Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 380391
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes, a propuesta del director general de Turismo, por la cual se revocan totalmente las subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinadas a la compra de mecanismos de elevación de camas, y se propone su pago, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU
En la fecha de la firma electrónica, el director general de Turismo ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 155, de 29 de noviembre de 2022, se publicó la Orden 30/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para cumplir el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
2. En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 26, de 28 de febrero de 2023, se publicó la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se modifica la convocatoria mencionada en el punto anterior en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes y de modificar la composición de la Comisión Evaluadora.
3. De acuerdo con lo que se expone en la Orden 30/2022 y en el punto 5 de la convocatoria, esta está sometida al régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión Europea, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en las ayudas de minimis. En consecuencia, las ayudas previstas son compatibles con el mercado interior y, a la par, restan exentas de la obligación de notificación establecida en el artículo 108, apartado 3, del Tratado.
4. En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 162, de 28 de noviembre de 2023, se publicaron las resoluciones por las que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria de subvenciones mencionada. A las personas que figuran en el anexo de estas resoluciones se les concedió una subvención y se autorizó y dispuso un gasto por los importes individuales que se indicaban en las resoluciones, que se indican también en el anexo de esta propuesta de resolución, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00 MR071 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
Los expedientes de concesión de subvenciones en los cuales se concedía una subvención por importe igual o superior a 30.000 euros fueron fiscalizados de conformidad por la Intervención de la CAIB.
5. Tal como se hizo constar en las resoluciones de concesión, de acuerdo con el punto 15 de la convocatoria, el periodo de ejecución de las acciones subvencionables finaliza a los dos meses desde la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
6. Tal como se hizo constar en las resoluciones de concesión, de acuerdo con el punto 16 de la convocatoria, el plazo para la justificación de la subvención es de un mes a contar desde el día siguiente al de la conclusión del plazo de ejecución establecido en el punto anterior.
7. En fecha 8 de marzo de 2024 se requirió a los beneficiarios que no habían presentado la documentación justificativa o la habían presentado con deficiencias que presentaran toda la documentación exigida como justificación, otorgándoles un plazo de quince días hábiles.
8. No consta que ninguno de los beneficiarios que se indican al anexo hayan presentado la documentación justificativa de las ayudas concedidas.
9. El 14 de mayo de 2024, el consejero de Turismo, Cultura y Deportes dictó la resolución por la que se inicia el procedimiento de revocación total de subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria de referencia, con relación a las subvenciones concedidas mediante las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 162, de 28 de noviembre de 2023.
10. A todas las personas que se relacionan en el anexo de esta propuesta de resolución se les notificó la resolución de inicio del procedimiento de revocación total, en la que se indicaba el importe que se tenía que revocar y se les otorgaba un plazo de diez días para presentar alegaciones.
No consta que se hayan presentado alegaciones en el plazo establecido.
11. De acuerdo con el artículo 17.1 de la Orden 30/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se establecen las bases reguladoras de esta convocatoria, corresponde la revocación total de la subvención si, posteriormente a la resolución de concesión de la subvención, la persona beneficiaria no justifica la realización del proyecto.
En consecuencia, dado que las personas beneficiarias que aparecen en el anexo de esta propuesta de resolución han presentado la documentación justificativa de las ayudas concedidas, corresponde revocar totalmente la resolución de concesión. Por eso, en el anexo se indica el importe de la actuación subvencionable justificado, el importe de la ayuda justificada y el importe de la ayuda que se tiene que revocar.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Reglamento de esta, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
2. El Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
3. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. La Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.
5. La Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que se tienen que financiar con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
6. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
7. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
8. La Orden 30/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para cumplir el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Turismo, Cultura y Deportes que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Revocar totalment las subvenciones concedidas mediante las resoluciones por las cuales se conceden las subvenciones a les personas beneficiarias que se indican en el anexo y por el importe en él detallado, en el marco de la convocatoria para la concesión de ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para cumplir el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU, publicadas el 28 de noviembre de 2023 en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 162.
