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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD

Núm. 386200
Resolución de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad por la que se aprueba la segunda concesión parcial de las ayudas al alquiler de viviendas del año 2023, y se reconoce la obligación a favor de 227 beneficiarios de la ayuda destinada a subvencionar el alquiler, de conformidad con la Orden de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de 11 de octubre de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2023 para el alquiler de vivienda, en el marco del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 (BOIB n.º140, de 14 de octubre 2023)

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Texto

En fecha 28 de mayo de 2024, el director general de Vivienda y Arquitectura ha formulado la siguiente propuesta de resolución:

Hechos

1. El día 14 de octubre de 2023 se publicó en el BOIB n.º 140 la Orden de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2023 para el alquiler de vivienda, en el marco del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, por un importe de 6.574.766,38 €, con cargo a los fondos estatales, partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00 (FF 22030), y de 2.200.000 €, con cargo a fondo autonómicos, a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00.

2. De acuerdo con el artículo 16 de la Orden de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de 11 de octubre de 2023, a todos los efectos, incluso en el caso de las familias numerosas, la cuantía de la ayuda es del 50% de la renta máxima mensual, si la misma es igual o inferior a 900 €. En todo caso, la cuantía de la ayuda no podrá superar el límite máximo por vivienda de 3.000,00 €.

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Orden de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de 11 de octubre de 2023, se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2023 para el alquiler de vivienda, en el marco del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler joven y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, el plazo de presentación de solicitudes era desde el día 15 de noviembre de 2023 y hasta el día 15 de diciembre de 2023, ambos incluidos.

4. Con fecha 10 de mayo de 2024, la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad dictó la Resolución por la que se aprobó la primera concesión parcial de las ayudas al alquiler de viviendas durante el año 2023, y se reconoció la obligación a favor de 355 beneficiarios de la ayuda destinada a subvencionar el alquiler, de conformidad con la Orden de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2023 para el alquiler de vivienda, en el marco del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 (BOIB n.º 140, de 14 de octubre de 2023) por un importe de 824.645,11 €.

5. Las personas interesadas que se relacionan en el anexo presentaron la solicitud para la concesión de las ayudas del año 2023 al alquiler de viviendas en el plazo legal establecido.

6. De conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Orden, una vez transcurrido el plazo para la presentación de solicitudes, subsanadas las deficiencias y efectuadas las comprobaciones que se consideren necesarias, los servicios competentes de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, o el órgano colaborador, en su caso, valorarán las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios y el procedimiento establecido, pudiéndose emitir informes parciales sobre bloques de expedientes a medida que se obtenga información y se complete la tramitación de los mismos. En estos informes se indicarán los expedientes sobre los que se ha informado favorablemente para la concesión de la ayuda, con indicación de los beneficiarios y el importe de la misma; aquellos sobre los cuales se ha informado negativamente, con indicación de las causas que los motivan; y los no admitidos a trámite; todos ellos con indicación de los beneficiarios. Estos informes de los servicios competentes servirán de base para elaborar la propuesta de resolución que formulará el órgano instructor competente.

7. De conformidad con lo establecido, los servicios competentes de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura han emitido un informe parcial del segundo grupo de expedientes de fecha 27 de mayo de 2024 en que los solicitantes cumplen con todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria para la ayuda al alquiler de 2023, así como que están al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas, y de las obligaciones con la seguridad social.

8. El abono de la subvención a los beneficiarios se ha justificado, de conformidad con el artículo 28 de la Orden, con la presentación de los justificantes del abono de los recibos de alquiler realizados por transferencia, domiciliación o ingreso, todos ellos a través de una entidad financiera o de crédito a partir del 1 de enero de 2023 y, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Fundamentos de derecho

1. La Orden 23/2023 de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de 11 de octubre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2023 para el alquiler de vivienda, en el marco del Real decreto 42/202, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 (BOIB n.º 140, de 14 de octubre de 2023).

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18 de noviembre de 2003).

3. El Decreto Legislativo 2/2005, 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 176, de 25 de julio de 2006).

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015).

6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 44, de 3 de abril de 2003).

7. La Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024 (BOIB n.º 176, de 30 de diciembre).

8. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 8, de 15 de enero de 2022).

9. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).

10. La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB n.º 15, de 2 de febrero de 2019).

11. El Decreto 8/2023, de 10 de julio , de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 94, de 10 de julio de 2023).

