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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 366182
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se conceden las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1, 2 y 3)

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Texto

Hechos

1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm.125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).

2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta Resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria.

3. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han emitido un informe favorable de los siguientes aspectos:

  • Las personas o entidades solicitantes, por su naturaleza, pueden ser beneficiarias de subvenciones.
  • Las personas o entidades han adjuntado la documentación prevista en la convocatoria.
  • Las personas o entidades solicitantes están al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración tributaria, tanto la estatal como la autonómica.

4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, en aplicación del procedimiento de concesión que establece el apartado undécimo de la mencionada Resolución, han informado favorablemente sobre la concesión de las subvenciones descritas en el anexo, las cuales se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.

5. Aquellas personas o entidades que presentaron una solicitud de subvención que superaba la ratio de almacenamiento frente a la potencia pico de generación que dicta la convocatoria, se los propone solo la parte correspondiente a la ayuda relativa a la generación y no se considera elegible la instalación de almacenamiento.

6. El 18 de abril de 2024, se emitió la Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se conceden subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1,2 y 3) (BOIB nº.54, de 23 de abril de 2024).

7. Con posterioridad, se ha detectado que el expediente NEXTG123-567/2021, RAMON COSTA S.L., que aparece en el anexo de la Propuesta mencionada en el punto anterior, ya había salido publicado en una Propuesta de resolución de concesión anterior (BOIB núm.49, de 13 de abril de 2024), y por tanto se ha eliminado del anexo de esta Resolución.

8. Se ha agotado el plazo que se concedía para presentar alegaciones sin que se hayan presentado.

9. El 15 de mayo de 2024, se emitió la Propuesta de resolución definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se conceden subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1, 2 y 3) (BOIB nº 49, de 13 de abril de 2024).

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

5. El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.

6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB n.º 125, de 11 de septiembre de 2021).

7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB nº137, de 22 de octubre de 2022).

8. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la cual se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

9. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector de servicios y otros sectores productivos de la economía, y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector de servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo «NextGenerationEU» (BOIB núm.41, de 26 de marzo de 2024).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la concesión de una subvención para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios i otros sectores productivos del a economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos por un importe total de 238.090,63 euros y 22 beneficiarios . En el anexo de esta propuesta figuran los datos de cada beneficiario sobre la concesión de la subvención.

2. Autorizar y disponer el gasto de 238.090,63 euros a los 22 beneficiarios que figuran en el anexo y por los importes que se detallan para cada uno de ellos con cargo a la partida presupuestaria indicada en el anexo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Los fondos para la concesión de la ayuda proceden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Fondos NextGenerationEU.

3. Disponer que las inversiones objeto de la solicitud se tienen que hacer y justificar desde la fecha de registro de la solicitud (con las excepciones establecidas en el apartado 4.c de la resolución de convocatoria) hasta un máximo de dieciocho meses desde la publicación en el BOIB de la resolución definitiva de concesión.

4. Establecer que el pago y la justificación se deben realizar de acuerdo con lo dispuesto en el apartado decimotercero de la convocatoria de subvenciones.

5. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir lo que dispone el apartado decimoséptimo de la Resolución de consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021.

6. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, da lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por lo tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.

7. De acuerdo con el artículo 9.t de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, las personas o entidades beneficiarias tienen que garantizar el pleno cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH por sus siglas en inglés — Do no significant harm—) y el etiquetado climático y digital, y de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el cual se establece el Mecanismo de recuperación y resiliencia; como también de aquello requerido en la Decisión de ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España.

8. De acuerdo con el artículo 11 de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 por la cual se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, el beneficiario tiene la obligación de reconocer el origen y garantizar la visibilidad de la financiación de la Unión atendido el artículo 9.3.d de la Orden HFP/1030/2021.

9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 29 de mayo de 2024

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm.103, de 22/07/2023)

 

ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les otorga la subvención (NEXTG123)

Núm.

Expediente

Fecha registro entrada

Solicitante

NIF

Partida presupuestaria

Tipo de inversión

Importe inversión

Importe subvención

CONCE

1.

NEXTG123-123/2021

09/10/2021

MERCAPALMA SA

***0217**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 108 kWp

85119.46

28.312,20

0000007120/2024

2.

NEXTG123-124/2021

09/10/2021

MERCAPALMA SA

***0217**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 108 kWp

88421.89

28.312,20

0000007121/2024

3.

NEXTG123-208/2021

09/11/2021

FONTANA INSTAL.LACIONS SL

***6278**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica aislada de 11,70 kWp. El importe es bastante menos del pedido, cuya cuantía está calculada según el RD 477/2021.

