Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ
Núm. 398800
Contratación de las personas que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema extraordinario de concurso de méritos para cubrir dos plazas de personal de limpieza, de nivel profesional 5, personal laboral fijo del Ayuntamiento de Santanyí
Por Decreto de Alcaldía núm. 2024/922, de 3 de junio de 2024, se ha resuelto lo siguiente:
«CONTRATACIÓN DE LAS PERSONAS QUE HAN SUPERADO EL PROCESO SELECTIVO DE ESTABILIZACIÓN POR EL SISTEMA EXTRAORDINARIO DE CONCURSO DE MÉRITOS PARA CUBRIR DOS PLAZAS DE PERSONAL DE LIMPIEZA, DE NIVEL PROFESIONAL 5, PERSONAL LABORAL FIJO DEL AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ
Decreto
En la villa de Santanyí, la Alcaldesa que suscribe, Sra. Maria C. Pons Monserrat, en presencia del secretario de la Corporación, dicta lo siguiente:
Antecedentes
1. Vista la convocatoria del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir catorce plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Santanyí, cuyas bases se publicaron en el BOIB núm. 160, de 10 de diciembre de 2022, y cuyo anuncio se publicó en el BOE núm. 307, de 23 de diciembre de 2022.
2. Visto que dos de estas catorce plazas son de personal de limpieza.
3. Visto que, con fecha 24 de marzo de 2023, se publicó en la página web de la Corporación la lista provisional de personas admitidas y excluidas.
4. Visto que, en fecha 12 de mayo de 2023, se publicó la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en la citada convocatoria, junto con las actas del tribunal en relación a las listas provisionales de los méritos alegados en la declaración responsable (autobaremo).
5. Visto que, en fecha 21 de junio de 2023, se publicó la lista informativa del orden de los aspirantes, de acuerdo con la puntuación resultante de los méritos alegados en la declaración responsable de autobaremación.
6. Visto que, en fecha 26 de septiembre de 2023, el tribunal calificador publicó el acta de aprobación de la lista provisional con las puntuaciones obtenidas en las dos plazas de personal de limpieza.
7. Visto que, en fecha 9 de febrero de 2024, el tribunal publicó el acta de elevación a la alcaldesa de la propuesta de personas aspirantes que han superado el concurso extraordinario de méritos para cubrir dos plazas de personal de limpieza.
8. Visto que, en fecha 13 de mayo de 2024, por Resolución de Alcaldía núm. 2024/766 se aprobó la lista definitiva de personas aspirantes que han superado este proceso selectivo.
9. Visto el informe de fiscalización favorable emitido por la Intervención de este Ayuntamiento.
Fundamentos de derecho
En consecuencia,
RESUELVE
Primero. Contratar, de acuerdo con la base 16.2 de la convocatoria del proceso de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir catorce plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Santanyí y la Resolución de Alcaldía núm. 2024/766, de 13 de mayo de 2024, a las siguientes personas:
Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a los efectos oportunos. Las personas contratadas dispondrán de un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para firmar el contrato».
Lo que se hace público de acuerdo con lo establecido en la base 16.2 de las que han regido el proceso selectivo.
Contra esta resolución las personas interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de conformidad con lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. También podrán interponer alternativamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo que establecen los artículos 30, 112.3 y 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. En caso de optar por interponer el recurso de reposición no se podrá interponer un recurso contencioso administrativo hasta que se haya notificación la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en la que se podrá entender desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Santanyí, en la fecha de la firma electrónica (20 de junio de 2024)
La alcaldesa Maria C. Pons Monserrat