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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 354310
Resolución del director general de Personal Docente y Centros Concertados de día 3 de junio de 2024, por la que se nombra a los representantes de las organizaciones sindicales que lo han solicitado como personal colaborador en la vigilancia de buen funcionamiento del proceso selectivo convocado por del director general de Personal Docente y Centros Concertados de 26 de marzo de 2024

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Texto

El Decreto 62/2011, de 20 de mayo, por el que se regulan las modalidades de colaboración en las actividades formativas y en los procesos selectivos y de provisión organizados por la Escuela Balear de Administración Pública, y se aprueba el baremo de las indemnizaciones que se derivan, en su artículo 39 establece que las personas representantes de las organizaciones sindicales pueden asistir,  ejerciendo las funciones de vigilancia y vela del buen desarrollo de los procesos selectivos, previstas en el artículo 51 de la Ley 3/2007.

El director general de Personal Docente y Centros Concertados de acuerdo con el apartado 1.a) de la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 30 de enero de 2024 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal en el director general de Personal Docente y Centros Concertados (BOIB núm. 19, de 8 de febrero),  es competente para dictar esta Resolución.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Primero. Nombrar como personal colaborador en la vigilancia del buen funcionamiento del proceso selectivo necesario para el desarrollo de las pruebas, a los miembros de las organizaciones sindicales que lo han solicitado y que se relacionan a continuación:

Calvo García, María Llanos (Alternativa)

García Albújar, Luis (Alternativa)

Prats Parron, Maria Francisca (Alternativa)

Santos Nebot, Miquel Àngel (Alternativa)

Arnal Llabrés, Guillermo (ANPE)

Aroca Ramos, Jorge Juan (ANPE)

Calderon Ramírez, Ana Isabel (ANPE)

Coll Castelló, Bàrbara (ANPE)

Contestí Prats, Ana María (ANPE)

Domínguez Cejudo, Roberto (ANPE)

Guzmán Ibarra, Raquel Evangelina (ANPE)

Herrero Durà, Ester (ANPE)

Ibàñez Melià, Maria Magdalena (ANPE)

Maria Soliveras, Jaume (ANPE)

Maura Pérez, Eufemia (ANPE)

Mondéjar Pou, Ramón Miguel (ANPE)

Oliver Socias, Damián (ANPE)

Parera Salvà, Guillermo Alejandro (ANPE)

Pla Català, Francisco (ANPE)

Pons Domingo, Catalina (ANPE)

Pons González, Alana (ANPE)

Puigserver Bordoy, Guillem Xavier (ANPE)

Ribas Nicolau, Miguel (ANPE)

Rizo Martínez, Carles (ANPE)

Vinseiro Mayol, Maria Jesús (ANPE)

Villatoro González, Víctor (ANPE)

Aguiló Bosch, M. Àngels (CCOO)

Arroyo López, Carolina Pilar (CCOO)

Barceló Riera, Petra (CCOO)

Calvo Rodríguez, Yolanda (CCOO)

Crespo Moncho, Miquel (CCOO)

Devis Luján, Mario Miguel (CCOO)

Duran Rosselló, Pere (CCOO)

Lafarga Alfonso, Dolors (CCOO)

Marín Garrido, José Antonio (CCOO)

Mercant Tomás, Antònia (CCOO)

Parreño Rodríguez, Minerva (CCOO)

Salom Ferrer, Cristina (CCOO)

Vinent Mascaró, Josep (CCOO)

Andújar Badiola, María José (SIAU)

Ballester Gost, Margalida (SIAU)

Bonet i Rullan, Antoni (SIAU)

Crespí i Ferrer, Joan (SIAU)

Nicolau Cladera, Bartolomé (SIAU)

Bauzà Fuster, Miquel Àngel (STEI)

Bibiloni Morro, Catalina (STEI)

Cabrera Villalonga, Carles (STEI)

Carretero Moreno, Rafael (STEI)

Egea Blanco, Mireia (STEI)

Estelrich Rigo, Bartomeu (STEI)

Fabregat Mestre, Jaume (STEI)

García Fuster, Vicenç (STEI)

Garcias Mas, Damiana (STEI)

Hernández Pons, Rubén (STEI)

Hernández Pons, Sara (STEI)

Juan Obrador, Catalina (STEI)

Lomas Torres, Pedro José (STEI)

Morey Illa, Jaume (STEI)

Nadal Fullana, Sebastià Montserrat (STEI)

Perelló Alomar, Maria Antònia (STEI)

Rosselló Horrach, Carolina (STEI)

Sansaloni Pons, Damià (STEI)

Santafé Zarzo, Ricard (STEI)

Segura Gelabert, Lluís (STEI)

Tomàs Nadal, Joan Miquel (STEI)

Tur Planells, Joana (STEI)

Arenas Zarco, Maria (UGT)

Arroyo Manresa, Judith Maria (UGT)

Barrassa Marquet, Aina (UGT)

Cortés Ferri, Raquel (UGT)

Davia Ladrón, Constantino (UGT)

Fullana Arias, Andreu (UGT)

Herraiz Martínez, Rubén (UGT)

Jaume Vidal, Coloma del Pilar (UGT)

López Yeste, Antonia (UGT)

Mayol Salvà, Margalida (UGT)

Moreno García, Jacqueline (UGT)

Picó Veny, Antoni (UGT)

Carbonell Crespí, Bartomeu (UOB)

Carmona Roca, Maria Dolors (UOB)

Delgado Paredes, Yolanda (UOB)

Farelo Moyà, Isabel (UOB)

Freitas Cortés, Aina (UOB)

Llobet Buscató, Elisabet (UOB)

Llobet Buscató, Xavier (UOB)

Moll Bosch Sònia Àngels (UOB)

Palmer Forés, Ignasi (UOB)

Roselló Enrich, Bernat (UOB)

Torres Mesquida, Josep (UOB)

Vives Ferrer, Gabriel (UOB)

Segundo. Indicar que tal y como establece el artículo 39 del Decreto antes mencionado este personal colaborador puede asistir, sin voz ni voto, a la constitución del tribunal, a la realización de las diferentes pruebas selectivas, a las sesiones de revisión de las puntuaciones de los ejercicios y de los méritos, previa citación de las personas que lo hayan solicitado,  así como a las de publicación de las listas de puntuaciones de ejercicios y de méritos y, en general, a las que no sean de deliberación del tribunal, sin perjuicio de sus facultades de solicitar información sobre distintos aspectos del proceso selectivo y de ejercer su derecho a presentar las quejas, denuncias y alegaciones que consideren oportunas.

Por otro lado, los tribunales deben facilitar la labor de las personas representantes sindicales en el desarrollo de sus funciones, sin que ello afecte a la agilidad del proceso selectivo.

Tercero. Informar que el personal colaborador debe percibir la indemnización diaria por sesión y día que se indica en el anexo 10 del Decreto 62/2011, siempre que la persona que ejerce la presidencia del tribunal certifique que han asistido a la sesión completa.

Cuarto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (3 de junio de 2024)

El director general de Personal Docente y Centros Concertados Ismael Alonso Sánchez