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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 363259
Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 4 de junio de 2024 por la que se modifica la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 26 de marzo de 2024 por la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño, de maestros de taller de artes plásticas y diseño, de maestros y de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional en las Illes Balears

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Texto

Con fecha 26 de marzo de 2024, el director general de Personal Docente y Centros Concertados dictó la Resolución por la que se convocan las pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño,  de maestros de taller de artes plásticas y diseño, de maestros y de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional en las Illes Balears (BOIB núm. 45, de 4 de abril de 2024)

Posteriormente a la publicación de la Resolución de 26 de marzo de 2024 se han advertido unos errores por omisión, que se proceden a corregir, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la presente Resolución.

Resolución

Primero. Modificar el anexo 4, en el apartado de programación didáctica, de la Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 26 de marzo de 2024 mencionada, en el sentido de incorporar los apartados que se relacionan a continuación:

Cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño

La unidad didáctica debe estar referida a una asignatura de los estudios superiores de diseño o a uno de los módulos de los ciclos formativos en el que tenga atribución de competencia docente la especialidad a la que se opta en la familia profesional correspondiente. No se puede realizar la unidad didáctica de un módulo de formación práctica en empresas, estudios y talleres.

Cuerpo de maestros de taller de artes plásticas y diseño

La unidad didáctica debe estar referida a uno de los módulos de los ciclos formativos al que tenga atribución de competencia docente la especialidad a la que se opta en la familia profesional correspondiente. No se puede realizar la unidad didáctica de un módulo de formación práctica en empresas, estudios y talleres.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante el director general de Personal Docente y Centros Concertados en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,  y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Palma, (firmado electrónicamente: 6 de junio de 2024) El director general de Personal Docente y Centros Concertados Ismael Alonso Sánchez Por delegación del consejero de Educación y Universidades  (BOIB núm. 19, de 08/02/2024)