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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 372436
Requerimiento de documentación complementaria en el trámite de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2024)

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Texto

1. El 26 de diciembre de 2023, en el BOIB nº. 164, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023 por la que por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2024 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa FEDER 2021-2027.

2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular. Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han detectado que falta una serie de documentación en los expedientes, que se detalla en la siguiente tabla, y que el interesado debe aportar, de acuerdo con el apartado séptimo de la resolución de la convocatoria de referencia.

Expediente

Solicitante

NIF

Anomalías

 FOTOPAR24-661/2024

FONT COLL, BARTOLOME

***0513**

ACLARACIÓN: En el caso de instalaciones aisladas, debe acreditarse la legalidad del lugar de emplazamiento de la instalación con uno de los siguientes documentos: un certificado del ayuntamiento que acredite la legalidad, la cédula de habitabilidad, copia de la licencia de obras en vigor o el certificado de final de obra

 FOTOPAR24-1001/2024

JAKOBSEN, KATALIN

****2179*

- Solicitud (documento normalizado 1): El documento 1 tiene mal cumplimentada la potencia de las placas (kWp). Los datos de la inversión sin IVA y con IVA no coinciden con los informados en la memoria técnica. El sistema de almacenamiento no es subvencionable puesto que la instalación no es aislada. Aclarar las divergencias.

 - Memoria técnica con presupuesto detallado de las actuaciones (documento normalizado 2): La memoria técnica no incluye el emplazamiento de la instalación. Las baterías no pueden ser objeto de subvención si no van acompañadas de una nueva instalación fotovoltaica aislada o la ampliación de una instalación fotovoltaica aislada existente. Informan a un CUPS pero presentan justificante de envío de instalaciones aisladas (UDIT). Aclarar las divergencias

En caso de que no presente la documentación mencionada en el plazo de diez días desde la publicación de esta comunicación en el BOIB, se le tendrá por desistido de su petición, dado el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, previa resolución que declarará concluido el procedimiento y ordenará el archivo de las actuaciones realizadas hasta ese momento, de acuerdo con el artículo 21 de esta ley.

 

Palma, 10 de junio 2024

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez