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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 355139
Delegación de competencias del alcalde a favor de los regidores

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Texto

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 46 i 52 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales vigente, se publica el decreto de la Alcaldía sobre Delegación de competencias del alcalde a favor de los concejales, que a continuación se transcribe:

“Decreto de la Alcaldía

Delegación de competencias a favor de los concejales

Vistos los artículos 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público así como el artículo 43 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Para adecuar las delegaciones de competencias a las Bases de Ejecución del Presupuesto, se revoca el anterior decreto de delegación de competencias con el número 2023/5001 de fecha 03-10-2023.

Esta Alcaldía tiene a bien dictar lo siguiente:

1. Delegar a favor de los Concejales que se mencionan y que formaran parte de la Junta de Gobierno, las competencias referidas a las áreas o servicios siguientes:

  • Rosa Odette Torres Fernández, Concejala delegada de Promoción Económica, Comercio, Industria, Turismo, Recursos Humans e Interior.
  • Carmen Cañellas Martín, Concejala delegada de Cultura i Cerámica, Patrimonio Histórico y Patrimonio Municipal.
  • Juan Antonio Estarellas Mateu, Concejal delegado de Contratación, Limpieza Viaria, Parques y Jardines y Deportes.
  • Elvira García Cabrera, Concejala delegada de Servicios Sociales, Igualdad, Salud y Consumo.
  • Francisco José Ferrà Pizà, Concejal delegado de Economía y Educación.
  • Pedro Bestard Martínez, Concejal delegado de Servicios Funerarios y Seguridad Ciudadana.
  • Carlota Ariza Pérez, Concejala delegada de Formación, Trabajo y Juventud.

Por tanto, el Alcalde se reserva y no delega las áreas de Comunicación y Urbanismo.

Estas delegaciones comprenden todas las facultades referidas a la materia delegada que corresponden originariamente al Alcalde, salvo las que según la Ley no sean delegables y las que expresamente se indiquen en este Decreto.

Así, comprenden tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros (decretos).

Se exceptúan de esta delegación la aprobación y firma de los Convenios, y las subvenciones y otras transferencias imputables a los capítulos 4 y 7 del estado de gastos del presupuesto, así como las facultades para la gestión de los gastos correspondientes.

Además, por razones de economía y agilidad administrativa, se exceptúan de la delegación los actos y resoluciones que se adopten previamente a las objeciones formuladas por intervención, así como las facultades de gestión de los gastos de qué se trate.

En concreto, al regidor delegado en materia de Economía le corresponde la dirección y gestión de los servicios de Economía, Intervención, Tesorería, Tributación y Responsabilidad Patrimonial. En todo caso, le corresponden las competencias específicas sobre elaboración, modificación, ejecución (gestión de ingresos y gastos) y liquidación del presupuesto, contabilidad, gestión e inspección tributaria, ordenanzas fiscales, tesorería y recaudación. En materia de gestión de gastos, se exceptúan, además de las mencionadas en los párrafos anteriores, la autorización y disposición de gastos y el reconocimiento y ordenación de pago de las obligaciones relativas a contratos no menores, y a menores de importe igual o superior a 8.000€ (IVA incluido) en obras o 5.000€ (IVA incluido) en el resto de tipos contractuales, que se delegan en el concejal delegado en materia de Contratación; así como la autorización y disposición de gastos y el reconocimiento y ordenación de pago de obligaciones del capítulo 1 “gastos de personal” del presupuesto, de indemnizaciones por razón del servicio y de otorgamiento de préstamos y anticipos al personal de la Corporación.

2. Delegar a favor de los Concejales que se mencionan y de acuerdo con el articulo 46 del Reglamento Orgánico Municipal las competencias referidas a todos los asuntos o cometidos referidos a las áreas o Servicios siguientes:

  • Antonia Coll Bestard, Concejala delegada de Gente Mayor y Ferias y Fiestas.
  • Juan Pizarro Sánchez, Concejal delegado de Movilidad, Transporte Público y Mantenimiento de Via Pública.
  • Manuel Vicente Martínez González, Concejal delegado de Medi Ambiente y Agricultura.
  • Nerea García Serrano, Concejala delegada de Participación Ciudadana, Defensora de la Ciudadanía y Transparencia.

Las facultades que se delegan son las siguientes:

La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, así como la firma de escritos, dictámenes, traslados, publicaciones y anuncios o documentos similares necesarios para la gestión de todos los asuntos relacionados con las materias delegadas.

3. Delegar a favor de los Concejales mencionados en el punto 2 de esta resolución la firma de las resoluciones o actos administrativos correspondientes a las materias delegadas.

4. Que se dé cuenta de esta Resolución en la primera sesión del Ayuntamiento Pleno que se celebre, así como se comunique al resto de áreas municipales e interesados para que tomen conocimiento.

5. La presente resolución surgirá efectos en el mismo momento de su firma y deberá ser publicada en el BOIB y en la sede electrónica municipal.

Lo manda y firma el Alcalde del Ayuntamiento de Marratxí. Doy fe”

 

Marratxí, 27 de mayo de 2024

El alcalde Jaime Llompart Caldés