12. El artículo 2.6.a ) del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears —modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio— por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que establece que la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, de la Consejería de Vivienda, Territorio y Movilidad, ejerce sus competencias, entre otros, en el ámbito material de fomento, coordinación y gestión de las ayudas públicas en materia de vivienda (BOIB n.º 94, de 10 de julio).

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Conceder las ayudas para el alquiler de viviendas de 2023 a los beneficiarios que se indican en el anexo de esta Resolución, que empieza con DNI 41507124J, expediente HAB-282/2023, ayuda total 2.520,00 €, y acaba con DNI 43230333Q, expediente HAB-6704/2023, ayuda total 1.800,00 €, por cumplir los requisitos exigidos en la Orden 23/2023 de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de 11 de octubre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2023 para el alquiler de vivienda, en el marco del Real Decreto 42/202, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 (BOIB n.º 140, de 14 de octubre de 2023).

2. Autorizar y disponer un gasto, a favor de los beneficiarios y por los importes que figuran en la relación establecida en el anexo, por un importe total de 526.350,52 €, con cargo a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00, en concepto de ayudas para el alquiler de vivienda 2023, de acuerdo con lo que dispone la Orden 23/2023 de la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad de 11 de octubre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2023 para el alquiler de vivienda, en el marco del Real Decreto 42/202, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 (BOIB n.º 140, de 14 de octubre de 2023).

3. Reconocer la obligación y proponer a la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio el pago de las subvenciones a favor de los beneficiarios señalados en el anexo por un importe total de 526.350,52 €, con cargo a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00, realizando el pago por el sistema de Nominillas3.

4. Indicar que el pago se realizará por el sistema Nominillas3.

5. Publicar esta Resolución en la página web de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura (habitatge.caib.es) y en el BOIB .

Por todo ello, dicto la siguiente:

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se podrá interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 10 de junio de 2024)

La consejera de Vivienda, Territorio y Movilidad Marta Vidal Crespo El director general proponente José Francisco Reynés Sancho

 

