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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS DE PALMA, SA

Núm. 384081
Proceso de selección de personal mediante concurso oposición para el personal del Grupo 2.1: Técnico Especialista en vehículos, instalaciones, infraestructuras y operaciones (3/2024)

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Texto

El Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos de Palma SA, en su sesión de día 13 de junio de 2024 aprobó las bases que regirán el proceso de selección de personal mediante concurso oposición para el personal del Grupo 2.1: Técnico Especialista en vehículos, instalaciones, infraestructuras y operaciones (3/2024).

1. Objeto.

Este documento tiene por objeto establecer una convocatoria mediante concurso oposición, para la cobertura de dos plazas de personal fijo del grupo profesional 2.1: Técnico/a especialista en vehículos, instalaciones, infraestructuras y operaciones.

Como consecuencia del presente proceso de selección, los y las aspirantes que integrarán las listas, una vez finalizado el proceso, irán cubriendo las plazas ofrecidas siguiendo el orden de prelación establecido en las referidas listas.

Todo esto en cumplimiento de la normativa vigente siguiente:

1. Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y actualizaciones posteriores, especialmente los art. 8, 12 y 15.

2. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, especialmente los art. 91 y 103.

3. Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, art. 1.3., 2, 7, 11, 13 y del 55 al 61.

4. Reglamento orgánico del gobierno y la administración del Ayuntamiento de Palma (BOIB n. º 120, de 11 de septiembre de 2004).

5. Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas de modernización del gobierno local, con las actualizaciones vigentes.

6. Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente actualmente. Boletín Oficial de las Islas Baleares n. º 153 de 09/11/2019.

7. Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Islas Baleares.

8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

9. Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, art. 55.3, 104 y 106.

Este documento incluye todo el proceso de contratación de personal de la EMT-Palma y, en concreto, los siguientes apartados:

1.1. Memoria justificativa de la necesidad de contratación.

1.2. Procedimiento de selección.

1.3. Autorización del inicio del procedimiento.

1.4. Bases y aprobación de la convocatoria.

1.1.- Memoria justificativa de la necesidad.

Categoría profesional: Técnico especialista en vehículos, instalaciones, infraestructuras y operaciones.

Grupo profesional: Grupo 2.1: Técnico especialista en vehículos, instalaciones, infraestructuras y operaciones, con las funciones propias su grupo profesional en función de las necesidades organizativas de la empresa, la movilidad funcional establecida en la normativa laboral, así como horario flexible según necesidades organizativas, productivas y/o técnicas.

Número de vacantes a cubrir: 2 plazas.

Condiciones económicas: las recogidas para el nivel salarial del grupo 2.1, del Convenio Colectivo de la EMT-Palma vigente en cada momento.

Horario de trabajo: el horario de trabajo es el establecido al Convenio Colectivo de la empresa vigente en cada momento, siendo la distribución del mismo con carácter flexible según necesidades organizativas, productivas y/o técnicas.

Centro de trabajo: actualmente situado en la carretera del Coll d'en Rabassa, en Son Ferriol, Polígono de Sant Mateu (CP-07007) Palma, o en cualquier otra que se pueda establecer.

Descripción de la necesidad: Disponer de un Técnico o Técnica con contrato de duración indefinida, con período de prueba de seis meses, que apoye a la Empresa y cuyas principales funciones serán:

1. Conocimiento y aplicación de las normativas técnicas y legales que competen a sus tareas.

2. Realizar las propuestas de adquisición de nuevos activos, contratación y control de Servicios, Suministros, así como cualquier otra modalidad contractual que se pueda precisar en cada momento. Conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, así como la redacción de Pliegos Técnicos de contratación de los contratos de su área, y emisión de los informes técnicos que le sean solicitados.

3. Gestión del mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo del conjunto de activos de la empresa, sus instalaciones e infraestructuras.

4. Establecer una relación, comunicación y control, con los talleres autorizados que puedan reparar los vehículos de la empresa, así como con las empresas subcontratadas que puedan tener trabajadores prestando sus servicios en las instalaciones de la E.M.T. Palma.

5. Gestión de almacén, optimización del stock necesario garantizando el cumplimiento del SDA (Sistema Dinámico de Adquisición), o cualquier otro sistema que lo sustituya.

6. Gestión de los datos, elaboración de los informes y ratios de seguimiento del área, así como preparación del presupuesto, coordinación y control de su ejecución en tiempo y forma según los criterios y directrices de la Dirección.

7. Gestión, coordinación del equipo humano del área de competencia, en coordinación con el departamento de RRHH.

8. Coordinación junto con el departamento de prevención de riesgos laborales en instalación y flota, así como en las empresas contratadas.

9. Aquellas otras funciones no relacionadas que complementen o mejoren la misión del puesto de trabajo y que sean previamente autorizadas por la Dirección de la empresa.

10. Implementar todo soporte informático y/o programas, necesarios para el desarrollo y/o mejora de la actividad dependiente de su área.

Estas funciones procuran describir la naturaleza y el nivel de trabajo general ejercido por el personal asignado a este puesto de trabajo. No es una lista exhaustiva ni excluyente de todas las responsabilidades y funciones requeridas para el puesto de trabajo.

Todas las funciones descritas, deberán seguir en todo momento los criterios y directrices de la Dirección de la EMT-Palma, debiendo ser previamente autorizadas por la Dirección.

1.2.- Procedimiento de selección.

El sistema selectivo del proceso será concurso oposición, siendo la fase de oposición de un 60% y la fase de concurso un 40%.

El procedimiento de selección se efectuará de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los de publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad, independencia, discrecionalidad técnica, adecuación y agilidad.

Los factores a valorar serán la aptitud, la actitud y los conocimientos prácticos del puesto a cubrir.

Las pruebas o exámenes a realizar se efectuarán por sorteo, entre aquellos temas que presente la empresa, que no podrán ser inferior a tres modelos de examen.

Se desarrollarán procedimientos específicos para detectar y sancionar los intentos de las personas aspirantes en falsear los méritos alegados, con el fin de asegurar la transparencia.

1.3.- Autorización del inicio del procedimiento

La aprobación del presente documento por parte del Consejo de Administración, previo cumplimiento del Código de buen Gobierno del Ayuntamiento de Palma de fecha 28/02/2013, y aprobado por el Consejo de Administración en fecha 13 de junio de 2024, supone la autorización de todo el contenido del mismo.

1.4.- Bases de la convocatoria.

1.4.1.- Requisitos.

Los aspirantes tendrán que reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o tener permiso de residencia o permiso de trabajo en vigor en el momento de la incorporación a la empresa. La documentación acreditativa es fotocopia original DNI o pasaporte en vigor (para su cotejo) y, para los aspirantes que no tengan nacionalidad española, el permiso de residencia y de trabajo (en su caso) y diploma oficial acreditativo del grado de competencia y dominio del idioma español de nivel igual o superior a B2 conforme al Marco Común de Referencia para las lenguas.

b) Tener 18 años de edad cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

c) No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones del trabajo a desarrollar. Así mismo, una vez finalizado el proceso de selección y antes de la incorporación al puesto de trabajo, se tendrá que pasar satisfactoriamente un reconocimiento médico a cargo del Servicio de Prevención de la Empresa, con la calificación de APTO. La no superación del mismo supondrá la imposibilidad de incorporación y la exclusión de la lista, atendido el carácter eliminatorio de este requisito.

d) No haber sido separados/as, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de ninguna administración o empresa perteneciente a administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitados/as de manera absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro estado, no encontrarse inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos/as a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a una ocupación pública.

e) Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones universitarias: Ingeniero industrial o Ingeniero técnico industrial, en caso de estar en posesión de un grado de ingeniería distinto a los anteriores, deberán aportar junto a la titulación de ingeniería universitaria requerida, master de Ingeniería Industrial, habilitante para la profesión. (no serán admitidos Masters considerados títulos propios de las universidades), en relación a la Orden CIN 311/2009. (Las titulaciones que dan acceso, no podrán contarse además como mérito).

f) Acreditar con certificación oficial, conocimientos de comprensión, expresión oral y escrita del idioma inglés B2 (first), con los criterios del sistema ALTE o equivalente. Para quien no cuente con la certificación, dispondrá de un período de dos años para aportar la certificación oficial que acredite mencionado nivel. 

Las personas aspirantes tendrán que reunir los requisitos antes indicados dentro del plazo de presentación de solicitudes, y no haber perdido ninguno de los requisitos en el momento de la contratación.

La Empresa se reserva el derecho de contrastar la información y documentación aportada en cualquier momento del proceso o incluso tras la contratación del mismo.

En cualquier momento que la EMT-Palma, averigüe o constate de forma fehaciente la carencia de los requisitos o la falsedad de la documentación o declaración presentada, el aspirante será excluido inmediatamente del proceso, y en caso de estar contratado será despedido disciplinariamente sin perjuicio de la responsabilidad que haya incurrido por falsedad, reservándose la EMT-Palma, las acciones legales pertinentes.

