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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 387909
Aprobación cesión gratuita bien patrimonial a favor de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las islas Baleares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Maó, en sesión ordinaria realizada el día 30/05/2024, adoptó, entre otros, el acuerdo que se transcribe literalmente a continuación (Exp. PT032-2024-000028):

“Primero.- Aprobar la cesión gratuita del bien patrimonial del suelo titularidad del Ayuntamiento de Maó que se describe a continuación, y para los fines que asimismo se determinan, a favor de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears.

  • Descripción del bien: Finca EO-1 Polígono III del Plan Parcial de Ordenación del Paseo de Circunvalación de Maó. Referencia catastral: 8157902FE0185N0001HA.
  • Límites: Al norte, camí d'en Guixó; al este, calle Virgen de Gracia; al sur, calle Borja Moll; y al oeste con la calle Febrer i Cardona.
  • Situación: Situada al Polígono III del Pla Parcial de Ordenación del Paseo de Circunvalación de Maó, con una superficie de suelo de 1.507 m2.
  • Inventario: Epígrafe primero, número de orden 000728.
  • Destino del inmueble: Patrimonio municipal del suelo.
  • Inscripción registral: Tomo 2429, libro 846, folio 140, finca 23600 de Maó.

Segundo.- La finca objeto de cesión se ha destinado a Conservatorio de Música y Danza de Menorca.

A tales efectos, si la finca cedida no se destina a la finalidad mencionada en el plazo de 5 años o deja de destinarse a dicha finalidad dentro de los 30 años siguientes, el bien objeto de cesión revertirá de manera automática de pleno derecho a favor del Ayuntamiento de Maó, en los términos que resultan del artículo 111 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

En caso de reversión, lo será tanto del bien objeto de cesión como de las instalaciones y construcciones existentes sobre la finca y a favor del Ayuntamiento de Maó.

Tercero.- La construcción del Conservatorio de Música y Danza de Menorca a que hace referencia este acuerdo ha de ser llevada a cabo por el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales (IBISEC).

El terreno es apto para su destino como bien patrimonio del suelo destinado a la construcción del Conservatorio de Música y Danza de Menorca.

Cuarto.- Someter el expediente a un período de información pública de 15 días hábiles mediante anuncio en el tablón de anuncios digital del Ayuntamiento de Maó y en el Boletín Oficial de las Illes Balears, durante los cuales se pueden formular reclamaciones o alegaciones. En el supuesto de que no se formulen alegaciones ni reclamaciones en el trámite de información pública, se entenderá aprobada la cesión a favor de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears.

En caso de que se presenten reclamaciones en el plazo de información pública de la cesión del bien citado a la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears, el acuerdo definitivo de cesión será aplazado todo el tiempo que sea necesario para la resolución de estas. La Administración, una vez resueltas las reclamaciones, mediante resolución motivada, optará por proseguir el procedimiento o para reabrir nuevamente el plazo de información pública si considerara que los cambios introducidos en el expediente por la eventual estimación de las alegaciones, puede generar cambios sustanciales.

Quinto.- Dar cuenta de este expediente a la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.

Sexto.- Trasladar certificación del acuerdo a la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de las Illes Balears para su conocimiento y a los efectos procedentes, especialmente, la aceptación de la cesión, para proceder a su formalización, en el su caso, en escritura pública.

 

Séptimo.- Solicitar al Registro de la Propiedad que proceda a dejar constancia de este cambio, mediante los correspondientes asentamientos u operaciones registrales adecuadas.

Octavo.- Facultar al alcalde para que, asistido por la secretaria de la corporación, realice todas las operaciones oportunas, redacción de documentos, firma de los mismos y otras que sean precisas para que tenga efectividad el presente acuerdo.

Noveno.- Comunicar este acuerdo a la Intervención Municipal, a los efectos oportunos, y proceder a la inscripción en el Inventario municipal de esta cesión”.

El que se expone al público en el tablón de anuncios digital del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de las Illes Balears, durante el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación del anuncio de exposición en el Boletín Oficial de las Illes Balears, a los efectos de que quienes tengan un interés directo o resulten afectados, puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica (14 de junio de 2024)

El alcalde Héctor Pons Riudavets