Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 365946
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de junio por el cual se declaran como inversión de interés autonómico las obras de ampliación de la IES Sant Marçal, y se considera sistema general de equipamiento público docente en suelo urbano la parcela catastral 7958605DD7875N0001TH, de propiedad municipal, ubicada en el término municipal de Marratxí, de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Uno de los objetivos del Gobierno de las Islas Baleares, en conformidad con el Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, es garantizar el derecho a la educación de calidad y acceder en condiciones de igualdad.
Así mismo, de acuerdo con el Estatuto, las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, para cumplir las finalidades que les son propias y en el marco de las competencias que les atribuye este Estatuto, tienen que promover, como principios rectores de la política económica y social, el desarrollo sostenible encaminado al pleno empleo, la cohesión social y el progreso científico y técnico, de forma que se asegure a toda la ciudadanía el acceso a los servicios públicos y el derecho a la salud, la educación, la vivienda, la protección social, el ocio y la cultura.
El capítulo I del Título V de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares (BOIB n.º 38, de 17 de marzo), modificada por el Decreto Ley 4/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Islas Baleares, regula la red de centros educativos de las Islas Baleares. En el artículo 102, de Creación de centros, establece que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde en el Gobierno de las Islas Baleares, que tiene que establecer los tipos de enseñanzas que se desarrollarán. En su punto 3 del mismo artículo determina que el Gobierno de las Islas Baleares tiene que promover una red de centros públicos suficiente para cubrir la demanda de la población escolar de las Islas Baleares.
Con el fin de cumplir estos objetivos, se considera necesario y urgente adecuar la red pública de equipamientos, de forma que permita afrontar las demandas en materia sanitaria, educativa y social de la población, motivada no solo por el importante incremento que ha experimentado la población residente en las Islas Baleares, sino también por la situación de paralización que la crisis económica ha causado. Así pues, a fin de paliar estas deficiencias en el lapso de tiempo más breve posible, el día 20 de enero de 2018, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto Ley 3/2024, de 24 de mayo, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Islas Baleares.
El Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece la regulación relativa en los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Islas Baleares con el fin de atender la demanda creciente de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto Ley (Art.1).
En cuanto a la atención de las demandas en el ámbito de la educación y a la adecuación de la red pública de equipamientos, mediante el Real Decreto 1876/1997, de 12 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de enseñanza no universitaria, se hizo efectivo el traspaso de las competencias en materia de enseñanza no universitaria y la Comunidad Autónoma asumió, entre otros, la competencia en materia de «la elaboración, supervisión, aprobación, contratación y ejecución de proyectos de nuevas construcciones, reforma, ampliación o mejora de las existentes, así como, la dotación y el equipamiento en lo referente a los centros públicos. Convocatoria y resolución de concursos y proyectos de edificios y material [...]».
Corresponde a la Conselleria de Educación y Universidades, a través de la Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo, entre otras competencias, la coordinación de las infraestructuras educativas de acuerdo con el artículo único apartado 7 del Decreto 4/2024, de 17 de mayo, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, y por el Decreto 1/2024, de 4 de enero.
El Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, establece la regulación relativa a los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Islas Baleares con el fin de atender la demanda creciente de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto Ley.
El IES Sant Marçal se construyó como un centro de 16 unidades de ESO. De acuerdo con el crecimiento poblacional del municipio de Marratxí y las necesidades de escolarización, en el IES Sant Marçal se han instalado a lo largo de los años 4 aulas modulares y el centro actualmente ya imparte Bachillerato.
Ante esta situación, se ha planteado la ampliación del centro para conseguir una configuración final de 20 unidades de ESO y de 8 de bachillerato. La Consellería de Educación y Universidades, por medio del Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC) está finalizando la redacción del proyecto ejecutivo de estas actuaciones.
El edificio actual del IES Sant Marçal se encuentra en una parcela de 9157,97m2. La ampliación se plantea en una porción de 4100m2 de la parcela con referencia catastral 7958605DD7875N0001TH de titularidad municipal y de superficie 6617,31 m².
Para poder llevar a cabo la ejecución del proyecto, el pleno del Ayuntamiento de Marratxí en sesión ordinaria de día 26 de marzo de 2024 adoptó, entre otros, el acuerdo de “Ceder a la Consellería de Educación y Universidades el solar identificado como número A2 en proyecto de parcelación con una superficie de 4.100m2 descrito en la parte expositiva, para destinarlo a la ampliación de la IES SANT MARÇAL. Conforme con el artículo 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, si los terrenos no fueran destinados al uso indicado o dejaran de serlo posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirán estos al Ayuntamiento de Marratxí. El cumplimiento del destino para el cual se ha otorgado la cesión tendrá que cumplirse dentro de un plazo de 5 años, manteniéndose durante los 30 años siguientes”.
Estos terrenos, según el informe municipal, tienen la calificación de zona de EQ1.2072/P, aunque está contemplado como EQ-Comercial en el proyecto de compensación.
De acuerdo con lo que se ha expuesto anteriormente, es del todo necesario iniciar con carácter de urgencia los trámites oportunos para la ampliación del IES Sant Marçal.
De acuerdo con lo que recoge el artículo 8.6 del Decreto Ley 1/2018, la Administración dispone de un plazo de dos años desde la declaración de interés autonómico para presentar el proyecto y otros dos, a continuación, para iniciar la ejecución, mientras que el incumplimiento de cualquier de ellos determina la caducidad de la declaración.
De acuerdo con el artículo 7 del Decreto Ley 1/2018, en relación con el artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión de las Islas Baleares, corresponde al Consejo de Gobierno declarar como inversión de interés autonómico un equipamiento público de uso educativo.
De acuerdo con todo lo anteriormente expuesto, el Consejo de Gobierno a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión del día 7 de junio de 2024 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
Primero. Declarar inversión de interés autonómico las obras de ampliación del IES Sant Marçal, y considerar sistema general de equipamiento público docente en suelo urbano la parcela catastral 7958605DD7875N0001TH, de propiedad municipal, ubicada en el término municipal de Marratxí, de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Marratxí.
Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 7 de junio de 2024
La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens