Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 382254
Resolución del director gerente de Ports de les Illes Balears por el que se aprueba la lista de personas aspirantes seleccionadas para formar parte de una bolsa de trabajo de personal laboral del grupo D derivado de la convocatoria del proceso de selección por el sistema de concurso oposición correspondiente a la oferta de ocupación pública ordinaria para el año 2022 para la cobertura de las plazas de personal laboral de Puertos de las Islas Baleares
Antecedentes
1. El 19 de junio de 2023, el Consejo de Administración aprobó la convocatoria del proceso de selección por el sistema de concurso oposición correspondiente a la oferta de ocupación pública ordinaria para el año 2022 para cubrir plazas de personal laboral de Ports de les Illes Balears (BOIB n.º 151 de 7 de noviembre de 2023).
2. Por resolución del director gerente se aprobó la lista de aspirantes que han superado el proceso de selección por el sistema de concurso oposición correspondiente a la oferta de ocupación pública ordinaria para el año 2022 del GRUPO D y se los adjudica un lugar de trabajo (BOIB n.º 77, de 8 de junio de 2024), conforme a la propuesta y la lista de aspirantes aprobada por el órgano de selección, ordenados por la puntuación obtenida en el proceso selectivo.
3. Esta lista se modificó por resolución del director gerente a raíz de la renuncia de la persona que había superado el concurso oposición, dentro del plazo establecido de tres días para la firma del contrato, por lo que el director gerente adjudicó el puesto de trabajo a la persona siguiente de la lista definitiva de puntuaciones (BOIB n.º 79, de 13 de junio de 2024).
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 del vigente Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de Ports de les Illes Balears (BOIB n.º 104, de 2 de agosto de 2014).
2. El punto 18 de las bases de la convocatoria del proceso de selección por el sistema de concurso oposición correspondiente a la oferta de ocupación pública ordinaria para el año 2022 para cubrir plazas de personal laboral de Ports de les Illes Balears (BOIB n.º 151 de 7 de noviembre de 2023) prevé que las personas que hayan participado en este procedimiento selectivo y que no lo hayan superado, pero que hayan obtenido la puntuación mínima de 5 puntos en la fase de oposición, se tienen que incluir en bolsas de personal laboral temporal de la categoría y especialidad correspondientes en que hayan participado. Esta bolsa debe tener carácter preferente a cualquier otra bolsa ordinaria o extraordinaria que esté vigente en Ports de les Illes Balears.
3. De acuerdo con el artículo 33.1.h) de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de ports de les Illes Balears, y el artículo 11.1.j) de los Estatus de Ports de les Illes Balears, aprobados por el Decreto 134/2005, de 28 de diciembre, corresponde al Consejo de Administración de este ente aprobar la plantilla laboral y las actuaciones relativas a su selección y retribución. No obstante, en el Acuerdo del Consejo de Administración de 19 de junio de 2023, se facultó al director gerente de Ports de les Illes Balears para aprobar todos los trámites necesarios hasta la adjudicación de los puestos de trabajo y la aprobación de las bolsas preferentes de persona laboral temporal.
Por todo esto, digo la siguiente
Resolución
1. Aprobar la creación, las bases y la composición de la bolsa de trabajo del personal laboral temporal derivada de la convocatoria del proceso de selección por el sistema de concurso oposición de la categoría guardamuelles auxiliar, conforme los anexos 1 y 2, para llevar a cabo trabajos ocasionales y urgentes, o bien para sustituir personal laboral con reserva de puesto de trabajo, o bien para cubrir por interinidad las vacantes que se producen en la categoría profesional correspondiente o por cualquier otro tipo de contratación laboral mediante la modalidad de duración determinada sujeta a la legislación laboral vigente, limitado exclusivamente a la categoría profesional objeto de la convocatoria.
La lista de la bolsa está conformada por los aspirantes admitidos al proceso de selección que no han superado el proceso y han obtenido un mínimo de 5 puntos en la fase de oposición, para ser el excedente respecto a los puestos de trabajo ofrecidos, ordenados de mayor a menor puntuación.
2. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el web del ente público Ports de les Illes Balears.
3. Dar cuenta de la presente Resolución al Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears en la próxima reunión que se celebre.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de Ports de les Illes Balears en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del contencioso–administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (14 de junio de 2024)
El director gerente Francisco José Villalonga Cañellas
ANEXO 1 Bases de las bolsas de trabajo de personal laboral temporal derivadas de la convocatoria del proceso de selección por concurso oposición de la categoría guardamuelles auxiliar
Primero
Normas generales
1.1. Objeto
El objeto de las bases es establecer las normas de gestión de la bolsa de trabajo de personal laboral temporal de la categoría de guardamuelles auxiliar para la isla de Mallorca derivadas de la convocatoria del proceso de selección por el sistema de concurso oposición correspondiente a la oferta de ocupación pública ordinaria para el año 2022 para la cobertura de las plazas de personal laboral de Ports de les Illes Balears (BOIB n.º 151 de 7 de noviembre de 2023).
1.2. Normas de aplicación
1.2.1. Estas bases rigen la gestión de las bolsas de trabajo derivadas de la convocatoria del proceso de selección por concurso oposición (BOIB n.º 151 de 7 de noviembre de 2023) para llevar a cabo trabajos ocasionales y urgentes, o bien para sustituir personal laboral con reserva de puesto de trabajo, o bien para cubrir por interinidad las vacantes que se producen en la categorías profesionales y especialidades objeto de la convocatoria del ente público Ports de les Illes Balears o por cualquier otro tipo de contratación laboral mediante la modalidad de duración determinada sujeto a la legislación laboral vigente.
1.2.2. El contenido de estas bases se ajusta a los principios rectores del acceso a la ocupación pública que establece el artículo 55.2 del Estatuto básico del empleado público y el artículo 25 del III Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de Ports de les Illes Balears, respecto de la confección de las bolsas de trabajo. Las bases se han negociado con la participación del Comité de Empresa.
1.3. Contrataciones de personal derivadas de las bolsas
Las contrataciones deben tener por objeto la realización de trabajos ocasionales o urgentes, la sustitución por interinidad del personal laboral con reserva de puesto de trabajo, con la contratación de personal laboral mediante la modalidad de duración determinada sujeta a la legislación laboral vigente, o la cobertura de plazas vacantes, exceptuando la jubilación parcial, que está regulada de forma específica por la negociación colectiva.
Segundo
Vigencia de las bolsas de Trabajo
El periodo de vigencia de las bolsas de trabajo temporal es de tres años, a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, o hasta la creación de nuevas bolsas derivadas del resultado de nuevos procesos selectivos de las mismas categorías profesionales y especialidades.
Si al finalizar el periodo de tres años de vigencia no se han constituido nuevas bolsas que sustituyan las anteriores, la vigencia de estas se tiene que prorrogar de forma automática, sin necesidad de acto exprés, hasta que quede constituida la nueva, con la convocatoria previa correspondiente.
Tercero
Llamamiento
Cuando sea necesario cubrir temporalmente un puesto de trabajo, se tiene que ofrecer el contrato correspondiente a la persona aspirando que se encuentre en primer lugar de la lista que corresponda, y así sucesivamente. Sin embargo, en los supuestos que por aplicación de la normativa básica en materia laboral no se pueda llevar a cabo la contratación del aspirante correspondiente, se tiene que llamar al siguiente de la lista hasta que desaparezcan las circunstancias que imposibiliten esta contratación.
Las citaciones a los interesados se tienen que hacer preferentemente de forma telefónica y se tiene que dejar constancia en el expediente del día y la hora de las llamadas telefónicas. Ports de les Illes Balears, si procede, tiene que telefonear un mínimo de tres veces en un día, y si no se ha podido localizar a la persona aspirante, se le tiene que enviar un correo electrónico y dejar un plazo de 24 horas antes de pasar al siguiente de la lista.