Aquel que, estando contratado, y transcurridos los dos años otorgados para aportar el certificado oficial del B2 (first) de inglés con los criterios del sistema ALTE o equivalente, no hayan adquirido mencionada certificación, será causa de despido inmediato.

1.4.2.- Presentación de solicitudes i documentación.

El plazo de presentación de solicitudes y los documentos es de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente que se publique esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

En base a lo estipulado en la ley 39/2015, la presentación de la solicitud y los documentos se podrán presentar tanto de forma presencial como de forma electrónica, en el trámite habilitado al efecto, en la sede electrónica de la EMT-Palma. La presentación electrónica requiere identificación digital con certificado electrónico.

En caso de hacerlo presencialmente, el impreso de solicitud se podrá descargar de la página web de la EMT-Palma, realizándose la entrega en las oficinas a la carretera del Coll d'en Rabassa, en Son Ferriol, polígono de Sant Mateu (CP-07007) de Palma, de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

En caso de hacerlo de forma electrónica, se podrá presentar la solicitud y los documentos a través de la Sede Electrónica de la EMT-Palma de lunes a domingo en cualquier hora del día, siempre que comprenda el plazo de la entrega de estos documentos. La solicitud está incluida en el proceso de registro, por lo cual no es necesario aportar el documento.

Los interesados podrán llamar al nº 97121444 extensión 7107, en caso de duda respecto al funcionamiento de la Sede Electrónica, se habilita un servicio de atención telefónica de 9:00h a 13:00h de lunes a viernes para resolver cualquier duda respecto al registro virtual.

Documentos que tienen que presentar necesariamente con la solicitud:

- Fotocopia del DNI o NIE en vigor.

- Fotocopia del Título universitario de Ingeniero industrial o Ingeniero técnico industrial o cualquier otro grado de ingeniería habilitado por las anteriores profesiones según normativa.

- Certificado acreditativo del nivel B2 (first) de lengua inglesa.

- Currículum vitae actualizado a la fecha de convocatoria.

- Informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social actualizado a la fecha de convocatoria.

Otros documentos que se podrán presentar con la solicitud:

- Certificado específico de empresa o contrato que acredite la experiencia requerida.

- Certificado específico de empresa o contrato que acredite la experiencia similar a la requerida.

- Certificado acreditativo de nivel B2 de catalán, o uno superior.

- Certificado acreditativo de nivel B2 de lengua inglesa o uno superior con los criterios del sistema ALTE o equivalente

- Otras titulaciones: Títulos de grado universitario o ingeniería técnica o doctorado.

- Otras titulaciones: Títulos de Master, (no serán admitidos Masters considerados títulos propios de las universidades) en otras especialidades de ingeniera o doctorado.

- Formación complementaria relacionada con el puesto a cubrir: jornadas y/o cursos.

Si las titulaciones son presentadas como requisito, no podrán contarse además como mérito.

La Empresa se reserva el derecho de contrastar la información y documentación aportada en cualquier momento del proceso o incluso tras la contratación del mismo.

En caso de falsedad conocida después de la aportación de la documentación, esta será causa de exclusión de las pruebas o de despido si se ha producido la contratación, además de las posibles medidas legales que pueda emprender la empresa.

La presentación de la solicitud y los documentos tan solo se podrán librar bajo una de las dos modalidades anteriormente mencionadas, siendo ambas mutuamente excluyentes.

En base a la Ley 39/2015, los interesados tendrán que aportar al procedimiento los datos y documentos exigidos en estas bases, haciéndose responsables de la veracidad de los documentos que presenten.

En el plazo máximo de dos meses, contados desde que acabe el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo, que se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.

Las personas aspirantes excluidas u omitidas disponen de un plazo de 3 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación, para alegar lo que corresponda.

Finalizado el plazo al cual se refiere el párrafo anterior y enmendadas, si procede, las solicitudes, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.

La admisión de la solicitud, conlleva la plena aceptación por las personas solicitantes de estas bases, con expresa autorización para el tratamiento automatizado de sus datos a los archivos de la empresa y la publicación de resultados en los medios que la empresa considere, según lo establecido por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

1.4.3.- Baremo de puntos.

La fase de oposición (60 puntos sobre 100)

Consta de un solo ejercicio, con carácter eliminatorio, con una prueba tipo test del temario referido en el Anexo II.

