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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 357314
Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas por la que se nombran personal funcionario de carrera del cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas por la Resolución de 7 de marzo de 2023 y se les adjudica un puesto de trabajo

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, de 17 de mayo de 2024 (BOIB núm. 67, de 21 de mayo), se publicó la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas por Resolución de 7 de marzo de 2023 (BOIB núm. 67, de 11 de marzo) y se publicó la lista de puestos vacantes que se ofrecen a efectos de la adjudicación.

2. Después de que las personas aspirantes aprobadas hayan presentado los documentos y la solicitud de destino, deben ser nombradas personal funcionario de carrera del cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

 2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la comunidad autónoma.

4. Decreto 74/2016, de 23 de diciembre, por el que se regula la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. La Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se aprueban la convocatoria, las bases, los ejercicios y temario, y el baremo de méritos, y se designa al Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso , por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

8. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.

9. El Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escola Balear de Administración Pública.

Per tot això, dict la següent

Resolución

1. Nombrar personal funcionario de carrera del cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a las siguientes personas:

CUERPO ABOGACIA MALLORCA

DNI

APELLIDOS, NOMBRE

***1418*

Duran Poo, Aitor Andoni

2. Adjudicar los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que se indica en el anexo de esta Resolución, a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, después de haber presentado la documentación pertinente, de acuerdo con las peticiones efectuadas por las personas interesadas y las puntuaciones obtenidas en el proceso selectivo.

3. La toma de posesión debe efectuarse en la conselleria correspondiente, en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, las personas interesadas deben hacer constar que no ocupan ningún puesto de trabajo ni que realizan ninguna actividad en el sector público que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre , de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Si lleva a cabo alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, debe declararlo en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente de la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad.

4. Una vez publicado el nombramiento, para adquirir la condición de funcionario de carrera debe efectuarse el juramento o la promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el ordenamiento vigente y tomar posesión en el plazo reglamentario.

5. Declarar desistidas de su solicitud por caducidad y excluidas del procedimiento, a las personas que no han presentado el escrito de elección de los puestos de trabajo ofrecidos, por orden de preferencia, y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, de acuerdo con la base 12 de la convocatoria.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el Portal del opositor y en la sede electrónica de la CAIB.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas en el plazo de un mes, a contar a partir del siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 3 de junio de 2024)

La consejera de Presidencia y Administraciones Públicas Antònia Maria Estarellas Torrens

Documentos adjuntos