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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 380391
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes, a propuesta del director general de Turismo, por la cual se revocan totalmente las subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinadas a la compra de mecanismos de elevación de camas, y se propone su pago, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU

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Texto

En la fecha de la firma electrónica, el director general de Turismo ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. En el Boletín Oficial de las Illes Balears 155, de 29 de noviembre de 2022, se publicó la Orden 30/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para cumplir el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

2. En el Boletín Oficial de las Illes Balears 26, de 28 de febrero de 2023, se publicó la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se modifica la convocatoria mencionada en el punto anterior en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes y de modificar la composición de la Comisión Evaluadora.

3. De acuerdo con lo que se expone en la Orden 30/2022 y en el punto 5 de la convocatoria, esta está sometida al régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión Europea, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea en las ayudas de minimis. En consecuencia, las ayudas previstas son compatibles con el mercado interior y, a la par, restan exentas de la obligación de notificación establecida en el artículo 108, apartado 3, del Tratado.

4. En el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 162, de 28 de noviembre de 2023, se publicaron las resoluciones por las que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria de subvenciones mencionada. A las personas que figuran en el anexo de estas resoluciones se les concedió una subvención y se autorizó y dispuso un gasto por los importes individuales que se indicaban en las resoluciones, que se indican también en el anexo de esta propuesta de resolución, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00 MR071 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.

Los expedientes de concesión de subvenciones en los cuales se concedía una subvención por importe igual o superior a 30.000 euros fueron fiscalizados de conformidad por la Intervención de la CAIB.

5. Tal como se hizo constar en las resoluciones de concesión, de acuerdo con el punto 15 de la convocatoria, el periodo de ejecución de las acciones subvencionables finaliza a los dos meses desde la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 6. Tal como se hizo constar en las resoluciones de concesión, de acuerdo con el punto 16 de la convocatoria, el plazo para la justificación de la subvención es de un mes a contar desde el día siguiente al de la conclusión del plazo de ejecución establecido en el punto anterior.

7. En fecha 8 de marzo de 2024 se requirió a los beneficiarios que no habían presentado la documentación justificativa o la habían presentado con deficiencias que presentaran toda la documentación exigida como justificación, otorgándoles un plazo de quince días hábiles.

8. No consta que ninguno de los beneficiarios que se indican al anexo hayan presentado la documentación justificativa de las ayudas concedidas.

9. El 14 de mayo de 2024, el consejero de Turismo, Cultura y Deportes dictó la resolución por la que se inicia el procedimiento de revocación total de subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria de referencia, con relación a las subvenciones concedidas mediante las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 162, de 28 de noviembre de 2023. 

10. A todas las personas que se relacionan en el anexo de esta propuesta de resolución se les notificó la resolución de inicio del procedimiento de revocación total, en la que se indicaba el importe que se tenía que revocar y se les otorgaba un plazo de diez días para presentar alegaciones.

No consta que se hayan presentado alegaciones en el plazo establecido.

11. De acuerdo con el artículo 17.1 de la Orden 30/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se establecen las bases reguladoras de esta convocatoria, corresponde la revocación total de la subvención si, posteriormente a la resolución de concesión de la subvención, la persona beneficiaria no justifica la realización del proyecto.

En consecuencia, dado que las personas beneficiarias que aparecen en el anexo de esta propuesta de resolución han presentado la documentación justificativa de las ayudas concedidas, corresponde revocar totalmente la resolución de concesión. Por eso, en el anexo se indica el importe de la actuación subvencionable justificado, el importe de la ayuda justificada y el importe de la ayuda que se tiene que revocar.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Reglamento de esta, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

2. El Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

3. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. La Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.

5. La Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que se tienen que financiar con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

6. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

8. La Orden 30/2022 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para cumplir el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Turismo, Cultura y Deportes que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Revocar totalment las subvenciones concedidas mediante las resoluciones por las cuales se conceden las subvenciones a les personas beneficiarias que se indican en el anexo y por el importe en él detallado, en el marco de la convocatoria para la concesión de ayudas de minimis para la modernización y la innovación en la higiene y en la limpieza de los establecimientos de alojamiento turístico, destinada a la compra de mecanismos de elevación de camas, para cumplir el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU, publicadas el 28 de noviembre de 2023 en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 162.

