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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 363527
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se nombra personal estatutario fijo y se adjudican plazas a las personas que han superado el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de cardiología del Servicio de Salud convocado por medio de la Resolución de 12 de diciembre del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Antecedentes

1. El 3 de diciembre de 2022 se publicó la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueban las bases generales y el baremo de méritos que deben regir las convocatorias de los procesos de selección por medio de la modalidad de concurso oposición derivados de la oferta de empleo público adicional de estabilidad ordinaria y excepcional de estabilización para el año 2022 del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 157, de 3 de diciembre de 2022).

Esta Resolución se modificó mediante la Resolución de 28 de febrero de 2023 (BOIB Núm. 27, de 2 de marzo de 2023) y la Resolución de 21 de enero de 2024 (BOIB Núm. 12, de 25 de enero de 2024).

2. El 20 de diciembre de 2022 se publicó la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueban y publican las convocatorias específicas de procesos selectivos, por el sistema de concurso extraordinario y/o concurso oposición, derivados de la oferta de empleo público adicional de estabilidad ordinaria y excepcional de estabilización para el año 2022, de las diferentes categorías profesionales, para acceder a plazas vacantes de personal estatutario fijo, dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 165, de 20 de diciembre de 2022).

3. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 9 de mayo de 2024 —publicada en el web www.ibsalut.es y en la sede electrónica del Gobierno de las Islas Baleares— se aprobó la lista de candidatos que habían superado el proceso selectivo y se abrió un plazo de diez días hábiles para que presentaran la documentación oportuna.

4. Una vez vencido dicho plazo y revisada la documentación presentada, es procedente aprobar la resolución de nombramiento de personal estatutario fijo y de adjudicación de las plazas a los candidatos que han acreditado documentalmente que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria.

5. Una vez comprobada la documentación presentada según el punto 8.2 de las bases generales del concurso oposición, se ha comprobado que los aspirantes siguientes no cumplen alguno de los requisitos.

· Sr. Pérez Castellanos, Alberto: Concurre en la misma categoría profesional en la que ya tiene un nombramiento como personal estatutario fijo (punto 8.2.j), BOIB núm. 157, de 3 de diciembre de 2022.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

2. La Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

4. La disposición transitoria segunda de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, sin perjuicio de la aplicación de la disposición adicional decimotercera del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares, corregido por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2022 y modificado por la disposición final sexta de la Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Islas Baleares.

 

5. La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia contra la violencia (artículo 57) y el Acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud de 26 de mayo de 2016, disponen que hay que certificar no haber sido condenado por una sentencia firme por algún delito de naturaleza sexual cometido con menores. En este sentido, las personas seleccionadas que hayan obtenido una plaza de una categoría profesional relacionada directamente con el trato habitual con menores de edad deben acreditar este requisito.

6. La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (BOE núm. 312, de 29 de diciembre de 2021).

7. El Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social —vigente con rango reglamentario y sin carácter básico en virtud de la disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003.

8. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de mayo de 2022 por el que se aprueba la oferta de empleo público adicional de estabilidad ordinaria y excepcional de estabilización para el año 2022 del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm.67/2022).

9. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2022 por el que se rectificaron los errores del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de mayo de 2022 por el que se aprueba la oferta de empleo público adicional de estabilidad ordinaria y excepcional de estabilización para el año 2022 del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 141/2022).

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1. Nombrar como personal estatutario fijo de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de cardiología dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares a las personas que figuran en el anexo 1 de esta resolución.

Este nombramiento está sujeto al hecho de que las personas que no hayan acreditado el requisito del nivel B2 de conocimientos de catalán y que estén en servicio activo en la fecha de vencimiento del plazo para presentar solicitudes en el Servicio de Salud de las Islas Baleares en esta misma categoría profesional están obligadas a acreditar dicho nivel en el plazo de dos años a contar desde la fecha de la toma de posesión; en caso contrario, serán removidas de la plaza por medio del procedimiento correspondiente y pasarán a estar en la situación de adscripción provisional.

2. Adjudicar las plazas, según se indica en el anexo 2, a los candidatos que han superado las pruebas selectivas para el ingreso por el turno libre, después de haber presentado la documentación pertinente, de acuerdo con la petición efectuada por los candidatos y la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

3. Excluir a las personas que se indican en el anexo 3 por no cumplir los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.

4. Determinar que la toma de posesión debe efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y que perderán el derecho a tomar posesión de la plaza las personas que no se incorporen al destino correspondiente dentro de dicho plazo, excepto en los casos de imposibilidad acreditada y apreciada por el órgano convocante.

5. Establecer que, antes de tomar posesión de la plaza, cada adjudicatario ha de hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo en el sector público ni que lleva a cabo ninguna actividad de las que comprende el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. En el caso de que lleve a cabo alguna actividad privada —incluidas las de carácter profesional—, tiene la obligación de declararlo dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de la toma de posesión, a fin de que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.

6. Determinar que, de acuerdo con el párrafo segundo de la base 24 de la convocatoria, las personas que hayan obtenido un destino definitivo no pueden participar en ningún concurso de provisión de plazas durante un plazo mínimo de dos años a contar desde el día en que hayan tomado posesión de la plaza, excepto que en una primera convocatoria haya quedado desierta.

Asimismo, durante el mismo periodo de dos años, no podrán concederse a las personas adjudicatarias comisiones de servicios. Excepcionalmente, esta prohibición queda sin efecto cuando exista una necesidad asistencial debidamente acreditada.

7. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

​​​​​​​Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.​​​​​​​

(Firmado electrónicamente: 6 de junio de 2024)

El director de Gestión y Presupuestos Yago Gómez Pérez Por ausencia (art. 27.1 Decreto 79/2003) El director general por delegación de la consellera de Presidencia y Administraciones Públicas (BOIB núm. 109, de 5 de agosto, de 2023

 

ANEXO 1 Lista de nombramientos de personal estatutario fijo de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de cardiología

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

***3408**

Rosselló Lozano , Francisco Javier

***7556**

Millan Segovia , Raúl

***7036**

Mas Llado , Caterina

***6586**

Rodríguez Gabella , Tania

***4403**

Vives Borras , Miguel

***6850**

Morcuende González , Antonio

 

ANEXO 2 Lista de adjudicación de plazas de la categoría facultativo/facultativa especialista de área de cardiología

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

Descripción

***3408**

Rossello Lozano , Francisco Javier

Hospital Universitario Son Espases

***7556**

Millan Segovia , Raul

Hospital Universitario Son Espases

***7036**

Mas Llado , Caterina

Hospital Universitario Son Espases

***6586**

Rodriguez Gabella , Tania

Hospital Universitario Son Espases

***4403**

Vives Borras , Miguel

Hospital Universitario Son Espases

***6850**

Morcuende Gonzalez , Antonio

Hospital Comarcal Inca

 

ANEXO 3 Lista de excluidos

Núm. doc. identidad

Apellidos, nombre

***4104**

Pérez Castellanos, Alberto