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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 376052
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se ordena la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para el ingreso por el turno de promoción interna vertical al cuerpo superior, incluida la reserva para personas con discapacidad, para cubrir plazas de personal funcionario en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

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Texto

Antecedentes

1. Mediante Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 19 de diciembre de 2022 se aprobaron la convocatoria, las bases, los ejercicios, temario y el baremo de méritos de las pruebas selectivas para el ingreso, por turno libre y por el turno de promoción interna vertical y por el turno de promoción interna cruzada, incluida la reserva para personas con discapacidad, para cubrir plazas de personal funcionario en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm.165, de 20 de diciembre de 2022)

2. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 2 de noviembre de 2023 se aprobaron las listas definitivas de personas admitidas condicionalmente y de personas excluidas, con expresión de la causa  de exclusión, de las pruebas selectivas para el ingreso por el turno de promoción interna vertical y por el turno de promoción interna cruzada, incluida la reserva para personas con discapacidad, para cubrir plazas de personal funcionario en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, convocadas por  Resolución de 19 de diciembre de 2022

3. En fecha 16/04/2024 se hizo pública la lista provisional de puntuaciones obtenidas en la fase de concurso del turno de promoción interna vertical cuerpo superior Mallorca incluida la reserva de personas con discapacidad, de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y se otorgó un plazo de 3 días hábiles para efectuar las reclamaciones pertinentes sobre la valoración provisional de méritos.

4. El 10/05/2024 se publica la lista provisional de personas aspirantes seleccionadas del concurso oposición del turno de promoción interna vertical en el cuerpo superior de los cuerpos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

5. Una vez finalizadas las pruebas selectivas para el ingreso por el turno de promoción interna vertical al cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Tribunal Calificador ha elevado a la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas la lista definitiva de personas aspirantes seleccionadas con el orden de prelación final.

Fundamentos de derecho

1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

3. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

4. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. El Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears

6. Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 19 de diciembre de 2022 por la que se aprobaron la convocatoria, las bases, los ejercicios, temario, y el baremo de méritos de las pruebas selectivas para el ingreso , por el turno libre y por el turno de promoción interna vertical y por el turno de promoción interna cruzada, incluida la reserva para personas con discapacidad, para cubrir plazas de personal funcionario en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El Decreto 36/2004, de 16 de abril, por el que se regula el acceso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

8. Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio; por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto; por el Decreto 1/2024, de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de las listas de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso por el turno de promoción interna al cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, con el orden de prelación final que figura en el Anexo I de esta Resolución.

2. Publicar como Anexo II la lista de puestos de trabajo vacantes que se ofrecen a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas mencionadas, a efectos de que soliciten el destino.

3. Establecer que, en el plazo de veinte días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de esta Resolución, las personas aspirantes seleccionadas deben presentar, en el Registro General del Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), en el de la consejería competente en materia de función pública o en cualquier otra de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los siguientes documentos: 

a) Copia auténtica del título académico exigido en cada convocatoria o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.

b) Copia auténtica del certificado acreditativo de los conocimientos de lengua catalana.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separados mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitados de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por una resolución judicial para acceder al cuerpo o escala del funcionariado del que hubieran sido separados o inhabilitados, según modelo que facilitará la dirección general competente en materia de función pública, que se adjunta a esta Resolución como anexo IV.

En el caso de ser nacionales de otro estado, deben acreditar no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público.

d) Escrito en el que se eligen, de mayor a menor interés, los puestos de trabajo ofrecidos. La solicitud debe incluir todos los lugares (anexo V).

Mediante la solicitud correspondiente, las personas que hayan aprobado por el turno de promoción interna y que ocupen, como destino definitivo, la categoría inferior de un puesto de trabajo que esté adscrito a dos grupos funcionariales pueden optar por continuar en el mismo puesto de trabajo, si así lo permite la relación de puestos de trabajo. La solicitud debe presentarse en el mismo plazo que el establecido para el resto de documentación.

De conformidad con el artículo 41.7 del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears , los aspirantes aprobados que ejerzan esta opción serán excluidos del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo de la promoción interna y los puestos se adjudicarán a los siguientes aspirantes que hayan superado el proceso de promoción interna

e) Certificación acreditativa, en su caso, del reconocimiento de la condición legal de discapacidad en un nivel igual o superior al 33% y del tipo de discapacidad a que se refiere la base 4 de esta convocatoria cuando se trate de personas que hayan aprobado por turno de reserva para personas con discapacidad a las que hace referencia el artículo 2 del Decreto 36/2004.

f) No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, de acuerdo con lo que establece el artículo 28 de la Ley 39/2015, la EBAP debe comprobar de oficio los documentos emitidos por administraciones públicas que consten en la plataforma de intermediación de datos u otros sistemas habilitados al efecto.

