROYECTO: Videodansa dels palaus de Menorca
MOTIVO: La Comisión evaluadora ha revisado este proyecto, y después de valorarlo según los requisitos de la convocatoria, ha valorado que no llega a la puntuación mínima requerida en su punto 7 A) de las bases.
SOLICITANTE: Marc Coll Moll
PROYECTO: Deu mil sols: testimoni salvatge
MOTIVO: La Comisión evaluadora ha revisado este proyecto, y después de valorarlo según los requisitos de la convocatoria, ha valorado que no llega a la puntuación mínima requerida en su punto 7 A) de las bases.
Sexto: Conceder las ayudas a las siguientes solicitudes para la producción de exposiciones (línea 4):
SOLICITANTE: Associació cultural Es Far
PROYECTO: (illa) o les set visions de la insularitat
PUNTUACIÓN: 81
CANTIDAD CONCEDIDA: 5.000€
CONCESIÓN ANTICIPO: 3.000€
SOLICITANTE: Clara Garriga Andreu
PROYECTO: Restes, l'art com a resta
PUNTUACIÓN: 74
CANTIDAD CONCEDIDA: 5.000€
CONCESIÓN ANTICIPO: 3.000€
El importe total concedido en la línea 4 es de 10.000 €.
Séptimo: No conceder las ayudas a las siguientes solicitudes para la producción de exposiciones (línea 4):
SOLICITANTE: Nuria Román Ribas
PROYECTO: “CONCILIAR” La Aguja de la Giganta
MOTIVO: La Comisión evaluadora ha revisado este proyecto, y después de valorarlo según los requisitos de la convocatoria, ha valorado que no llega a la puntuación mínima requerida en su punto 7 A) de las bases.
SOLICITANTE: Santiago Torrado
PROYECTO: Lithium
MOTIVO: La Comisión evaluadora ha revisado este proyecto, y después de valorarlo según los requisitos de la convocatoria, ha valorado que no llega a la puntuación mínima requerida en su punto 7 A) de las bases.
SOLICITANTE: Giovanna Carrano
PROYECTO: Arianna y el mito del laberinto
MOTIVO: La Comisión evaluadora ha revisado este proyecto, y después de valorarlo según los requisitos de la convocatoria, ha valorado que no llega a la puntuación mínima requerida en su punto 7 A) de las bases.
Octavo: No conceder subvención a La Moyano Films SL por el proyecto «El padre de todos nosotros», en fase de postproducción, porque la base 3.B de las bases reguladoras de la convocatoria establece que para la línea 5 «solo se puede presentar una propuesta por solicitante». La Moyano Films SL realizó dos solicitudes y comunicó que quería que se tramitara la otra.
Noveno: Dar por desistida de la solicitud presentada por La Moyano Films respecto de la solicitud de subvención por el proyecto de serie «Trivial», en fase de preproducción, dado que no atendió el requerimiento de enmienda de la solicitud en el plazo de 10 días hábiles otorgado al efecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Décimo: Conceder las ayudas de minimis para la creación en artes visuales y audiovisuales para el año 2023 (línea 5. Preproducción y postproducción de proyectos audiovisuales) que a continuación se relacionan:
BENEFICIARIO/A: Empatic Comunicación & Marketing S.L.
PROYECTO: Perill d'extinció (postproducció)
PUNTUACIÓN: 115 puntos
CANTIDAD CONCEDIDA: 10.000€
BENEFICIARIO/A: Diagonal Televisió SL
PROYECTO: La fibra sensible (postproducció)
PUNTUACIÓN: 126 puntos
CANTIDAD CONCEDIDA: 10.000€
CONCESIÓN ANTICIPO: 3.000€
SOLICITANTE: Solita Films SL
PROYECTO: 2 seconds (postproducció)
PUNTUACIÓN: 104 puntos
CANTIDAD CONCEDIDA: 6.900€
CONCESIÓN ANTICIPO: 3.000€
SOLICITANTE: Cristian Juan Pons Coll
PROYECTO: Pensar en vers, el cant improvitzat de la Mediterrània (preproducció)
PUNTUACIÓN: 124,5 puntos
CANTIDAD CONCEDIDA: 8.900€
CONCESIÓN ANTICIPO: 3.000€
El total de ayudas concedidas en esta línea suman 35.800€.
Undécimo. Determinar que el importe total de las ayudas concedidas en la convocatoria asciende al importe de 77.288,13€.
Duodécimo. La resolución del expediente de concesión o denegación de las ayudas se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cumplimento del art. 20.8 b de l'LGS y se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la web del Consejo Insular de Menorca www.cime.es, y donde figuraran los datos identificativos de las personas interesadas. La publicación en el BOIB tiene los efectos de notificación de acuerdo con el art. 45.1 b de l'LPACAP.
Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
Dicho recurso se entenderá desestimado si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 23 de junio de 2024
El consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes Juan Domingo Pons Torres (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 de 11.7.2023)