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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

Núm. 374063
Acuerdo del Pleno de fecha 9 de mayo de 2024, relativo a la aprobación inicial de la modificación del acuerdo de la Mesa General de Negociación de fecha 15 de noviembre de 2018, en materia de carrera profesional

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.3 y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se somete a información pública el acuerdo de aprobación inicial de la modificación del acuerdo de la Mesa General de Negociación en materia de carrera profesional, de fecha 9 de mayo de 2024, que literalmente dice:

«Expediente n.º: 1581/2024 Acuerdo de Pleno Procedimiento: Carrera profesional

Visto el acuerdo de la Mesa General de Negociación del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento, de fecha 7 de noviembre de 2018, relativo a la aprobación de la carrera profesional del personal del Ayuntamiento de Bunyola, aprobado por acuerdo del pleno, en sesión celebrada el 15 de noviembre de 2018.

Visto que en la sesión extraordinaria de la Mesa General de Negociación, celebrada el día 11 de marzo de 2024, se llevó la modificación del mencionado acuerdo.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.y) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción del siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Aprobar la modificación del acuerdo de la Mesa General de Negociación del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento, de fecha 7 de noviembre de 2018, relativo a la aprobación de la carrera profesional del personal del Ayuntamiento de Bunyola, en el sentido siguiente:

«Punto 7.6.

Respecto del personal que trabaje a tiempo parcial o con jornadas reducidas se tiene que hacer una reducción proporcional de la retribución por carrera profesional.»

Este punto quedará redactado de la siguiente manera:

«Punto 7.6.

Respecto del personal que trabaje a tiempo parcial o con jornadas reducidas, estos cobrarán igual el 100% de la carrera profesional.»

SEGUNDO. Disponer la publicación de este acuerdo al BOIB.

 

(Firmado electrónicamente: 4 de junio de 2024

El alcalde-presidente Juan Antonio Riera Llabres)