Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 400223
Aprobación definitiva de la modificación puntual núm. 15 de las normas subsidiarias de planeamiento municipal relativa a la norma 2.2.02 y ficha núm. 74 de la calificación "SS" (servicios)
El Pleno del Ayuntamiento reunido en sesión ordinaria celebrada día 06 de junio de 2024 adoptó el siguiente acuerdo:
Primero: Desistir de la modificación del apartado 4.4.b de la Norma 2.2.02 (Puntos de suministro de carburantes en la zona SS de la Avenida Tucán).
Segundo: Aprobar definitivamente la modificación puntual núm. 15 de las normas subsidiarias de planeamiento municipal, firmada en fecha 20.05.2024 (anexo de la memoria y resumen ejecutivo) y 21.05.2024 (memoria y justificativa).
Tercero: Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas y en la sede electrónica del Ayuntamiento, conforme el artículo 65.1 y la disposición transitoria 9ª de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares.
Cuarto: Conforme el artículo 54.2 de la ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, una vez adoptado el acuerdo de aprobación definitiva, enviar un ejemplar diligenciado de la modificación al Archivo de Urbanismo de las Islas Baleares y al Consejo Insular de Mallorca. Y para que así conste a los efectos del expediente, emite el presente certificado por orden y con el visto bueno del/de la Sr/a. Alcalde/sa, con la excepción prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo de conformidad con el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , de Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 45 y siguientes de Ley 29/98, de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares , en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
En cumplimiento del art.12.4. d) de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, el contenido íntegro del Planeamiento aprobado está disponible a través del siguiente enlace:
Alcúdia, 20 de junio de 2024
La alcaldesa Josefina Linares Capó