Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 391964
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se acepta la renuncia a una subvención para la ejecución del programa de incentivos 6 ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (NEXTG6) financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se declara concluido el procedimiento
Hechos
1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm. 125, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6 ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).
2. En fecha 23 de enero de 2023 el Señor Sebastià Adrover Barceló, con NIF ***9801**, presentó documentación para acogerse a la convocatoria para una instalación de aerotermia de 9,37 kW con suelo radiante y ventiloconvectores.
3. En fecha 4 de mayo de 2023 se publicó en el BOIB núm. 57 la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se conceden las subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6 ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (NEXTG), en la que se concedía al Sr. Adrover Barceló una subvención de 7.566,53 euros (expediente NEXTG6-668/2021, CONCE 5842/2023).
4. Al mismo tiempo, se resolvió autorizar y disponer un gasto a favor del beneficiario por importe de 7.566,53 euros, con cargo a la partida presupuestaria 2023/G/731A01/78000/00/19701/MR021
5. En fecha 27 de febrero de 2024, se dictó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se autoriza la subrogación del señor Simó Adrover Llompart en la posición del señor Sebastià Adrover Barceló en el expediente de subvención NEXTG6 668/2021.
6. En fecha 24 de mayo de 2024 el señor Simó Adrover Llompart, con NIF ***6582**, ha presentado un escrito en el que indica que renuncia a la subvención concedida.
Fundamentos de derecho
1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver el procedimiento dado el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de les Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de les Illes Balears), competencia delegada en el director general de Economía Circular, Transición energética y Cambio Climático por la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 20 de julio de 2023 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería (BOIB núm. 103, de 22 de julio de 2023).
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
4. El artículo 94, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, prevé que la Administración, en el supuesto de renuncia de la persona interesada a sus derechos, aceptará la renuncia completamente y resolverá el procedimiento declarando esta circunstancia, con indicación de los hechos producidos y normas aplicables.
5. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6 ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 128, de 11 de septiembre de 2021).
6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 6, ligado a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022) .
Por todo ello, dicto la siguiente,
Resolución
1. Aceptar la renuncia presentada por Simó Adrover Llompart, con NIF ***6582**, a la subvención inicialmente concedida al Sr. Sebastià Adrover Barceló, con NIF ***9801**, (expediente NEXTG6-668/2021, CONCE 5842/2023) en virtut de la subrogación de la subvención que se aceptó según Resolución del Consejero de Empresa, Empleo y Energía de 27 de febrero de 2024 y revocar la concesión de la subvención.
2. Autorizar y disponer negativamente el gasto de 7.566,53 euros a favor del señor Sebastià Adrover Barceló, con NIF ***9801** con cargo a la partida presupuestaria 2023 G/731A01/78000/00/19701/MR021.
3. Declarar concluido el procedimiento, cerrar el CONCE 2023/5842 y por tanto, archivar los expedientes.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía, en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de les Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 18 de junio de 2024
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm.103, de 22/07/2023)