La prueba será tipo test, estará compuesta por 30 preguntas más 3 de reserva, con un tiempo para desarrollar este ejercicio de 60 minutos.

Las preguntas estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas. Cada pregunta tendrá tres posibles respuestas, y solo una será correcta. Las respuestas correctas se puntuarán con 2 puntos, las respuestas erróneas restarán 0,666 (una tercera parte) y las preguntas no contestadas no serán valoradas. La puntuación máxima de esta prueba es de 60 puntos y para superarla habrá que obtener como mínimo 30 puntos en total.

Se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública, la lista provisional de la valoración de este apartado.  En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados y domingos excluidos) para presentar alegaciones.

Finalizado el plazo que refiere el párrafo anterior y enmendado, si procede, las alegaciones, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de los resultados de la prueba en la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.

La fase de concurso (40 puntos sobre 100)

Se establece un baremo de méritos estructurado en los bloques que se indican a continuación, con un máximo de 40 puntos:

• Méritos académicos (máximo de 15 puntos):

- Por titulación de lengua catalana:

  • B2 de catalán: 1 punto
  • C1 o nivel superior: 2 punto. (solo se puntuará la titulación superior).

-  Por titulación de lengua inglesa:

  • C1 (advanced) de lengua inglesa o uno superior: 3 puntos (solo se puntuará la titulación superior).

- Por titulación académica:

Por cada grado universitario o ingeniería técnica o equivalente, relacionado con el puesto de trabajo, (no se valorarán aquellas titulaciones que se hayan presentado como requisito): 1 punto por título, hasta un máximo de 2 puntos.

Por cada título de Máster, postgrado, en ingenierías o doctorado relacionados con el puesto de trabajo (no se valorarán aquellas titulaciones que se hayan presentado como requisito), (no se valorarán aquellas titulaciones que sean consideradas como título propio de una universidad): 1 punto por título, hasta un máximo de 3 puntos.

Por formación complementaria relacionada con el puesto de trabajo a cubrir: jornadas y/o cursos, máximo 5 puntos:

- Cursos de 5 a 10 horas                       0,10 puntos.

- Cursos de 11 a 20 horas                      0,15 puntos.

- Cursos de 21 a 50 horas                      0,25 puntos.

- Cursos de 51 a 100 horas                    0,50 puntos.

- Cursos de 101 a 200 horas                  0,75 puntos.

- Cursos de más de 200 horas               1 punto.

*Se acreditará mediante la aportación de fotocopia de certificados oficiales, diplomas y/o titulaciones de la formación complementaria en los que se especifique el número de horas de duración, su contenido y fecha de celebración o, en su defecto, la fecha de expedición.

• Méritos de perfil (máximo 25 puntos):

Experiencia profesional a partir de UN (1) año trabajando en empresas públicas o privadas donde haya realizado tareas relacionadas con la gestión del mantenimiento de vehículos en empresas que gestionen Transporte Colectivo Urbano o la gestión de mantenimiento de vehículos industriales en entorno urbano.

•1 punto por año trabajado (máximo 7,5 puntos).

Experiencia profesional a partir de UN (1) año dirigiendo y coordinando equipos de trabajo.

•1 punto por año trabajado (máximo 7,5 puntos).

Experiencia profesional a partir de UN (1) año dirigiendo, coordinando y ejecutando adquisiciones de activos para la empresa o/y contratando servicios, aplicando la Ley de Contratación del Sector Público.

•1 punto por año trabajado (máximo 5 puntos).

Experiencia profesional a partir de UN (1) año gestionando cadenas de suministros, almacenes, logística y similares.

•1 punto por año trabajado (máximo 2,5 puntos).

Experiencia profesional a partir de UN (1) año gestionando el mantenimiento de edificios, instalaciones e infraestructuras.

•1 punto por año trabajado (máximo 2,5 puntos).

En caso de que en el mismo año se alegue y justifique más de una de las experiencias profesionales valorables, sólo se tendrá en cuenta una de ellas.

No se valorará la experiencia profesional inferior a un año.

  • La experiencia profesional se acreditará presentando certificaciones del empleador donde conste haber realizado las labores descritas.
  • Se deberá presentar Informe de Vida Laboral emitido por la TGSS y Contrato de Trabajo o nombramiento corporativo.
  • Se tendrá en cuenta el número de días cotizados que aparezcan en el informe de vida laboral expedido por la TGSS, aportado por el aspirante.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo.

Se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública, la lista provisional de la valoración de este apartado. En el mismo acto se abrirá un plazo de tres días hábiles (sábados y domingos excluidos) para presentar alegaciones.

