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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 390887
Extracto de las bases y convocatoria de la concesión de ayudas a usuarios del primer ciclo de Educación Infantil para el curso 2023-2024
Ref. BDNS 768423
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768423):
Primero. Beneficiarios.
Se consideran beneficiarios de la ayuda de escoleta los padres, las madres o tutores legales de aquellos escolarizados de 0 a 3 años matriculados en algún centro de primer ciclo de educación infantil de los denominados centros asistenciales (se excluyen por lo tanto las Escuelas Municipales y las que pertenezcan a la “Xarxa Complementaria” del Govern) y que estén empadronados en el municipio de Marratxí. Es decir, ha de estar empadronado en Marratxí como mínimo el escolarizado y uno de los progenitores o tutor legal.
Se tendrá en cuenta como requisito para obtener la correspondiente ayuda únicamente el período de escolarización de los beneficiarios en el que no haya tenido vigencia ningún convenio de gratuidad firmado entre el correspondiente centro y el Govern de les Illes Balears. Consiguientemente solo se subvencionará proporcionalmente, dado el caso, el período de funcionamiento de la escoleta como centro asistencial.
Segundo. Objeto.
Es el de colaborar, mediante el otorgamiento de ayudas de escoleta, a subvencionar los gastos de enseñanza de aquellos niños que empadronados en el municipio de Marratxí acuden a Escuelas de Enseñanza Infantil que no reciban la subvención de gratuidad del Gobierno Balear.
El ámbito de aplicación material de esta convocatoria es el municipio de Marratxí, de forma que únicamente pueden enviar solicitudes los beneficiarios que estén empadronados en el municipio de Marratxí, tanto quien esté escolarizado como el padre, la madre o tutor legal.
La ayuda de escoleta se destinará a colaborar con las familias a hacer frente al pago de las mensualidades derivadas de tener al niño o niños escolarizados en una escoleta asistencial. Se puede solicitar una ayuda para cada niño/a de 0 a 3 años y escolarizado en una escuela asistencial de primer ciclo de educación infantil.
Con la finalidad de poder recibir la subvención, el padre/la madre o tutor legal deberá de acreditar la escolarización de los meses del año 2024 que comprenden enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio en un centro asistencial de enseñanza infantil mediante facturas y documentación acreditativa de su pago (justificante de pago bancario) o, en caso de pago en efectivo, recibo con identificación y firma de la persona que ha recibido el cobro. Si no se presenta la factura correspondiente del centro, no se podrá conceder la subvención.
Tercero. Bases reguladoras.
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Marratxí.
Cuarto. Cuantía.
Para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de la ayuda de escoleta objeto de esta convocatoria existe crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria del Área de Educación 326.01.48000.
La cantidad máxima destinada durante el ejercicio de 2024 es por importe de 40.000,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de QUINZE DIAS HABILES a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en la web municipal.
Marratxí, 14 de junio de 2024
El alcalde Jaume Llompart Caldés