Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 317441
Corrección de errores de la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, y presidente del Servicio de Empleo de las Illes Balears, por la cual se declara la pérdida del derecho de trámite, la caducidad y el archivo de los expedientes presentados por las personas que constan en el anexo
Hechos
1. Mediante Resolución del consejero de Modelo económico, Turismo y Trabajo y presidente del SOIB del 20 de mayo de 2021 (BOIB núm. 69, de 27 de mayo)se aprobó la convocatoria SOIB Joven Becas de Éxito para conceder becas para el estudio, para personas desempleadas de más de 16 y menos de 30 años, que sean alumnas de acciones formativas financiadas por el SOIB durante el periodo 2020-2022.
2. En fecha 14 de diciembre de 2023, el consejero de Empresa, Empleo y Energía y presidente del SOIB dictó Resolución por la cual se declaró la pérdida del derecho al trámite, la caducidad y el archivo de una serie de expedientes relacionados en el anexo de la mencionada resolución.
3. Desde el Servicio de Gestión de Programas de Empleo 1 se ha detectado un error en uno de los importes del Anexo de la Resolución de fecha 14 de diciembre de 2023.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que “las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
2.- El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece que “la rectificación de los errores materiales y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.”
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. -Modificar el anexo I de la Resolución de fecha 14 de diciembre de 2023 en los siguientes términos:
Donde dice:
DNI/NIE |
APELLIDOS Y NOMBRE |
NÚM. ACCIÓN FORMATIVA |
IMPORTE |
***1153** |
ROSARIO CASTRO, EDISON |
864/21 |
234,00 € |
Tiene que decir:
DNI/NIE |
APELLIDOS Y NOMBRE |
NÚM. ACCIÓN FORMATIVA |
IMPORTE |
***1153** |
ROSARIO CASTRO, EDISON |
864/21 |
502,01 € |
2.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del Servicio de Empleo de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía y presidente del SOIB en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Contencioso-Administrativos de Palma en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 7 de mayo de 2024)
La directora del SOIB Catalina Jiménez Aleñar Por delegación de firma del presidente del SOIB (BOIB núm. 145, de 26 de octubre)