Finalizado el plazo al cual se refiere el párrafo anterior y enmendadas, si procede, las alegaciones, el tribunal calificador publicará la lista definitiva de los resultados de la valoración de los méritos en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.

En el supuesto de que el Tribunal calificador compruebe la existencia de fraude una vez publicadas las listas definitivas, este fraude determina la exclusión del proceso y la consideración de no haber participado, además de las actuaciones legales que deriven.

• Criterios de desempate.

En caso de empate, este se tiene que resolver atendiendo los criterios siguientes:

1. La mayor puntuación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición.

2. La mayor experiencia laboral a la categoría ofrecida.

3. La mayor puntuación obtenida en los méritos.

4. Las persones víctimas de violencia de género.

5. La persona de más edad.

6. Si persiste finalmente el empate, se tiene que hacer un sorteo.

1.4.4.- Orden de incorporación y llamamiento

Una vez finalizado el proceso de selección, las personas integrantes de las listas serán llamadas para la adjudicación de la plaza, siguiendo el orden de preferencia resultado de las listas definitivas, realizándose el llamamiento de las personas que tengan el orden de incorporación más alto.

El llamamiento se realizará por cualquier medio que considere la EMT-Palma, pudiendo hacerse telefónicamente o en su defecto mediante cualquier medio acreditable en derecho.

Las personas integrantes de la lista tendrán que tener a disposición de la EMT-Palma como datos de contacto:

- un teléfono fijo o móvil

- una dirección de correo electrónico

- una dirección postal

Las personas integrantes de la lista tendrán que mantener permanentemente actualizadas estos datos ante la EMT-Palma, comunicando todos los cambios que se produzcan en los mismos.

Al haberse producido el llamamiento dos veces consecutivas sin respuesta por su parte, o una respuesta negativa no justificada, será excluida de la lista de forma definitiva. El plazo de respuesta por parte de la persona que se haya llamado, será de 3 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de comunicación.

Se entenderá que se ha producido la renuncia injustificada a la contratación, la incomparecencia de personal aspirante dentro del plazo comunicado por la empresa para la formalización del contrato, o la renuncia exprés a la contratación.

Se consideran causas justificadas de rechazo del contrato por parte de la persona aspirando, las siguientes:

- Enfermedad acreditada mediante el correspondiente certificado médico.

- Periodo de embarazo, maternidad o situaciones asimiladas.

- A petición del interesado, cualquier otra que de forma excepcional la EMT-Palma estime oportuna, de forma motivada.

En estos casos, los y las aspirantes conservarán su lugar en las listas y podrán ser citados nuevamente cuando dejan de concurrir las causas de rechazo, siempre que hayan comunicado a la EMT-Palma su disponibilidad.

 

ANEXO I Composición del Tribunal y plazos del proceso.

Composición del Tribunal:

- Dos miembros designados por la EMT-Palma.

- Dos miembros designados por el Comité de Empresa de la EMT-Palma.

- Un profesional con conocimientos sobre la valoración de los méritos, designado por la EMT-Palma.

Para la valoración de los méritos que resulten necesarios, el Tribunal podrá disponer de la incorporación de asesores o asesoras especialistas, los cuales se limitarán a prestar la mencionada colaboración en sus especialidades técnicas y tendrán voz, pero no voto.

Este proceso de selección finalizará antes del 31 de diciembre de 2024.

Para cumplir el requisito de publicidad, las bases del proceso de selección se publicarán en el BOIB. Los diferentes plazos, los resultados provisionales y definitivos y las noticias o incidencias relacionadas con el proceso selectivo se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la EMT-Palma (https://emtpalma.eadministracio.cat), apartado ocupación pública.

 

ANEXO II Temario

1. Vehículos de transporte de viajeros. Tecnologías y normativas.

2. Instalaciones e infraestructuras asociadas a los autobuses.

3. Tecnologías energéticas asociadas a los vehículos.

4. Mantenimiento y control de infraestructuras y de vehículos.

5. Organización y gestión del mantenimiento de flota y de infraestructuras.

6. Proyectos. Contratación pública y privada, dirección de obras y de suministros.

7. Seguridad de los vehículos y de las infraestructuras.

8. Liderazgo, Gestión de Equipos, Técnicas de Resolución de Conflictos, Técnicas frente al Estrés, Técnicas Frente al acoso laboral y sexual y frente a agresiones.

9. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

10. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

11. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (14 de junio de 2024)

El director-gerente Juan José Elías Pérez