2. Notificar esta resolución a las personas beneficiarias.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma , en la fecha de la firma electrónica (12 de junio de 2024)

El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaime Bauzá Mayol

La secretaria general Maria Isabel Sáez Sastre (Por delegación del director general de Turismo BOIB nº 126/2023)

 

​​​​​​​ANEXO Personas beneficiarias propuestas para la revocación total de la subvención concedida

 

NIF

Número de expediente

Persona beneficiaria

Nombre del establecimiento

Importe de la actuación subvencionable (€)

Importe de la actuación subvencionable justificado (€)

Importe de la ayuda concedida en la resolución de concesión (€)

Importe de la ayuda justificada (€)

Importe de la ayuda que se tiene que revocar (€)

CONCE 2023/CO

NCA 2024

SSADO 2024

1

A07017023

TUR_AJDLLITS816/2023

INSTALACIONES HOTELERAS COLUMBUS SA

HOSTAL VILLA COLUMBUS

12.161,43

0,00

6.080,72

0,00

6.080,72

18424

411

2

A07019524

TUR_AJDLLITS141/2023

HOTEL SANT JORDI S.A.

THB SUR MALLORCA

15.040,00

0,00

4.512,00

0,00

4.512,00

18428

415

3

A07221419

TUR_AJDLLITS430/2023

Bonsol Hotels & Invest, S.A.

SUMMUM PRIME BOUTIQUE HOTEL

6.437,20

0,00

3.218,60

0,00

3.218,60

18505

600

4

A07221419

TUR_AJDLLITS434/2023

Bonsol Hotels & Invest, S.A.

CASA DEL VIRREY

5.444,76

0,00

2.722,38

0,00

2.722,38

18504

601

5

A07232978

TUR_AJDLLITS133/2023

RAYOCA SA

Hotel apartaments Palmira Madrigal

48.000,90

0,00

19.200,36

0,00

19.200,36

18508

606

6

B06945240

TUR_AJDLLITS177/2023

LUNA HOTELES Y GESTION SL

ART HOTEL PALMA

1.128,00

0,00

564,00

0,00

564,00

18569

633

7

B06945240

TUR_AJDLLITS421/2023

LUNA HOTELES Y GESTION SL

PAGUERA TREFF BOUTIQUE HOTEL

3.784,00

0,00

1.892,00

0,00

1.892,00

18568

644

8

B07038193

TUR_AJDLLITS887/2023

HOTELES BABILONIA SL

Hotel Agua Beach

10.406,88

0,00

4.162,75

0,00

4.162,75

18591

671

9

B07044423

TUR_AJDLLITS861/2023

MIRANDA Y PEÑARANDA SL

CLUB SANTA PONSA

57.936,00

0,00

23.174,40

0,00

23.174,40

18595

762

10

B07993470

TUR_AJDLLITS210/2023

ES CONVENT DE LA MISSIO SL

ES CONVENT DE LA MISSIÓ SL

4.296,00

0,00

2.148,00

0,00

2.148,00

18752

800

11

B16500795

TUR_AJDLLITS877/2023

CAN BORDOY PALMA SL

CAN BORDOY GRAND HOUSE & GARDEN

5.144,96

0,00

2.572,48

0,00

2.572,48

18760

791

12

B16612582

TUR_AJDLLITS300/2023

HOSTAL VILLA MASSANET SL

MAMBOO

7.600,00

0,00

3.800,00

0,00

3.800,00

18768

780

13

B16637902

TUR_AJDLLITS7/2023

PALMIRA CORALIAN SL

Mar Hotels Playa Mar & Spa

17.830,02

0,00

5.349,01

0,00

5.349,01

18771

777

14

B57573230

TUR_AJDLLITS125/2023

LA OTRA IBIZA, S.L.

HOTEL AGUAS DE IBIZA

14.622,96

0,00

5.849,18

0,00

5.849,18

18821

693

15

B57698250

TUR_AJDLLITS387/2023

SANT JOAN DE LA FONT SANTA SL

FONTSANTAHOTEL & TERMAL SPA

4.296,00

0,00

2.148,00

0,00

2.148,00

18826

495

16

B67738716

TUR_AJDLLITS604/2023

HORT CAN CAPITA, S.L.

s'Hort de can Capità

4.001,00

0,00

2.000,50

0,00

2.000,50

18863

303

 

 

 

 

 

 

 

 

0,00