De acuerdo con lo anterior, salvo que el aspirante manifieste expresamente su negativa, la EBAP verificará de oficio los documentos señalados en los apartados a), b) y e) referentes a titulación académica, al nivel de conocimientos de lengua catalana que se indica en la base y certificación acreditativa de la condición legal de discapacidad.

Sin embargo, la EBAP no comprobará de oficio los certificados de lengua catalana declarados equivalentes que no se encuentren inscritos en el Registro de Personal de la Dirección General de Función Pública, excepto si la persona aspirante manifiesta que ha aportado el certificado en algún otro procedimiento tramitado por la EBAP, indicando el procedimiento concreto y si no han transcurrido más de cinco años desde su finalización. Si no se da esta circunstancia, la persona aspirante deberá aportar el certificado en el plazo establecido en esta base.

4. Ordenar que, si la persona aspirante seleccionada no presenta la documentación dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, que deben ser debidamente constatados y, en su caso, apreciados por la Administración mediante resolución motivada, o si en examinar la documentación se deduce que falta alguno de los requisitos exigidos, la persona interesada no puede ser nombrada funcionaria y quedan anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

5. Establecer que las plazas deben adjudicarse de conformidad con el orden final de prelación de las personas aprobadas, de acuerdo con la petición de destino efectuada por la persona interesada.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 11 de junio de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antonia Maria Estarellas Torrens

 

ANEXO 1 Lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso por el turno de promoción interna al cuerpo superior de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

OPOSICIONES 2022 Cuerpo superior Mallorca promoción interna vertical

DNI APELLIDOS, NOMBRE Puntuación Orden

***0390*

TORRANDELL FIOL, JAIME

93,745

1

***2145*

ROJO EYARALAR, MARIA ISABEL

93,500

2

***0544*

ALEMANY ROSSELLO, JUANA MARIA

90,885

3

***3243*

REYNES TORRENS, M.MAGDALENA

90,489

4

***6923*

PIQUERAS FERNANDEZ, Mª ISABEL

88,668

5

***3186*

PASCUAL GINARD, MARIA DEL PILAR

88,512

6

***0921*

BIBILONI SAEZ, CATALINA

86,894

7

***2880*

ALOMAR SITJAR, TERESA

86,656

8

***4576*

BONNIN CASTELL, RAFAEL

85,101

9

***7751*

URBANO VERDERA, BERNARDO

84,888

10

***2359*

QUETGLAS TERRASA, MARGARITA

84,824

11

***0704*

BENNASSER POQUET, MARTINA

84,559

12

***4752*

CARRERAS BARRUECO, ANA

84,548

13

DNI APELLIDOS, NOMBRE Puntuación Orden

***7246*

ROTGER DAVIU, JOANA MARIA

84,125

14

***2072*

PERELLO COSTA, ANTONI

81,951

15

***2541*

ISERN TORAL, MERCEDES

81,948

16

***4439*

MORANTA SASTRE, ANA MARIA

81,793

17

***8165*

POU MOLINA, YOLANDA

81,624

18

***1991*

MARROIG POU, MARIA ANTONIA

80,339

19

***8977*

SEGUI TORRES, MARIA DEL CARMEN

80,303

20

***9202*

RAMIS PERICAS, ARNAU

79,884

21

***9208*

ADROVER SUÑER, GUILLEM

79,616

22

***4576*

SALAS GARIJO, PALOMA

79,354

23

***2792*

BENNASAR PERELLO, M. GLORIA

77,882

24

***2794*

PAREJA HAGENAERS, CRISTINA

77,809

25

***5064*

MARTINEZ MARIN, LORENA

76,920

26

***6553*

PEREZ PEREZ, AFRICA

76,315

27

***1295*

BURGOS PONS, ANTONIA

75,681

28

***8965*

FULLANA CANALS, ROSA

75,669

29

***7413*

RODRÍGUEZ FRAU, FRANCISCA

75,522

30

***1530*

RUIZ MASACHS, ANA

75,458

31

***6998*

NIGORRA PEINADO, SONIA

73,152

32

 

OPOSICIONES 2022 Cos superior Mallorca promoción interna vertical reserva

DNI APELLIDOS, NOMBRE Puntuación Orden

***8676*

M.R.,B

77,115

1

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