19.868,42

3.726,45

0000007122/2024

4.

NEXTG123-353/2021

12/01/2022

EL FARO DE CALA TORRET,SL

***5570**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 8,80 kWp

8.780,00

3.951,00

0000007123/2024

5.

NEXTG123-475/2021

24/02/2022

HOTELERA LLAHO SL

***0631**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 41,40 kWp en municipio de menos de 5.000 habitantes o municipios de reto demográfico

33.948,00

13.579,20

0000007124/2024

6.

NEXTG123-523/2021

17/03/2022

BARCELO PLANAS ESTETICA SLU

***9651**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación de autoconsumo fotovoltaico de 20kWp.

32.947,00

6.370,00

0000007125/2024

7.

NEXTG123-622/2021

11/11/2021

XILATI MALLORCA SL

***7830**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 6,65 kWp con baterías de 11,04 kWh. El importe es bastante menos del pedido, cuya cuantía está calculada según el RD 477/2021

17.345,00

7.143,09

0000007126/2024

8.

NEXTG123-625/2021

16/11/2021

FINHIP SL.

***3284**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 4.50 kWp

5.971,07

2.405,70

0000007127/2024

9.

NEXTG123-632/2021

12/04/2022

PROJEKTGESELLSCHAFT CALA RATJADA HOMES GMBH & CO. KG

***8455**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 21,60 kWp

23.175,24

6.879,60

0000007128/2024

10.

NEXTG123-634/2021

13/04/2022

CARLOS ISCAR SL

***5011**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 45,36 kWp

41.731,20

14.361,21

0000007129/2024

11.

NEXTG123-771/2021

22/06/2022

TEICHERT VERMOEGENSVERWALTU NGS SLU

***5260**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 9,45 kWp con baterías de 12,80 kWh

20.042,14

9.211,97

0000007130/2024

12.

NEXTG123-794/2021

30/06/2022

CAMP ROIG PANIFICACIONS, S.L.

***1812**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 100 kWp

83.200,00

29.120,00

0000007131/2024

13.

NEXTG123-803/2021

04/07/2022

 TMAST CREATIVE INVESTMENT MALLORCA SL 

***1819**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 7,22 kWp

11.168,18

3.859,81

0000007132/2024

14.

NEXTG123-808/2021

06/07/2022

JAIME MASCARO SA

***0664**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 95,58 kWp en municipio de menos de 5.000 habitantes o municipios de reto demográfico

73.700,00

22.110,00

0000007133/2024

15.

NEXTG123-819/2021

11/07/2022

COUNTRY CLUB SON CLARET SL

***6566**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Ampliación de 72,90 kWp en instalación fotovoltaica existente

70.971,45

16.584,75

0000007134/2024

16.

NEXTG123-828/2021

14/07/2022

BISUART FERRERIES SL

***8578**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 7,49 kWp en municipio de menos de 5.000 habitantes o municipios de reto demográfico

7.662,45

3.893,02

0000007135/2024

17.

NEXTG123-846/2021

26/07/2022

NADAL VERDERA, ANTONIO

***2533**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 12.45 kWp. El importe es bastante menos del pedido, cuya cuantía está calculada según el RD 477/2021

11.154,18

3.965,33

0000007136/2024

18.

NEXTG123-1176/2021

02/12/2022

SABATER RIERA, RAFAEL

***2920**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 10 kWp

13.573,49

5.346,00

0000007137/2024

19.

NEXTG123-1202/2021

18/12/2022

CERDA OBRADOR ALIMENTACIO, SL

***8361**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 34,20 kWp. El importe es bastante menos del pedido, cuya cuantía está calculada según el RD 477/2021

39.080,96

10.892,70

0000007138/2024

20.

NEXTG123-1206/2021

19/12/2022

VADELL FERRER, JUAN

***2673**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica de 7,28 kWp

9.962,54

3.611,33

0000007139/2024

21.

NEXTG123-1221/2021

22/12/2022

INVERSIONS NIU ALARO S.L

***5089**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Instalación fotovoltaica aislada de 3,27 kWp con baterías de 16 kWh

16.569,60

6.948,14

0000007140/2024

22.

NEXTG123-1222/2021

22/12/2022

LENDLE TELLEZ S.L.P

***5953**

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR021

Ampliación de 4,68 kWp y baterías de 15,4 kWh a una instalación fotovoltaica existente

30.873,20

7.506,93

0000007141/2024

IMPORTE TOTAL

 

 

 

 

 

 

 

238.090,63