2. Notificar esta resolución a las personas beneficiarias.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma , en la fecha de la firma electrónica (12 de junio de 2024)
El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaime Bauzá Mayol
La secretaria general Maria Isabel Sáez Sastre (Por delegación del director general de Turismo BOIB nº 126/2023)
ANEXO Personas beneficiarias propuestas para la revocación total de la subvención concedida
|
NIF |
Número de expediente |
Persona beneficiaria |
Nombre del establecimiento |
Importe de la actuación subvencionable (€) |
Importe de la actuación subvencionable justificado (€) |
Importe de la ayuda concedida en la resolución de concesión (€) |
Importe de la ayuda justificada (€) |
Importe de la ayuda que se tiene que revocar (€) |
CONCE 2023/CO NCA 2024 |
SSADO 2024 |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 |
A07017023 |
TUR_AJDLLITS816/2023 |
INSTALACIONES HOTELERAS COLUMBUS SA |
HOSTAL VILLA COLUMBUS |
12.161,43 |
0,00 |
6.080,72 |
0,00 |
6.080,72 |
18424 |
411 |
2 |
A07019524 |
TUR_AJDLLITS141/2023 |
HOTEL SANT JORDI S.A. |
THB SUR MALLORCA |
15.040,00 |
0,00 |
4.512,00 |
0,00 |
4.512,00 |
18428 |
415 |
3 |
A07221419 |
TUR_AJDLLITS430/2023 |
Bonsol Hotels & Invest, S.A. |
SUMMUM PRIME BOUTIQUE HOTEL |
6.437,20 |
0,00 |
3.218,60 |
0,00 |
3.218,60 |
18505 |
600 |
4 |
A07221419 |
TUR_AJDLLITS434/2023 |
Bonsol Hotels & Invest, S.A. |
CASA DEL VIRREY |
5.444,76 |
0,00 |
2.722,38 |
0,00 |
2.722,38 |
18504 |
601 |
5 |
A07232978 |
TUR_AJDLLITS133/2023 |
RAYOCA SA |
Hotel apartaments Palmira Madrigal |
48.000,90 |
0,00 |
19.200,36 |
0,00 |
19.200,36 |
18508 |
606 |
6 |
B06945240 |
TUR_AJDLLITS177/2023 |
LUNA HOTELES Y GESTION SL |
ART HOTEL PALMA |
1.128,00 |
0,00 |
564,00 |
0,00 |
564,00 |
18569 |
633 |
7 |
B06945240 |
TUR_AJDLLITS421/2023 |
LUNA HOTELES Y GESTION SL |
PAGUERA TREFF BOUTIQUE HOTEL |
3.784,00 |
0,00 |
1.892,00 |
0,00 |
1.892,00 |
18568 |
644 |
8 |
B07038193 |
TUR_AJDLLITS887/2023 |
HOTELES BABILONIA SL |
Hotel Agua Beach |
10.406,88 |
0,00 |
4.162,75 |
0,00 |
4.162,75 |
18591 |
671 |
9 |
B07044423 |
TUR_AJDLLITS861/2023 |
MIRANDA Y PEÑARANDA SL |
CLUB SANTA PONSA |
57.936,00 |
0,00 |
23.174,40 |
0,00 |
23.174,40 |
18595 |
762 |
10 |
B07993470 |
TUR_AJDLLITS210/2023 |
ES CONVENT DE LA MISSIO SL |
ES CONVENT DE LA MISSIÓ SL |
4.296,00 |
0,00 |
2.148,00 |
0,00 |
2.148,00 |
18752 |
800 |
11 |
B16500795 |
TUR_AJDLLITS877/2023 |
CAN BORDOY PALMA SL |
CAN BORDOY GRAND HOUSE & GARDEN |
5.144,96 |
0,00 |
2.572,48 |
0,00 |
2.572,48 |
18760 |
791 |
12 |
B16612582 |
TUR_AJDLLITS300/2023 |
HOSTAL VILLA MASSANET SL |
MAMBOO |
7.600,00 |
0,00 |
3.800,00 |
0,00 |
3.800,00 |
18768 |
780 |
13 |
B16637902 |
TUR_AJDLLITS7/2023 |
PALMIRA CORALIAN SL |
Mar Hotels Playa Mar & Spa |
17.830,02 |
0,00 |
5.349,01 |
0,00 |
5.349,01 |
18771 |
777 |
14 |
B57573230 |
TUR_AJDLLITS125/2023 |
LA OTRA IBIZA, S.L. |
HOTEL AGUAS DE IBIZA |
14.622,96 |
0,00 |
5.849,18 |
0,00 |
5.849,18 |
18821 |
693 |
15 |
B57698250 |
TUR_AJDLLITS387/2023 |
SANT JOAN DE LA FONT SANTA SL |
FONTSANTAHOTEL & TERMAL SPA |
4.296,00 |
0,00 |
2.148,00 |
0,00 |
2.148,00 |
18826 |
495 |
16 |
B67738716 |
TUR_AJDLLITS604/2023 |
HORT CAN CAPITA, S.L. |
s'Hort de can Capità |
4.001,00 |
0,00 |
2.000,50 |
0,00 |
2.000,50 |
18863 |
303 |
|
|
|
|
|
|
|
|
0,00 |
|
|
|