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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 380554
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se acepta la renuncia a las subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2024)

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Texto

Hechos

1. El 26 de diciembre de 2023, en el BOIB n.º 164, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023  por la cual se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2024 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa FEDER 2021-2027.

2. Las personas que figuran en el anexo de esta resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria de referencia.

3. A los titulares de los expedientes que aparecen en el anexo se les concedió una subvención en el marco de la convocatoria por los importes que también se indican, de acuerdo con las respectivas resoluciones estimatorias del consejero de Empresa, Empleo y Energía, con fecha y número de BOIB indicados en el anexo.

4. Los titulares de los expedientes que aparecen al anexo han presentado un escrito en el que indican que renuncian a la subvención concedida.

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de les Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El artículo 94, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, prevé que la Administración, en el supuesto de renuncia de la persona interesada a sus derechos, aceptará la renuncia completamente y resolverá el procedimiento declarando esta circunstancia, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables.

5. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023 por la cual por la cual se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2024 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa FEDER 2021-2027 (BOIB n.º 174, de 26 de diciembre de 2022).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aceptar la renuncia a las subvenciones concedidas para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2024) a los beneficiarios de los expedientes que aparecen en el anexo.

2. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que también se indican en él.

3. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria  2024/G/731A01/78000/00/19701/31111.

4. Declarar concluido el procedimiento y por tanto, archivar los expedientes.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Palma, 12 de junio de 2024

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 103,  de 22/07/2023)

 

ANEXO Lista de beneficiarios que han renunciado a la subvención concedida para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2024)

Núm.

Expediente

Solicitante

NIF

Importe subvención (€)

Fecha de la Resolución de concesión

CONCE

1

FOTOPAR24-606/2024

DAVID JOSE NADAL

***8539**

1.818,00

Resolución de 14 de mayo de 2024 (publicada en el BOIB nº. 68, de 23 de mayo de 2024)

0000005358/2024

2

FOTOPAR24-805/2024

BARTOLOME SEGUI MIRO

***0518**

3.000,00

Resolución de 29 de mayo de 2024 (publicada en el BOIB nº. 78, d'e 11 de junio de 2024)

0000008409/2024