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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 400034
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario del 3 de junio de 2024, relativo a la aprobación de las bases y la convocatoria que regulan las ayudas «Actuaciones en el Camí de Cavalls» del Consejo Insular de Menorca dirigidas a las propiedades por donde discurre el Camí de Cavalls, su zona de influencia o sus viales de acceso de emergencia para el fomento de actuaciones de mejora, seguridad y adecuación del camino y los elementos que lo constituyen (Exp. 6900-2024-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 769841

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/769841):

Primero. Beneficiarios

Se pueden acoger a esta convocatoria las personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, una comunidad de bienes u otra agrupación económica sin personalidad jurídica que sean titulares de las fincas en suelo rústico por donde discurre el Camí de Cavalls (IDE Menorca), les afecta su zona de influencia o discurren otros caminos establecidos por el Servicio de Emergencias de la Dirección General de Emergencias como viales de acceso de emergencia al Camí de Cavalls o que tengan autorización del titular correspondiente. Los proyectos presentados deben cumplir los objetivos, las finalidades y los requisitos que se recogen en las bases de la convocatoria.

Los beneficiarios deben estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y con el Consejo Insular de Menorca.

Los beneficiarios que hayan obtenido una ayuda anterior del Consejo Insular de Menorca para realizar «Actuaciones en el Camí de Cavalls» deben justificar la finalización de los trabajos o presentar el compromiso de entrega a que hace referencia la base 7.3.B letra d.

Segundo. Objeto

El objeto principal es contribuir a la conservación y mejora del estado del Camí de Cavalls mediante la implicación y colaboración del sector privado a través de apoyo económico por parte del Consejo Insular de Menorca.

Tercero. Bases reguladoras

La convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 3 de junio de 2024.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 250.000 € (doscientos cincuenta mil euros), de acuerdo con el siguiente desglose:

Líneas de actuación

2024

Línea 1: Adecuación de elementos del Camí de Cavalls y otros bienes etnológicos asociados

140.000,00 €

Línea 2: Trabajos forestales y desbroces

55.000,00 €

Línea 3: Mejora de los firmes en el Camí de Cavalls o viales de acceso de emergencia (VAE) a este

55.000,00 €

TOTAL

250.000,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas es de 30 días naturales a partir del día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Sexto. Otros datos

Serán objeto de ser subvencionadas las actuaciones iniciadas desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024 (o que la licencia municipal de obras, en caso de ser necesaria, se haya solicitado dentro de este plazo).

Los beneficiarios están obligados a justificar las actuaciones y gastos efectuados con cargo a la subvención o ayuda económica concedida antes del 15 de octubre de 2025.

Los importes y porcentajes máximos subvencionables por actuación y convocatoria son los siguientes:

  • Líneas 1 y 3: porcentaje del 100% sobre el coste total de la actuación para la cual se solicita la subvención, con un máximo de 15.000€ para cada una de las actuaciones solicitadas.
  • Línea 2: porcentaje del 75% sobre el coste total de la actuación para la cual se solicita la subvención, con un máximo de 10.000€ para cada una de las actuaciones solicitadas.

 

Maó, 21 de junio de 2024

Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)