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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 397523
Requerimiento de enmienda de deficiencias en relación con la solicitud de ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU

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Texto

El 28 de diciembre de 2023, se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Orden 25/2023 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba una nueva convocatoria de las ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU.

El 8 de febrero de 2024, se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Orden 6/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la Orden 25/2023 en el sentido de adaptarla al nuevo régimen de minimis que prevén los artículos 2.2 y 3.2 del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión Europea, de 13 de diciembre de 2023.

El artículo 13 de la Orden 25/2023 y el punto 10 de la convocatòria regulan la forma y el contenido necesarios de las solicitudes. Asimismo, el artículo 14 de la Orden dispone que, si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en la convocatoria o no va acompañada de la documentación exigida, se tiene que requerir a la persona solicitante que, en un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento, enmiende las deficiencias, con indicación de que, si no lo hace, se entenderá que ha desistido de la solicitud, tras la resolución previa que se tiene que dictar de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 39/2015.

El órgano instructor ha examinado las solicitudes presentadas y ha detectado deficiencias en los expedientes que se indican en el anexo.

Por ello, se requiere a las personas solicitantes que se incluyen en el anexo que, en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este requerimiento, presenten las enmiendas a las deficiencias indicadas en el anexo.

Para enmendar las deficiencias, se tiene que utilizar el trámite electrónico específico puesto a disposición de las personas interesadas en el portal de la Dirección General de Turismo y en la Sede Electrónica de la CAIB. El acceso a este trámite se puede hacer desde la página web mrrturisme.caib.es > Convocatorias en tramitación > Nueva convocatoria de subvención para la compra de los mecanismos de elevación de camas (2024) > Enlace al trámite telemático > Enmienda de la solicitud.

En el trámite telemático de enmienda de la solicitud se tiene que indicar el número de expediente correspondiente que aparece en el anexo de este requerimiento.

Las enmiendas efectuadas por cualquiera otro medio diferente al anterior no se consideran válidas y se entienden como no presentadas, de acuerdo con el artículo 14 de la Orden.

Asimismo, se hace constar que, en el caso de no enmendar las deficiencias señaladas en el plazo otorgado, se considera que la persona solicitante desiste de la solicitud y se tiene que dictar resolución en estos términos.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de junio de 2024)

La secretaria general María Isabel Sáez Sastre

 

ANEXO Relación de solicitudes con deficiencias

 

NIF

Persona solicitante

Nombre del establecimiento

Número de expediente

Deficiencia

B57884058

APARSA HOTELES MALLORQUINES SL

HOTEL PRINCIPE

TUR_AJDLLITS_A430/2024

A,B

30043***W

*** *** ***

HOTEL AMOROS

TUR_AJDLLITS_A396/2024

C

A83791558

AMLA EXPLOTACIONES TURISTICA, SA

HOTEL SANTA LUCÍA

TUR_AJDLLITS_A306/2024

C,D

B07979636

CALA EN FENOLL,SL

PREDI SON JAUMEll

TUR_AJDLLITS_A428/2024

D

A07041981

VERDERA SERRA SA

VERSER HOTELES

TUR_AJDLLITS_A284/2024

E

A07054471

URBANIZADORA ESMERALDA,SA

INTUROTEL ESMERALDA PARK

INTUROTEL ESMERALDA GARDEN

-TUR_AJDLLITS_A219/2024

-TUR_AJDLLITS_A218/2024

F

B07143431

EDIFICACIONES DE BALEARES,SLU

INTUROTEL CALA ESMERALDA

TUR_AJDLLITS_A222/2024

F

E13640669

HOTEL LAGO DORADO, ESPJ

HOTEL LAGO DORADO

TUR_AJDLLITS_A257/2024

F

A07207186

CALA AZUL PARK,SAU

- INTUROTEL AZUL GARDEN

- INTUROTEL CALA AZUL

-TUR_AJDLLITS_A221/2024

-TUR_AJDLLITS_A220/2024

F

A07085871

INMOBILIARIA TURÍSTICA CALA D'OR

INTUROTEL SA MARINA

TUR_AJDLLITS_A216/2024

F

B07461767

INVERSIONES PASCUAL SL

HOTEL VIVA SUNRISE

TUR_AJDLLITS_A426/2024

G,H

B07071574

HOTEL VORAMAR, S.L.

HOTEL VORAMAR, S.L.

TUR_AJDLLITS_A375/2024

I

B70858402

PUNTETES CALA D'OR S.L

SES PUNTETES

TUR_AJDLLITS_A432/2024

B,H

A07017676

CLUB DEL SOL DE POLLENSA, SA

APARTHOTEL CLUB DEL SOL

TUR_AJDLLITS_A458/2024

B

Relación de deficiencias

A

Incongruencia entre el número de mecanismos de elevación de camas y precio unitario solicitados, y el número de mecanismos de elevación de camas y precio unitario de las facturas.

B

Falta la copia de al menos tres presupuestos de diferentes empresas proveedoras (punto 10.3,j) de la convocatoria.

C

Falta la factura proforma o factura de la empresa proveedora seleccionada de los mecanismos de elevación de camas que especifique el número de mecanismos de elevación de camas, el precio unitario, el total de la factura proforma sin IVA y el total de la factura proforma con IVA (punto 10.3.i) de la convocatoria.

D

Falta el certificado tributario de situación censal que acredite los datos de la persona solicitante en el Censo

de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada en la fecha de la solicitud de la ayuda (punto 10.3.c)de la convocatoria).

E

No consta ningún establecimiento con dicho nombre ni con dicha capacidad (número de habitaciones y plazas turísticas).

F

No consta información de la titularidad real de la persona solicitante. De acuerdo con los artículos 16.3 de la orden de bases en relación con el art. 7.2 de la orden HFP/55/2023, debe aportar un certificado donde conste la titularidad real del solicitante.

G

No consta que la persona solicitante se encuentre al corriente en la ejecución de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (punto 10.3.e).2º de la convocatoria.

H

El número máximo de mecanismos de elevación de camas subvencionables por establimiento está limitado por el número de camas que hay en dicho establimiento, excepto las camas supletorias. (punto 6.3 de la convocatoria)

I

Falta acreditar la existencia de acuerdo con las personas explotadoras del establecimiento para que las personas propietarias puedan solicitar la ayuda (punto 3.2 de la convocatoria).