ANEXO

Solicitante

Expediente

Importe

41507124J

HAB-282/2023

2.520,00 €

37768405J

HAB-285/2023

3.000,00 €

49919718N

HAB-290/2023

2.100,00 €

43132401H

HAB-292/2023

1.500,00 €

43159046Y

HAB-292/2023

1.500,00 €

43146142M

HAB-294/2023

3.000,00 €

72970185V

HAB-297/2023

2.700,00 €

07179600N

HAB-461/2023

1.500,00 €

11200175A

HAB-461/2023

1.500,00 €

18433010M

HAB-488/2023

2.100,00 €

05139347C

HAB-489/2023

3.000,00 €

00799020T

HAB-491/2023

3.000,00 €

07177520W

HAB-492/2023

3.000,00 €

73114421C

HAB-493/2023

1.400,00 €

73112163Q

HAB-493/2023

1.400,00 €

49606834C

HAB-494/2023

1.698,00 €

48289868B

HAB-495/2023

3.000,00 €

41751073R

HAB-500/2023

2.400,00 €

41516726R

HAB-502/2023

2.746,56 €

41399676K

HAB-503/2023

2.400,00 €

41536567Q

HAB-509/2023

1.500,00 €

53363917F

HAB-509/2023

1.500,00 €

49607300A

HAB-517/2023

2.700,00 €

45636832W

HAB-518/2023

3.000,00 €

43053436N

HAB-519/2023

2.910,00 €

49484126V

HAB-523/2023

3.000,00 €

41572316T

HAB-524/2023

3.000,00 €

X8886739E

HAB-585/2023

3.000,00 €

43163265Q

HAB-586/2023

3.000,00 €

07176483T

HAB-588/2023

3.000,00 €

33318962N

HAB-666/2023

3.000,00 €

43183106P

HAB-667/2023

1.500,00 €

47588373Q

HAB-667/2023

1.500,00 €

58064844X

HAB-733/2023

3.000,00 €

42375942Y

HAB-734/2023

3.000,00 €

X7380111D

HAB-735/2023

3.000,00 €

Y3767416F

HAB-736/2023

2.750,00 €

76226718A

HAB-810/2023

3.000,00 €

43158511T

HAB-816/2023

1.500,00 €

43083111V

HAB-816/2023

1.500,00 €

07173502D

HAB-827/2023

960,00 €

X4605888T

HAB-827/2023

960,00 €

Y0092891P

HAB-846/2023

3.000,00 €

09060116W

HAB-847/2023

3.000,00 €

X6000480X

HAB-850/2023

3.000,00 €

49865580Q

HAB-851/2023

3.000,00 €

13410142S

HAB-856/2023

2.400,00 €

49866569Q

HAB-860/2023

3.000,00 €

43157896Y

HAB-871/2023

3.000,00 €

18237225L

HAB-1000/2023

3.000,00 €

X7984863E

HAB-1006/2023

2.190,00 €

X6375547Q

HAB-1008/2023

1.500,00 €

X7479840X

HAB-1008/2023

1.500,00 €

42972795D

HAB-1012/2023

2.700,00 €

41366114Q

HAB-1014/2023

3.000,00 €

43029792N

HAB-1039/2023

769,86 €

X2844029X

HAB-1044/2023

3.000,00 €

X9368486B

HAB-1045/2023

2.400,00 €

X6120763A

HAB-1046/2023

2.700,00 €

X5020294S

HAB-1049/2023

2.700,00 €

41373578M

HAB-1052/2023

2.780,34 €

42940354K

HAB-1053/2023

3.000,00 €

01648619W

HAB-1055/2023

3.000,00 €

41516557Q

HAB-1056/2023

1.800,00 €

73769036D

HAB-1089/2023

3.000,00 €

41332710P

HAB-1091/2023

2.850,00 €

X3647833X

HAB-1092/2023

2.100,00 €

35585477S

HAB-1094/2023

3.000,00 €

78195018D

HAB-1098/2023

3.000,00 €

54873813E

HAB-1099/2023

3.000,00 €

07472967Z

HAB-1103/2023

3.000,00 €

X2702418X

HAB-1105/2023

2.100,00 €

X8959394C

HAB-1106/2023

3.000,00 €

X2388628D

HAB-1108/2023

2.700,00 €

32427946Q

HAB-1119/2023

1.500,00 €

X0634460M

HAB-1119/2023

1.500,00 €

X0661812X

HAB-1121/2023

3.000,00 €

60277692M

HAB-1139/2023

3.000,00 €

44328638W

HAB-1143/2023

3.000,00 €

46396782D

HAB-1150/2023

923,40 €

X8696929P

HAB-1150/2023

923,40 €

41609822Q

HAB-1158/2023

3.000,00 €

36075465B

HAB-1163/2023

3.000,00 €

Y2890382D

HAB-1165/2023

1.950,00 €

41571159Q

HAB-1173/2023

3.000,00 €

43173408Q

HAB-1174/2023

2.580,00 €

41743842S

HAB-1176/2023

1.500,00 €

41512082A

HAB-1176/2023

1.500,00 €

42409607E

HAB-1181/2023

3.000,00 €

X5418137G

HAB-1193/2023

3.000,00 €

Y1306189X

HAB-1194/2023

3.000,00 €

X6366622S

HAB-1201/2023

2.700,00 €

54624354K

HAB-1206/2023

1.500,00 €

Y2390869X

HAB-1206/2023

1.500,00 €

X6753863M

HAB-1209/2023

3.000,00 €

Y0354605M

HAB-1213/2023

3.000,00 €

X2508861K

HAB-1251/2023

2.700,00 €

11200947Q

HAB-1253/2023

3.000,00 €

12407792M

HAB-1255/2023

3.000,00 €

X4407207Q

HAB-1260/2023

2.580,00 €

41515630D

HAB-1262/2023

1.500,00 €

Y9710996L

HAB-1262/2023

1.500,00 €

X2618633Z

HAB-1263/2023

1.950,00 €

78221002A

HAB-1269/2023

3.000,00 €

41509131L

HAB-1274/2023

1.425,00 €

41510054E

HAB-1274/2023

1.425,00 €

13411512M

HAB-1276/2023

3.000,00 €

41613141T

HAB-1278/2023

1.500,00 €

43870860Q

HAB-1278/2023

1.500,00 €

41607438R

HAB-1293/2023

3.000,00 €

55235538A

HAB-1294/2023

3.000,00 €

54631120W

HAB-1295/2023

1.800,00 €

X9890821Q

HAB-1297/2023

2.490,00 €

X9732370N

HAB-1298/2023

2.400,00 €

Y1224228K

HAB-1323/2023

3.000,00 €

54622413N

HAB-1326/2023

2.160,00 €

49864525L

HAB-1331/2023

3.000,00 €

60258119M

HAB-1339/2023

3.000,00 €

X3803488R

HAB-1346/2023

3.000,00 €

X7525279R

HAB-1350/2023

599,88 €

X9092818K

HAB-1350/2023

599,88 €

X4988160N

HAB-1351/2023

2.700,00 €

Y8400394A

HAB-1356/2023

2.400,00 €

42993347E

HAB-1367/2023

3.000,00 €

34090659J

HAB-1369/2023

3.000,00 €

45699560D

HAB-1370/2023

1.500,00 €

78219798H

HAB-1371/2023

1.750,00 €

X8487997P

HAB-1389/2023

1.500,00 €

Y0700590R

HAB-1389/2023

1.500,00 €

41617934D

HAB-1390/2023

2.820,00 €

X8666943Z

HAB-1392/2023

3.000,00 €

X6738524F

HAB-1393/2023

3.000,00 €

04621577A

HAB-1394/2023

968,75 €

23933470S

HAB-1394/2023

968,75 €

42944125C

HAB-1395/2023

1.500,00 €

43158175D

HAB-1395/2023

1.500,00 €

X9327301L

HAB-1399/2023

1.500,00 €

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HAB-1399/2023

1.500,00 €

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HAB-1400/2023

3.000,00 €

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HAB-1404/2023

3.000,00 €

43228089A

HAB-1406/2023

2.700,00 €

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HAB-1411/2023

1.500,00 €

X6348651F

HAB-1411/2023

1.500,00 €

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HAB-1413/2023

3.000,00 €

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HAB-1418/2023