Si la persona interesada no manifiesta la conformidad con la oferta recibida en el plazo de un día hábil —si el llamamiento se hace en viernes el día hábil siguiente es lunes—, se entiende que renuncia, y se le tiene que colocar en el último lugar de la lista, salvo que se produzca alguna de las circunstancias siguientes, justificada oportunamente:
a) Que tenga una enfermedad, acreditada mediante el certificado médico correspondiente.
b) Que esté en periodo de embarazo, de maternidad o paternidad, de adopción y de acogida permanente o preadoptivo, que incluya el periodo en que es procedente la concesión de excedencia para cuidado de hijos, en los supuestos anteriores, o casos de cargas familiares justificados debidamente, de acuerdo con lo que dispone el convenio colectivo vigente.
c) Que preste servicios en Ports de les Illes Balears, en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, o en alguno de los entes que dependen, como personal funcionario interino o como laboral de duración determinada.
En estos casos las persones aspirantes conservan su lugar en la bolsa. No obstante, quien alegue alguna de las circunstancias antes previstas no recibirá ninguna otra oferta mientras se mantenga la circunstancia alegada. Corresponde a la persona interesada comunicar a Ports de les Illes Balears, por cualquier medio que permita dejar constancia, la finalización de la concurrencia de las causas mencionadas.
Están en situación de no disponibles aquellas personas integrantes de la bolsa de trabajo que estén prestando servicios como personal laboral temporal en Ports de les Illes Balears y en la misma categoría profesional y especialidad.
Al acabar el contrato por el que los llamaron, las persones aspirantes se tienen que incorporar automáticamente a la bolsa de la que forman parte, en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida en el momento en que se formaron.
La renuncia de un contrato de trabajo una vez iniciada la relación laboral implica la pérdida del derecho a continuar en la bolsa.
Cuarto
Motivos de exclusión
Son motivos de exclusión de las bolsas los siguientes:
a) No haber superado el periodo de prueba de acuerdo con lo que prevé el artículo 27 del III Convenio colectivo para el personal laboral al servicio de Ports de les Illes Balears o disponer de un informe negativo por parte del jefe del área o de la unidad, con informe previo no vinculante del Comité de Empresa.
b) Haber sido sancionado mediante un expediente disciplinario.
c) Haber rechazado dos veces consecutivas una oferta de trabajo, sin que se produzca ninguna de las circunstancias justificativas de las que prevé la base tercera.
d) Haber renunciado al contrato de trabajo una vez iniciada la relación laboral.
e) Tener la condición de personal laboral fijo de Ports de les Illes Balears.
Quinto
Formalización de los contratos
La incorporación al puesto de trabajo se tiene que hacer a medida que se produzcan las circunstancias previstas en la base 1.3.
Inmediatamente antes de firmar el contrato correspondiente, las personas interesadas tienen que presentar una declaración jurada que justifique que no incurren en ningún supuesto de incompatibilidad de los que prevé la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Sexto
Seguimiento de las bolsas
Con el fin de mantener el seguimiento de la gestión de las bolsas, Ports de les Illes Balears tiene que informar al Comité de Empresa sobre las contrataciones realizadas, como también sobre las renuncias, las incidencias en las notificaciones o cualquier otra circunstancia que suponga una alteración de la situación de las bolsas.
ANEXO 2 Bolsa de trabajo de personal laboral temporal
Grupo D
Guardamuelles auxiliar – Mallorca
Orden |
DNI |
Total |
---|---|---|
1 |
18219381T |
72,000 |
2 |
43092245C |
67,000 |
3 |
43163646Y |
62,500 |
4 |
18225920F |
62,500 |
5 |
43029078B |
60,000 |
6 |
43462802R |
58,422 |
7 |
43029989W |
55,667 |
8 |
43081923W |
55,500 |
9 |
43036301N |
50,213 |
10 |
78202756L |
33,344 |