Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 351783
Resolución del director general de Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinada a proporcionar y facilitar la adquisición de inmovilizado material para la práctica de deportes adaptados. (BOIB, núm. 22, 15 de febrero de 2024)
Hechos
1. Los deportistas y entidades que figuran en el anexo 1 de esta resolución han presentado a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes una solicitud de subvención por la adquisición de inmovilizado material para la práctica de deportes adaptados.
2. En fecha 10 de mayo de 2024, la Comisión Técnica evaluó las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en el punto 15 de la convocatoria y emitió el informe técnico que debe servir de base a la Comisión Evaluadora para que ésta emita el informe en base al que debe elaborarse la propuesta de resolución que debe formular la Dirección General de Deportes.
3. En fecha 13 de mayo de 2024, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar las solicitudes presentadas y elaborar el informe que debe servir de base al director general de Deportes para dictar la propuesta de resolución.
4. El 14 de mayo de 2024 se dictó la propuesta de resolución del director general de Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinada a proporcionar y facilitar la adquisición de inmovilizado material para la práctica de deportes adaptados. La propuesta de resolución se publicó en la página web de la Dirección General de Deportes el 15 de mayo de 2024.
(https://www.caib.es/seucaib/ca/200/personas/tramites/tramite/6059172/)
5. Los beneficiarios han dispuesto de cinco días hábiles para comunicar al órgano instructor la aceptación o renuncia de la propuesta, indicando que la entidad beneficiaria desiste de la propuesta si no manifiesta la aceptación en el plazo otorgado.
6. Todos los beneficiarios que figuran en el anexo 1 aceptaron la subvención en el plazo de cinco días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución del director general de Deportes.
7. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el anexo 1, por beneficiario, y existe crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 12301 461A01 78000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23, de 16 de febrero).
3. Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinada a proporcionar y facilitar la adquisición de inmovilizado material para la práctica de deportes adaptados. (BOIB, núm. 22, 15 de febrero de 2024)
4. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, BOIB núm. 94 de 10 de julio de 2023 (modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio y Decreto 17/2023 de 23 de agosto).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la concesión de una subvención, para proporcionar y facilitar la adquisición de inmovilizado material para la práctica de deportes adaptados , a los beneficiarios que figuran en el anexo 1 de esta Resolución por el importe individual indicado; autorizar y disponer el gasto; reconocer la obligación, y proponer su pago a favor de todos ellos con cargo a la partida presupuestaria 12301 461A01 780000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.
2. El pago y justificación se realizará de acuerdo con lo dispuesto en los puntos decimosexto y decimoséptimo de la resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 15 de febrero de 2024.
3. El período al que se concreta la actividad subvencionada es el comprendido entre:
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos
meses desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, a fecha de la firma digital (31 de mayo de 2024)
El director general Joan Antoni Ramonell Miralles Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de delegación de competencias y firma (BOIB núm. 107, de 1 de agosto de 2023)
Expte. |
Solicitante |
Deporte |
Importe proyecto (hoja solicitud) |
Importe solicitado (hoja solicitud) |
Importe proyecto aceptado |
Puntos material ADAPTADO |
Importe subvención |
---|---|---|---|---|---|---|---|
IMA2024-01 |
NIL RIUDAVETS VICTORIO |
TRIALTO |
9.891,52 € |
9.891,52 € |
9.891,52 € |
9.891,520 |
4.211,41 € |
IMA2024-02 |
CLUB DE MAR MALLORCA |
PIRAGÜISMO |
13.160,00 € |
13.160,00 € |
13.160,00 € |
13.160,000 |
5.603,00 € |
IMA2024-03 |
JOAN REINOSO FIGUEROLA |
CICLISMO |
6.865,19 € |
6.865,19 € |
6.581,70 € |
6.581,700 |
2.802,22 € |
IMA2024-05 |
ALEJANDRO SÁNCHEZ PALOMERO |
TRIALTO |
12.000,00 € |
12.000,00 € |
12.000,00 € |
12.000,000 |
5.109,12 € |
IMA2024-06 |
MARTÍ BERCHESI MANZIONE |
CICLISMO |
18.747,39 € |
17.584,04 € |
17.584,04 € |
17.584,040 |
7.486,58 € |
IMA2024-08 |
ADRIÁN CASTAÑO FORTEZA |
PIRAGÜISMO |
1.710,00 € |
1.710,00 € |
1.710,00 € |
1.710,000 |
728,05 € |
IMA2024-10 |
FERNANDO RIGO CARRATALÁ |
PIRAGÜISMO |
1.315,00 € |
1.315,00 € |
1.314,99 € |
1.314,990 |
559,87 € |
IMA2024-11 |
CLUB NÁUTICO VILLACARLOS |
PIRAGÜISMO |
1.609,30 € |
1.609,30 € |
1.609,30 € |
1.609,300 |
685,18 € |
IMA2024-12 |
JOAN SANSÓ RIERA |
PIRAGÜISMO |
4.160,00 € |
4.160,00 € |
4.160,00 € |
4.160,000 |
1.771,16 € |
IMA2024-13 |
FEDERACIÓN BALEAR DE PIRAGÜISMO |
PIRAGÜISMO |
14.400,00 € |
14.400,00 € |
14.400,00 € |
14.400,000 |
6.130,94 € |
IMA2024-15 |
FEDERACIÓN BALEAR DE MONTAÑOSMO Y ESCALADA |
ESCALADA |
1.559,50 € |
1.559,50 € |
799,26 € |
799,260 |
340,29 € |
IMA2024-16 |
CENTRO RECREATIVO Y CULTURAL SES SALINAS |
BALONCESTO |
5.406,70 € |
5.406,70 € |
5.406,70 € |
5.406,700 |
2.301,96 € |
IMA2024-17 |
CLUB BADMINTON LADRILLO |
BADMINTON |
1.603,53 € |
1.603,53 € |
1.603,53 € |
1.603,530 |
682,72 € |
IMA2024-18 |
FUNDACIÓN ASNIMO |
BALONCESTO |
924,13 € |
905,08 € |
759,98 € |
759,980 |
323,57 € |
IMA2024-19 |
CLUB DEPORTIVO MATER ISLA |
BOCCIA |
2.891,00 € |
2.891,00 € |
2.891,00 € |
2.891,000 |
1.230,87 € |
IMA2024-20 |
CLUB DE VELA PUERTO DE ANDRATX |
VELA |
15.783,72 € |
15.783,72 € |
15.221,07 € |
15.221,070 |
6.480,52 € |