3.000,00 €

X5129889S

HAB-1419/2023

2.750,00 €

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HAB-1424/2023

1.500,00 €

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HAB-1424/2023

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HAB-1425/2023

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HAB-1428/2023

3.000,00 €

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HAB-1429/2023

3.000,00 €

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HAB-1431/2023

2.310,00 €

33918116Q

HAB-1433/2023

3.000,00 €

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HAB-1441/2023

1.200,00 €

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HAB-1441/2023

1.200,00 €

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HAB-1444/2023

3.000,00 €

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HAB-1471/2023

1.500,00 €

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HAB-1471/2023

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HAB-1473/2023

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HAB-1478/2023

3.000,00 €

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HAB-1480/2023

2.280,00 €

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HAB-1484/2023

2.564,00 €

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HAB-1486/2023

1.500,00 €

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HAB-1486/2023

1.500,00 €

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HAB-1492/2023

2.400,00 €

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HAB-1493/2023

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HAB-1494/2023

1.500,00 €

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HAB-1494/2023

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HAB-1495/2023

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HAB-1498/2023

2.370,00 €

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HAB-1499/2023

2.400,00 €

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HAB-1525/2023

1.800,00 €

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HAB-1532/2023

3.000,00 €

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HAB-1535/2023

3.000,00 €

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HAB-1541/2023

3.000,00 €

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HAB-1543/2023

1.750,00 €

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HAB-1552/2023

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HAB-1558/2023

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HAB-1561/2023

2.625,00 €

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HAB-1564/2023

2.400,00 €

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HAB-1565/2023

900,00 €

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HAB-1565/2023

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HAB-1569/2023

3.000,00 €

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HAB-1572/2023

1.500,00 €

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HAB-1572/2023

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3.000,00 €

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HAB-1596/2023

2.700,00 €

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HAB-1599/2023

1.950,00 €

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HAB-1601/2023

1.800,00 €

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HAB-1603/2023

1.500,00 €

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HAB-1605/2023

1.500,00 €

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1.500,00 €

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HAB-1751/2023

3.000,00 €

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HAB-1753/2023

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HAB-1755/2023

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HAB-1757/2023

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1.800,00 €

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HAB-3400/2023

1.077,63 €

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HAB-3400/2023

1.077,63 €

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HAB-4257/2023

2.280,00 €

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HAB-5984/2023

3.000,00 €

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HAB-6593/2023

1.050,00 €

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HAB-6601/2023

3.000,00 €

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HAB-6603/2023

3.000,00 €

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HAB-6604/2023

3.000,00 €

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HAB-6624/2023

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HAB-6627/2023

2.700,00 €

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HAB-6636/2023

1.973,76 €

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HAB-6641/2023

3.000,00 €

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HAB-6643/2023

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HAB-6649/2023

3.000,00 €

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HAB-6650/2023

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HAB-6667/2023

2.700,00 €

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HAB-6668/2023

1.675,00 €

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HAB-6672/2023

2.209,68 €

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HAB-6674/2023

1.500,00 €

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1.760,00 €

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HAB-6697/2023

3.000,00 €

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HAB-6702/2023

2.009,00 €

43230333Q

HAB-6704/2023

1.800,00 

 

Total importe

526.350,52 €

Total beneficiarios

227