Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 380542
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se aminora la cantidad de la ayuda y se propone el pago en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo
Hechos
1. El 3 de julio de 2021 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021.
2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Propuesta obtuvieron una subvención para actuaciones de apoyo a la movilidad eficiente y sostenible.
3. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta propuesta presentaron la documentación justificativa de las actuaciones realizadas, donde se acredita que el importe de la actuación ha sido inferior al previsto inicialmente.
4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han informado favorablemente el pago de las subvenciones descritas en el anexo, donde se incluye una minoración del importe proporcional a las modificaciones realizadas, las cuales se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo de 2008).
4. El Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOE n.º 89, de 14 de abril de 2021).
5. La Resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 88, de 3 de julio de 2021).
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Reconocer la obligación y proponer el pago de una subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo, de acuerdo con el importe que se indica.
2. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir lo dispuesto en el apartado catorce de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021.
3. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, dará lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por lo tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.
Contra esta Propuesta de resolución puede alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.
Palma, 12 de junio de 2024
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez
ANEXO Lista de beneficiarios a los cuales se les aminora la cantidad de la ayuda concedida y se propone el pago (Programa MOVESIII)
Expediente |
Solicitante |
NIF |
Subvención propuesta (€) |
Importe que se aminora (€) |
Subvención a pagar (€) |
Motivo |
---|---|---|---|---|---|---|
MOVESIII-1750/2021 |
RAFAEL SACRISTAN BOSCH |
***7165** |
1.291,58 |
88,56 |
1.203,02 |
Las facturas presentadas son inferiores al presupuesto inicialmente presentado. |
MOVESIII-2285/2021 |
MARIA DEL ROSARIO FRANCISCO MARTÍNEZ |
***0164** |
1.168,12 |
97,82 |
1.070,30 |
La factura presentada es inferior al presupuesto inicialmente presentado. |
MOVESIII-2791/2021 |
NORDIAN CPO, S.L |
***0688** |
58.965,18 |
35.448,93 |
23.516,25 |
La factura presentada es inferior al presupuesto inicialmente presentado. |
MOVESIII-2792/2021 |
NORDIAN CPO, S.L |
***0688** |
42.083,64 |
23.482,85 |
18.600,79 |
La factura presentada es inferior al presupuesto inicialmente presentado. |
MOVESIII-2795/2021 |
NORDIAN CPO, S.L |
***0688** |
31.991,75 |
14.673,58 |
17.318,17 |
Las facturas presentadas son inferiores al presupuesto inicialmente presentado. |
MOVESIII-2885/2021 |
EULEN SA |
***5173** |
14.500,00 |
2.900,00 |
11.600,00 |
Justifica 4 vehículos de los 5 solicitados. La inversión justificada es inferior a la inversión inicialmente aprobada. |
MOVESIII-2919/2021 |
HOTELES Y APARTAMENTOS, S.A. |
***0101** |
2.951,27 |
534,51 |
2.416,76 |
La factura presentada es inferior al presupuesto inicialmente presentado. |
MOVESIII-2920/2021 |
NEREIDA, S.A. |
***0356** |
2.315,46 |
851,87 |
1.463,59 |
La factura es inferior al presupuesto inicialmente presentado. |
MOVESIII-3929/2021 |
GABINETE DE INVESTIGACIÓN Y CRIMINALISTICA S.L |
***9264** |
1.802,83 |
4,64 |
1.798,19 |
La factura presentada es inferior al presupuesto inicialmente presentado. |
MOVESIII-4295/2021 |
MARIA ANTONIA GOXENCIA ROQUES |
***9070** |
7.000,00 |
2.500,00 |
4.500,00 |
No se desguaza el vehículo indicado en la solicitud, por tanto no corresponde la ayuda adicional por desguace. |